JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 347-94
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo
1.- Se dispone que la Escuela de Bellas Artes de Santiago, la cual funciona
precariamente por carecer de condiciones apropiadas el local que le ha servido
desde hace varios años de sede, se traslade a la mansión situada en la Ave.
Juan Pablo Duarte de esa ciudad, y que se utilizó primeramente como Residencia
Presidencial y luego sirvió también de alojamiento al Instituto del Tabaco.
Artículo
2.- La Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, deberá tomar
todos las medidas que sean necesarias para que el establecimiento escolar a que
se ha hecho mención, desarrolle adecuadamente sus labores y para que el
edificio que a partir de ahora le servirá de asiento, se conserve con el
esplendor y la dignidad que se le ha dado después del reacondicionamiento a que
fue sometido por parte de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y
Comunicaciones.
Artículo
3.- Se crea el Patronato de la Escuela de Bellas Artes de Santiago, el cual
estará integrado de la siguiente manera: Señora Lourdes Victoria de Fondeur,
quien lo presidirá, Simón De Castro, Secretario, Rosario Suárez de Prida, Rosa
Josefina Cabral de Antuña, Juan Manuel Portela, Arq. Victoria Lora y doña Lilia
Balcácer Vda. Estrella, miembros.
Artículo
4.- Los jardines del edificio que servirá a partir del presente Decreto de
asiento a la Escuela de Bellas Artes de Santiago, deberán mantenerse bajo el
cuidado y responsabilidad de dicho patronato.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los once (11) días del mes de noviembre del año mil novecientos
noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.
Joaquín
Balaguer