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viernes, 4 de octubre de 2013

Decreto No. 331-94 que autoriza a varias personas físicas y morales extranjeras a adquirir inmuebles en el país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 331-94

                        VISTAS  las instancias que por vía de la Secretaría de Estados de Interior y Policía la Smith/Enron Cogeneration Limited Partnership y el Citibank, N.A. han elevado al Poder Ejecutivo;

                        VISTO  el Decreto No.2543 del 22 de marzo de 1945 sobre adquisición de inmuebles por extranjero y sus modificaciones;

                        VISTA  la Ley No.305 del 23 de mayo de 1968;

                        VISTA  la recomendación del Departamento de Desarrollo y Financiamiento de Proyectos (antiguo Infratur);


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se autoriza a la Smith/Enron Cogeneration Limited Partnership para que en su calidad de compañía extranjera adquiera por el precio  total de RD$6,695,370.00 una porción de terreno de 6 hectáreas, 08 areas y 67 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.386, del Distrito Catastral NO.9, Sección San Marcos del Municipio y Provincia de Puerto Plata, propiedad de Smith/Enron Cogeneracion Internacional, S. A.

                        Artículo 2.- Se autoriza a la Smith/Enron Cogeneration Limited Partnership para que en su calidad de compañía extranjera adquiera por el precio total del US$125,000.00 o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de realizar la operación, una porción de terreno de 3,741.30 metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.215-A-120-Subd.-47-Modif., del Distrito Catastral No.9, Sección Maimón, lugar Cafemba, del Municipio de Puerto Plata, propiedad de Costa de Ambar, S.A.

                        Artículo 3.- Se autoriza a la Smith/Enron Cogeneration Limited Partnership a hacer uso de la franja marina contigua descrita en los Artículos 1 y 2 del presente Decreto, para llevar a cabo las instalaciones necesarias para la operación de una planta de generación de energía eléctrica.

                        Artículo 4.- Se autoriza al Citibank en su calidad de Compañía extranjera a inscribir hipotecas:

                        a) En calidad de agente de la Morgan & Stanley & Co. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma US$123,75,000.00 (CIENTO VEINTE Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se detallan a continuación:

                        1) Dos porciones de terreno que suman 6 hectáreas, 8 áreas y 67 centiáreas, ambas ubicadas dentro del ámbito de la parcela No.386 del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección San Marcos.

                        2) Una porción de terreno de 3,741.30 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la parcela No.215-A-120-Subd.47-Mod. del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección Maimón, lugar Cafemba.

                        b) En calidad de Agente de la Corporación Financiera Internacional a inscribir una hipoteca en primer rango compartida ascendente a la suma de US$26,250,000.00 (VEINTISEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOLARES) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen a continuación:

                        1) Dos porciones de terreno que suman 6 hectáreas, 8 áreas y 67 centiáreas, ambas ubicadas dentro del ámbito de la parcela No.386 del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección San Marcos.

                        2) Una porción de terreno de 3,741.30 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la parcela No.215-A-120-Subd.-47-Mod. del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección Maimon, lugar Cafemba.

                        c) En su calidad de Agente en la Corporación Financiera Internacional a inscribir una hipoteca eb segundo rango ascendente a la suma de US$6,000,000.00 (SEIS MILLONES DE DOLARES) o su equivalente en pesos dominicanos a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen a continuación:

                        1) Dos porciones de terreno que suman 6 hectáreas, 8 áreas y 67 centiáreas, ambas ubicadas dentro del ámbito de la parcela No.386 del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección San Marcos.

                        2) Una porción de terreno de 3,741.30 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la parcela No.215-A-120-Subd.-47-Mod. del Distrito Catastral No.9 del Municipio de Puerto Plata, Sección Maimón, lugar Cafemba.

                        Artículo 5.- Se autoriza a la Smith/Cogeneration Limited Partnership, al cambio de uso de suelo de dos porciones de terreno; 3,741.30 Mts.2 ubicados dentro de la parcela No.215-A-120-Subd.-47-Mod. y 47,000 Mts.2 ubicado dentro de la parcela No.216, ambas del Distrito Catastral No.9 del Municipio y Provincia de Puerto Plata, Sección Maimón, lugar Cafemba, a fin de que en dichos inmuebles se pueda instalar una planta de generación de energía eléctrica.

                        Artículo 6.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, al Banco Central de la República Dominicana y a la Marina de Guerra, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer