JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 337-90
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461 de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos especiales de Rentas Internas, conforme lo dispone el artículo 11 de la Ley No.91, que instituye el Colegio de Abogados de la República, de fecha 3 de febrero de 1983.
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.25, en papel especial, engomado con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras, numerados del 001 al 500000, color rojo indio.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER