viernes, 4 de octubre de 2013

Decreto No.336-94 que excluye del Decreto de declaratoria de utilidad pública No.3067 del 1985, varias porciones de terreno en el municipio de Bonao.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 336-94

                        VISTAS  las comunicaciones elevadas al Poder Ejecutivo de fechas 19 de octubre de 1993 y 16 de abril de 1994, respectivamente;

                        VISTOS  los Decretos No. 1001 del 17 de junio de 1975 y 3067 19 de junio de 1985;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Quedan excluidas del Decreto No. 3067 del 19 de junio de 1985 las siguientes porciones de terreno: 2,000 tareas ubicada dentro de las parcelas 3 y 4 del Distrito Catastral No.10 Provincia Monseñor Nouel, propiedad del señor Eduardo León Acencio (Fernando León Acencio) y/o Hacienda Ganadera C. x A.; 800 tareas ubicadas dentro de la parcela No.18 del Distrito Catastral No.10 Provincia Monseñor Nouel, propiedad de sucesores De la Mota Mejía; 1063 tareas ubicadas dentro de la parcela No.25 del Distrito Catastral No.10, Provincia Monseñor Nouel, propiedad de sucesores Julio De la Mota Mejía; y la proción descrita en la letra "F" del mencionado Decreto.

                        Artículo 2.- Se deroga el Decreto No,1001 del 17 de junio de 1975.

                        Artículo 3.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales y al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

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