viernes, 13 de septiembre de 2013

Decreto No. 168-94 que designa miembros de la Delegación de la República ante el XXIV Periódico Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la O.E.A.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 168-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Los Dres. Donald Reid Cabral y Mario Read Vittini, quedan designados Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios en misión especial e integrados a la delegación que representará a la República Dominicana ante el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), que tendrá lugar en la ciudad de Belem, Brasil, del 6 al 11 de junio de 1994.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 167-94 que deroga el Decreto No. 213-89.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 167-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Queda derogado el Decreto No.213-89 de fecha 31 de mayo de 1989, que designa al señor Kalevi Virolainen, como Cónsul Honorario de la República Dominicana en Helsinki, Finlandia.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 166-94 que convoca las Cámaras Legislativas para que se reúnan de manera extraordinaria a partir del 7 de junio de 1994.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 166-94

                        CONSIDERANDO: Que la República Dominicana ha logrado renegociar los atrasos de su deuda con la banca privada, lo que implica una considerable economía de recursos y el pleno restablecimiento de su crédito y la confianza del sector financiero internacional;


                        CONSIDERANDO: Que el tiempo necesario para el cotejo y ajuste detallado de cuentas requiere un período suficiente para que el acuerdo pueda ser cumplido dentro de los límites del plazo convenido;


                        CONSIDERANDO: Que es de alto interés nacional y de urgencia el conocimiento y aprobación por el Congreso Nacional del acuerdo suscrito con la banca comercial ya mencionada;

                        CONSIDERANDO: Que las circunstancias del proceso electoral han retrasado el conocimiento de este importante asunto;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Quedan convocadas las Cámaras Legislativas para que se reúnan de manera extraordinaria a partir del próximo día 7 de junio de 1994, a fin de que conozcan exclusivamente la renegociación de la deuda pública de la República Dominicana con la banca privada internacional.


                        Artículo 2.- Envíese a los Presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 165-94 que concede exequátur a varias personas extranjeras, a fin de que puedan ejercer las funciones de Cónsul, Vicecónsules y Encargado de las Funciones Consulares de sus respectivos países, en la República Dominicana.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: l65-94

                        En ejercicio de las  atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede exequátur a favor de los señores Dennis T. Reece, Nancy A. Cohen y Laura A. Griesmer, a fin de que puedan ejercer sus funciones de Cónsul y Vicecónsules de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, República Dominicana.

                        Artículo 2.- Se concede exequátur a favor del señor Diego Felipe Cadena Montenegro como encargado de las funciones consulares de Colombia en Santo Domingo, República Dominicana.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (3l) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, años l5l de la Independencia y l3l de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No. 164-94 que reintegra al Coronel (r) José Demetrio Almonte Mayer, E.N., lo asciende al rango de General de Brigada, E.N. y lo retira con disfrute de pensión por antiguedad en el servicio.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: l64-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República


D E C R E T O:


                        Artículo l.- Se reintegra al Coronel (r) José Demetrio Almonte Mayer, E.N.

                        Artículo 2.- El Coronel (r) José Demetrio Almonte Mayer, E.N., queda ascendido al rango de General de Brigada del Ejército Nacional.

                        Artículo 3.- El General de Brigada José Demetrio Almonte Mayer, E.N., queda colocado en situación de retiro con disfrute de pensión, por antigüedad en el servicio.

                        Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los (30) treinta días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, años l5l de la Independencia y l30 de la Restauración.



Joaquín Balaguer.

Decreto No. 163-94 que integra la Delegación que representará a la República Dominicana ante el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA).

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 163-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Delegación que representará la República Dominicana ante el XXIV Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), que tendrá lugar en la ciudad de Belén, Brasil, del 6 al ll de junio de l994, estará integrada por el doctor Juan Arístides Taveras Guzmán, Secretario de Estados de Relaciones Exteriores, quien la presidirá y el Doctor Eladio Knipping Victoria, Embajador Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados  Americanos (OEA).

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, años l5l de la Independencia y l3l de la Restauración.


Joaquín Balaguer,

Decreto No. 162-94 que integra la Delegación que representará a la República Dominicana ante la 81ra. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, a celebrarse en Ginebra, Suiza, a partir del 7 de junio de 1994.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 162-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se designan como miembros de la Delegación que representará la República Dominicana ante la 81ra. Reunión de la conferencia Internacional del Trabajo, a celebrarse en Ginebra, Suiza, a partir del día 7 de junio de 1994, a los señores:

                        -  Dr. Rafael Albuquerque, Secretario de Estado de Trabajo, Ministro Asistente a la Conferencia, quien presidirá la Delegación.

                        -  Angelina Bonetti, Ministro Consejera Encargada de Negocios; y Lic. Pablo Antonio Acosta, Delegados Gubernamentales.


                        -  Dr. Miguel Angel Lora y Dr. José Francisco Zapata, Consejeros Técnicos de los Delegados Gubernamentales.

                        -  Dr. Francisco José Castillo, Delegado por el sector de los empleadores.

                        -  Ing. Hernando Pérez Montás, Erasmo Sturla Ruiz, Dr. Pablo Nadal, Dr. Fabio Herrera Roa, y Nassim Jaime Alemany, Consejeros Técnicos del sector de los empleadores.

                        -  Mariano Negrón Tejada, Delegado por el sector de los trabajadores.


                        -  Gabriel del Río, Bienvenido Cuevas, Mario Vásquez, Leopoldo Herrera y Rafael Abreu, Consejeros Técnicos por el sector de los trabajadores.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 161-94 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, al Excelentísimo Señor José Medina Cuadra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua en nuestro país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 161-94

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Excelentísimo Señor José Medina Cuadra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua;

                        VISTA: La Ley No.1113, de fecha 26 de mayo de 1936; y

                        OIDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se concede al Excelentísimo Señor José Medina Cuadra, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Nicaragua, la condecoración de la orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado Gran Cruz Placa de Plata.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 160-94 que integra la Delegación que representará a la República en los actos de transmisión del mando presidencial en la República de El Salvador.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 160-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Delegación en Misión Especial que representará la República Dominicana en los actos de toma de posesión del Presidente electo de la República de El Salvador, Doctor Armando Calderón Sol, que tendrá lugar el 1ero. de junio del año en curso, estará integrada por el Dr. Juan Arístides Taveras Guzmán, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y por el señor Fernando A. Infante, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en El Salvador.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer 

Decreto No. 159-94 que designa a la señora Josefina Pérez de González, Ayudante Civil del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 159-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La señora Josefina Pérez de González, queda designada Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer