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jueves, 5 de septiembre de 2013

Decreto No.126-94 que modifica el Art. 3 del Decreto No. 628-86, que creó la Zona Franca Industrial de Villa Mella.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 126-94

                        VISTO: El Decreto No.628-86, de fecha 28 de julio de 1986, que creó la Zona Franca Industrial de Villa Mella.

                        VISTA: La Resolución No.01-93-MP, dictada por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación en reunión celebrada el 20 de diciembre de 1993.

                        VISTA: La Ley 8-90 del 15 de enero de 1990, sobre Fomento de Zonas Francas.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República;


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Queda modificado el Artículo 3 del Decreto No.628-86 de fecha 28 de julio de 1986, para que rija de la siguiente manera:

                        "Artículo 3.- La Zona Franca Industrial de Villa Mella, estará ubicada en la sección Santa Cruz, lugar Buena Vista, Distrito Nacional, dentro del siguiente inmueble:

                        Una porción de terreno de 550,714.54 metros cuadrados dentro de parcela 1-B-Ref-M-1, Distrito Catastral No.18, amparada por el Certificado de Título No.94-1467 de fecha 21 de febrero de 1994, correspondiéndole los siguientes linderos:

                        Al Norte, parcela No. 1-B-Ref-(resto), 1-B-Ref-J-1 y otras sin presentar.

                        Al Sur: Río Ozama, La Ciénega y José María Berroa.

                        Al Este: Manzanas Nos.3973 y 3972, y otras.

                        Al Oeste: José María y Parcela No. 6-Ref y 7".


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer