martes, 21 de septiembre de 2010

Derechos y Prerrogativas de los Ciudadanos Previstos en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04

Solicitar información de cualquier órgano del Estado dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.

Recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
Acceso gratuito a la información en tanto que no requiera reproducción de la misma.


Solicitar, recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del
Estado.

Conocer los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.

Opinar sobre los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.

Obtener información sobre los servicios que ofrece el Estado y sus tarifas.
Saber la estructura,, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión y bases de datos de la administración publica.
Conocer sobre los presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución.

Tener información sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisión.       

Estar al tanto sobre las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.

Acceder a los listados de servidores públicos del Estado y sus remuneraciones.

Conocer la declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Estado cuando su presentación corresponda por ley.

Recibir información sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.

Saber sobre el estado de cuentas de la deuda pública, sus vencimientos y pagos.

Buscar las leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier tipo de normativa.

Solicitar y recibir oportunamente cualquier tipo de documentación financiera al presupuesto público.

lunes, 20 de septiembre de 2010

Mantenga la Confidencialidad en el uso de sus Tarjetas de Crédito

He aquí las más importantes para ser discreto o reservado en el uso de la Tarjeta de Crédito.

El PIN: Es una clave secreta y personal, que lo autentica como el dueño de la Tarjeta. Cuando se codifica la Tarjeta de Crédito el PIN debe ser memorizado, no se recomienda escribirlo o guardarlo junto con la tarjeta, ni revelarlo a terceros.




En el correo electrónico: No suministrar información personal a través del correo electrónico. Las instituciones financieras no actualizan datos ni confirman a través de esta vía. En caso de recibir un correo electrónica solicitando información de su Tarjeta de Crédito, no contestar ni acceder a ningún enlace o "link" que se muestre.

Vía Telefónica: No suministra información Telefónica: suministrar información personal de su Tarjeta de Crédito a través de la vía telefónica. En ningún caso le será requerido su PIN, el cual no debe ser, divulgado a terceros bajo ningún concepto, sean estos o no representantes del banco emisor de la Tarjeta de Crédito. Las instituciones financieras no actualizan datos a través de esta vía.

En los Cajeros Automáticos:

Verificar que en la ranura en donde se introduce la Tarjeta, no se encuentre algún material adherido a ésta.

No aceptar la ayuda de extraños.
Anular la operación digitando la tecla de "Cancelar" en caso de que se retire del cajero automático antes de terminar la transacción.

Si la Tarjeta es retenida en el cajero automático, sólo seguir las instrucciones de la pantalla del mismo.

Nunca llamar a teléfonos publicados en letreros adheridos en el área del cajero.

Reclamaciones:
El Tarjetahabiente tiene derecho a reportar ante su Banco las reclamaciones sobre consumos no reconocidos, así como las reclamaciones que considere de lugar.

El Tarjetahabiente puede reportar cualquier anomalía que se presente en un establecimiento comercial en el que pague con su Tarjeta de Crédito. En ningún caso el Tarjetahabiente debe pagar porcentajes o comisiones extras por los pagos realizados mediante Tarjeta de Crédito en los dichos establecimientos.

Fuente: Asociación de Bancos de la República Dominicana, Inc

¿Qué debes hacer cuando recibes una Tarjeta de Crédito?

Recomendaciones de Seguridad  para las Tarjetas de Crédito

Firma: Tan pronto se recibe la Tarjeta de Crédito, debe firmarse en la banda de firma en la parte posterior de la tarjeta.



Activación: Para garantizar la seguridad, la Tarjeta de Crédito es entregada desactivada, se activa mediante vía telefónica con el Banco.

En establecimientos comerciales: No pierda de vista la Tarjeta de Crédito, sobre todo en gasolineras, farmacias, bares y restaurantes. En las discotecas, restaurantes y bares se debe solicitar que lleven a la mesa la terminal del punto de venta inalámbrico.

Control de sus consumos: Al realizar cualquier pago o compra, se recomienda guardar la copia del comprobante de pago para luego poder comparar con el estado de cuenta.

Al viajar fuera del país: Para evitar restricciones de uso se recomienda notificar a su Banco.

Notificación por pérdida o robo: Es necesario reportar o notificar inmediatamente al banco si su Tarjeta de Crédito se pierde o es robada, para prevenir el uso no autorizado de la misma.

