JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 132-93
CONSIDERANDO: Que por la caída de los precios en el mercado internacional del cacao, es necesario que el Estado intervenga en favor de los productores de este importante renglón agrícola;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se instituye un subsidio o fondo de compensación al productor de cacao por la suma de RD$60,000,000,00, para subsidiar o compensar en RD$65.00 cada quintal de Cacao Sánchez y RD$80.00 cada quintal de Cacao Hispaniola destinado a la exportación.
Artículo 2.- El mecanismo de operación para el manejo de este fondo debe cumplir con todos los requisitos que garanticen la eficiencia de su aplicación, y la apertura de una cuenta especial en el Banco de Reservas de la República Dominicana, y cuya implementación queda a cargo de la Comisión de Cacao de la Secretaría de Estado de Agricultura.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los (14) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y tres, año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER