JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 376-90
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se modifica el Artículo 10 del Decreto No. 192-89 del 18 de mayo de 1989, para que en lo adelante rija de la manera siguiente:
"Artículo 10.- Se otorgarán los siguientes premios, los cuales no podrán ser fraccionados:
GRAN PREMIO XVII BIENAL DE ARTES VISUALES
-Diploma de Honor
-Medalla de Honor
PINTURA
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
ESCULTURA
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
DIBUJO
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
GRABADO
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
FOTOGRAFIA
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
VIDEO
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
ARQUITECTURA
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
CATEGORIA LIBRE
1er. premio RD$15,000.00
2do. premio 10,000.00
3er. premio 4,750.00
Párrafo.- Las obras premiadas pasarán a ser propiedad del Estado Dominicano, bajo la custodia de la Galería de Arte Moderno.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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