Fuente : Asociación de Bancos de la República Dominicana, Inc

¿Qué debo saber de la Tarjeta de Crédito?

Conozca más sobre la Tarjeta de Crédito

Tarjeta de Crédito:

Es un instrumento de pago a través de una tarjeta de plástico, con el nombre del tarjetahabientes, un número en relieve y una banda magnética al dorso, que sirve para hacer compras y avances de efectivo y pagarlos en fechas posteriores. Se le llama también dinero plástico.
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La Tarjeta de Crédito es el único medio de pago con el cual las personas pueden comprar a crédito sin tener que pagar intereses, siempre y cuando se pague el monto total utilizado e indicado en el estado de cuenta de la tarjeta, en la fecha límite de pago señalada en dicho estado.

El cobro de intereses y comisiones aplicados al consumo de los tarjetahabientes que opten por financiamiento, está regulado por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, mediante la Resolución No.7-2001, la cual en su numeral 2 dispone lo siguiente:

Las Entidades Financieras, las Empresas Emisoras y/o Representantes de Tarjetas de Créditos, deberán cobrar los intereses y comisiones, en base al saldo insoluto del financiamiento, es decir, en base al balance promedio diario de los recursos efectivamente utilizados, para financiar el consumo del tarjetahabiente de que se trate.”

Glosario de Términos
Estado de Cuenta: Es un detalle de todas las transacciones que se generan en un período de un mes en una fecha fija y preestablecida. El estado de cuenta podrá ser remitido al domicilio o al lugar designado por el cliente, recibirlo por el medio electrónico escogido, o retirado por éste de las oficinas de su banco. La no recepción de su estado de cuenta no lo exime de las obligaciones derivadas del uso de su Tarjeta de Crédito.

Costo de Emisión: Es el precio del producto que se genera al momento de emitir la tarjeta por primera vez y dependerá del tipo de Tarjeta.

Costo de Renovación: Es el cargo anual por mantenimiento y manejo de la cuenta que se refleja en su estado de cuenta.

Costo de Sustitución: Es el cargo que se genera por sustitución del plástico, ya sea por pérdida, robo o deterioro a solicitud del tarjetahabiente.

Cargo por Pérdida o Robo: Es el cargo por concepto de las gestiones que realiza el banco coma consecuencia y desde el momento en que se le notifica la pérdida o robo de la Tarjeta de Crédito.

Limite de Crédito: Es la cantidad o monto máximo del que se puede disponer para realizar consumos/avances de efectivo.

Fecha de Corte: Es la fecha que se toma como referencia para realizar la facturación o detalles de los consumos, cargos y pagos de ese mes que se reflejan en el estado de cuenta. Las transacciones realizadas después de esta fecha serán reflejadas o detalladas en el próximo estado.

Fecha dé Vencimiento o Fecha Límite de Pago: Es el último día que tiene el cliente parar realizar el pago mínimo, parcial o total de las sumas adeudadas, reflejado en el estado de cuenta.

Intereses: Dependiendo de la institución financiera pueden ser presentados de dos formas en el estado:

Bonificable: Son los intereses generados por los consumos/avances de efectivo realizados en el mes, los cuales son revertidos si se realiza el pago total del corte a la fecha límite de pago.


Financiamiento: Se genera cuando el cliente opta por financiar el balance a la fecha de corte y no realiza el pago total de sus consumos. Las tasas están publicadas en los tarifarios de la página web de su Banco, en los materiales impresos en las oficinas de los bancos o en el estado de cuenta.

Pago Mínimo: Es el monto mínimo a pagar cada mes para mantener la tarjeta de crédito al día. Si se opta por el financiamiento se debe realizar este pago como abono mínimo antes de la fecha límite de pago para no generar mora.

Cuota Vencida: Cantidad de pagos mínimos no completados.
Cargos por Mora: Se genera cuando no se completa el pago mínimo a la fecha límite de pago.

Cargo por Exceder el Límite de Crédito Aprobado / Establecido: Se genera cuando el balance excede el límite de crédito.

Comisión por Avance de Efectivo: Es la comisión que se aplica al realizar retiros de efectivo en cajeros automáticos o en oficinas bancarias.


Fuente: Asociación de Bancos Comerciales de la República Dominicana, Inc 



Nuevo estudio expone la vulnerabilidad de las tarjetas de débito y crédito