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martes, 21 de agosto de 2012

No puede haber matrimonio


A) Entre los ascendientes y descendientes y los afines en la misma línea.

B) Entre el padre o madre adoptante y el adoptado, y entre aquéllos y el cónyuge viudo de éste.

C) Entre los que hubieran sido condenados como autores o cómplices de la muerte del cónyuge de cualquiera de ellos.

D) Entre hermanos.

E) Cuando una de las partes o los dos sean dementes.