Mostrando entradas con la etiqueta se utilizará papel litográfico cromo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta se utilizará papel litográfico cromo. Mostrar todas las entradas

sábado, 11 de junio de 2011

Decreto No. 333-90 que autoriza una emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 333-90

                        VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461 de fecha 18 de julio de 1950;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, de acuerdo con las disposiciones técnicas;

DENOMINACION           :     "América" (El medio natural que vieron los descubridores)

DISEÑO                            :     Escenas alusivas;

ESPECIFICACIONES      :     Llevarán las leyendas "República Dominicana" "CORREOS", su valor facial expresado y los textos que identifiquen las tareas de los diseños;

CANTIDAD                      :     Cien mil (100.000) de tres pesos y doscientos mil (200,000) de cincuenta centavos;

VALORES                        :     Tres pesos (RD$3.00) y cincuenta centavos (RD$0.50)

                        Artículo 2.- Los sellos postales mencionados en el artículo precedente serán de forma rectangular, en hojas de 50 ejemplares, bajo el procedimiento off-set, multicolor.


                        Artículo 3.- Para la indicada emisión se utilizará papel litográfico cromo 56B, sustancia gm2


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER