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jueves, 28 de abril de 2011

Decreto No. 151-90 que nombra a la señorita Sabrina Román, Subdirectora de la Biblioteca Nacional.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 151-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La señorita Sabrina Román, queda designada Subdirectora de la Biblioteca Nacional, en sustitución de la señora Argentina Taveras de López.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de abril del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.



JOAQUIN BALAGUER


Tarifas Colegios Privados

martes, 14 de septiembre de 2010

Las atribuciones del Ministerio de Estado de la Mujer

En la República Dominicana hay mucha violencia contra la mujer, esta puede ser física o emocional, laboral o profesional, discriminación, etc., independientemente de esto puedo asegurar que las mujeres se están superando a la velocidad de la luz, mientras que los hombre avanzan a paso de tortuga, para muestra un botón, como se dice aquí, si usted visita la universidad, una iglesia o cualquier institución privada o publica, la diferencia es obvia, mas mujeres que hombres.




Aquí les dejo las atribuciones del Ministerio de la Mujer, organo del estado que promueve políticas en beneficio del genero femenino, veamos que nos dice el articulo 2 de la ley 86-99:

Nota: Donde dice Secretaría ahora se le dice  Ministerio

Art. 2.- La Secretaría de Estado de la Mujer tendrá atribuciones que deberán incidir en las áreas siguientes:

A. NORMATIVAS Y RECTORAS:
a) Definir las normas y políticas correspondientes y establecer los mecanismos necesarios para operativizar el compromiso del Estado con la erradicación de todas las formas de discriminación en contra de la mujer;
b) Coordinar con las instancias públicas y de la sociedad civil la formulación y puesta en práctica de un Plan Nacional de Equidad de Género;
c) Articular, coordinar y coejecutar acciones con los organismos del Estado para asegurar que las políticas, programas y proyectos sectoriales contemplen criterios de equidad de género;
d) Evaluar las políticas en lo que concierne a su impacto sobre las mujeres, y propiciar los correctivos necesarios.
B. POLITICA INTERNACIONAL:
a) Llevar a cabo coordinaciones y acciones intersectoriales y con la sociedad civil para el cumplimiento de los convenios y compromisos internacionales suscritos por el país, dirigidos a crear las condiciones necesarias para la potenciación del papel de la mujer en la sociedad en todas las esferas de la vida pública y privada, mediante una participación plena y en pie de igualdad en el proceso de toma de decisiones en las esferas económica, social, cultural y política.
Se tomarán en consideración los acuerdos aprobados en tratados, conferencias, convenciones, cumbres y otras reuniones nacionales e internacionales en beneficio de la mujer, tales como derechos humanos, eliminación de la discriminación, la violencia y, en general, toda la práctica social, política o económica que impida el desarrollo de la mujer.
b) Monitorear, evaluar y reportar ante instancias nacionales e internacionales los avances y obstáculos en el cumplimiento de estos convenios y compromisos por parte del país.
c) Hacer las recomendaciones y llevar a cabo las coordinaciones de lugar, a fin de que los planes, políticas y estrategias sectoriales incorporen los ajustes necesarios para el cumplimiento de los convenios y compromisos internacionales.
d) Gestionar recursos internacionales para apoyar el desarrollo de planes, programas y proyectos gubernamentales y de la sociedad civil, conducentes a la equidad de género.
C. SENSIBILIZACION Y EDUCACION DE LA SOCIEDAD.
a) Promover cambios de actitudes, valores y comportamiento que favorezcan el desarrollo de relaciones equitativas entre mujeres y hombres a nivel individual, de pareja familiar y comunitaria, mediante el empleo de medios educativos y de comunicación. De manera particular se promoverán coordinaciones y acciones conjuntas con los medios educativos y de comunicación estatales.
b) Capacitar, sensibilizar e informar a las diferentes instancias gubernamentales y de la sociedad civil en torno a la condición y posición de las mujeres dominicanas.
D. COORDINACION Y ARTUCULACION CON LA SOCIEDAD CIVIL.
a) Constituir espacios para la concertación y coordinación de acciones entre la Secretaría de Estado de la Mujer (SEM) y las instancias de la sociedad civil para el impulso de los lineamientos de equidad de género en participación política, modernización, erradicación de la pobreza, violencia, educación, cultura, trabajo y salud;
b) Propiciar articulaciones y acuerdos entre la SEM y otras instancias del Estado y de la sociedad civil, con miras a sumar esfuerzos y ampliar perspectivas alrededor de las políticas de desarrollo y su implementación, así como de cualquier acción que sea de interés común.