JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 333-90
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461 de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, de acuerdo con las disposiciones técnicas;
DENOMINACION : "América" (El medio natural que vieron los descubridores)
DISEÑO : Escenas alusivas;
ESPECIFICACIONES : Llevarán las leyendas "República Dominicana" "CORREOS", su valor facial expresado y los textos que identifiquen las tareas de los diseños;
CANTIDAD : Cien mil (100.000) de tres pesos y doscientos mil (200,000) de cincuenta centavos;
VALORES : Tres pesos (RD$3.00) y cincuenta centavos (RD$0.50)
Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente serán de forma rectangular, en hojas de 50 ejemplares, bajo el procedimiento off-set, multicolor.
Artículo 3.- Para la indicada emisión se utilizará papel litográfico cromo 56B, sustancia gm2
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER