JOAQUIN
BALAGUER
Presidente
de la República Dominicana
NUMERO: 43-95
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981.
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D E C R E T O:
Artículo
1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
a la señora Rosa Margarita Jana Tactuk por el monto de RD$6,240.00 (seis mil
doscientos cuarenta pesos con 00/100) mensuales.
Artículo
2.- Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones
Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
Artículo
3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines
correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año mil
novecientos noventa y cinco, año 151 de la Independencia y 132 de la
Restauración.
Joaquín
Balaguer