JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 61-90
CONSIDERANDO: Que en esta fecha el Presidente de la República viajará a los Estados Unidos de América;
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 58 de la Constitución de la República, en caso de falta temporal del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, ejercerá el Poder Ejecutivo, mientras dure esa falta, el Vicepresidente de la República;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo Unico.- El Ing. Carlos Morales Troncoso, Vicepresidente de la República, ejercerá las funciones del Poder Ejecutivo a partir del día de hoy, mientras dure la permanencia en el exterior del Presidente de la República.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER