JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 305-94
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo
1.- Se crea una comisión para que realice un estudio de la situación reinante
en las diferentes bandas de televisión VHF y UHF, y someta al Poder Ejecutivo
los cambios que a su juicio sean necesarios para su ordenamiento más adecuado.
Artículo
2.- La Comisión a que se alude en el Artículo 1 del presente Decreto, estará
compuesta por el Secretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, quien
la presidirá, el Director General de Telecomunicaciones, un ingeniero y un
abogado técnicos o especializados en telecomunicaciones internacionales, ambos
de las Naciones Unidas, y los señores Lulio Moscoso, José A. Semorille, Waldo
Pons e Ivelisse de Torres, Secretaria General de Adora.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año mil novecientos
noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.
Joaquín
Balaguer