JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 334-90
VISTA la Ley No.2461 de fecha 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos;
1,000,000 (UN MILLON) de sellos del tipo de RD$0.25, numerados del 001 al 1000000, color anaranjado, en papel especial engomado, con fibras de seda, en azul y rojo, de 50 libras.
1,000,000 (UN MILLON) de sellos del tipo de RD$6.00, numerados del 001 al 1000000, color azul, en papel especial engomado, con fibras de seda, en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER