JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 78-90
VISTO los Artículos 14 y 15 de la Ley de Incentivo al Desarrollo Eléctrico Nacional No.14-90, del 1 de febrero de 1990.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- El Consejo de Directores del Directorio de Desarrollo y Reglamentación de la Industria de la Energía Eléctrica, creado por la Ley No.14-90 de Incentivo al Desarrollo Eléctrico Nacional, de fecha 1 de febrero de 1990, queda integrado de la siguiente manera:
a) El Secretario de Estado de Industria y Comercio, Presidente;
b) El Secretario de Estado de Finanzas;
c) El Secretario Técnico de la Presidencia;
d) El Gobernador del Banco Central de la República Dominicana; y
e) Por los señores Ing. Eduardo De Castro, Ing. George Arzeno Brugal, Felipe Auffant y Manuel E. Tavares, representantes del Consejo Nacional de Hombres de Empresas, Inc.; de la Asociación de Industrias de la República Dominicana, Inc.; de la Federación Dominicana de Cámaras de Comercio, Inc. y de la Asociación de Zonas Francas Industriales de la República Dominicana, Inc., respectivamente.
Artículo 2.- El Lic. Fernando Núñez Llano, queda designado Director Ejecutivo del Directorio de Desarrollo y Reglamentación de la Industria de la Energía Eléctrica.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER