sábado, 24 de marzo de 2018

Decreto No. 37-95 que modifica el Párrafo Segundo del Artículo Primero del Decreto No. 369-94 del 28 de noviembre de 1994


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 37-95

                        VISTO el Decreto No. 369-94 relativo a las empresas de transporte aéreo nacionales o extranjeras que prestan servicio regular desde y hacia la República Dominicana.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se modifica el Párrafo Segundo del Artículo Primero del Decreto 369-94 del 28 de noviembre de 1994, para reducir a dos centavos de dólar de los Estados Unidos la tarifa por libra transportada para todas las líneas aéreas regulares o no regulares nacionales o extranjeras, con lo cual queda restablecida la tarifa anterior.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y cinco, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer