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martes, 17 de septiembre de 2013

Decreto No.211-94 que concede pensiones del Estado a varios servidores públicos.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 211-94

                        VISTA: La Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado a los siguientes servidores y públicos:

                        1) Genoveva Pablo Vda. Dhimes, con una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos oro (RD$780.00), mensuales;

                        2) Geraldino Rafael Fernández Díaz, con una pensión del Estado de tres mil setecientos sesenta y un pesos oro (RD$3,761.00), mensuales;

                        3) Silvia Contín de Rua, con una pensión del Estado de cinco mil ochocientos cuarenta y un seis pesos oro con 40/100 (RD$5,846.40), mensuales;

                        Artículo 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.

                        Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer