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sábado, 21 de mayo de 2011

Decreto No. 199-90 que autoriza una impresión de estampillas para cigarrillos


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 199-90

                        VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para cigarrillos:

                        400,000,000   (CUATROCIENTOS MILLONES) de estampillas para cajetillas de 10 cigarrillos de fabricación nacional, del tipo de RD$0.135, color turquesa, en papel de 50 libras.

                        La impresión de este tipo de estampillas se hará con el mismo tamaño y diseño de la emisión anterior.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER