JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 88-90
CONSIDERANDO: Que es necesario la integración de un equipo de asesores que impulse los trabajos de instalación y desarrollo de la Zona Franca de Exportación "La Armería";
VISTO el Decreto No.87-90, del 9 de marzo de 1990;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se crea el Consejo de Asesores de la Zona Franca de Exportación "La Armería", establecida mediante el Decreto No.87-90, del 9 de marzo de 1990, que tendrá a su cargo impulsar las labores de instalación y desarrollo de dicha zona.
Artículo 2.- El Consejo estará integrado por el Director General de la Corporación de Fomento Industrial, quien lo presidirá; Dr. Rafael Tulio Pérez de León, Vicepresidente; Orlando Mejía, Secretario; Ing. José E. Ramírez Pérez, Tesorero; señores Dr. Federico Lebrón Montás, Rafaelina Puello Báez y Rafael Fermín Mejía, Miembros.
Artículo 3.- El Consejo Asesor deberá elaborar el Reglamento que regirá todo lo relativo a sus funciones y atribuciones, y que será aprobado por la Corporación de Fomento Industrial.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER