JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 9-94
CONSIDERANDO:
La necesidad de imprimir nuevas tarjetas de turistas con un diseño práctico
para el usuario;
VISTA La Ley No.199 del 9 de mayo de 1966 sobre el
uso de Tarjetas de Turistas, y sus modificaciones;
VISTO El Decreto No.289-91 del 8 de agosto de 1991,
que autoriza la impresión de tarjetas de turistas;
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo
Unico.- Se autoriza la impresión de dos millones (2,000,000) de tarjetas de
turistas, del valor de US$10.00. Estas tarjetas estarán numeradas del 2,500,001
al 4,500,000 con el siguiente diseño: tendrán forma rectangular y sus
dimensiones serán de 139 X 110 mm. divididas en tres secciones: la primera
sección consta de dos recuadros; un primer recuadro de 20 X 110 mm. en el que
arriba al centro y en letras grandes dirá SECRETARIA
DE ESTADO DE FINANZAS y debajo REPUBLICA
DOMINICANA; en el centro y en letras grandes se leerá TARJETAS DE TURISTAS; debajo y a la derecha en letras grandes el
valor; a la misma altura y a la izquierda aparece el número de tarjetas (7
dígitos), en el segundo recuadro de 124 X 110 mm., en el cual se obtendrá la
información deseada, está encabezada por una frase en la cual se lee; Llénese
firmemente en letra de molde, inmediatamente se leerá en el siguiente orden;
Nombre completo, Apellidos, Nombres, Fecha de Nacimiento, día, mes, año; sexo;
M o F; Lugar de Nacimiento, Nacionalidad, Ocupación, Estado Civil; 1) Soltero,
2) Casado, 3) Viudo o divorciado con sus casillas correspondientes para
señalar: Dirección permanente, Calle, Número, Ciudad, Estado y País, Dirección
en la República Dominicana; Calle, Número, Ciudad, Alojamiento, Hotel, Privado,
Otro (especifique); Motivo del Viaje; 1) Recreo, 2) Negocios, 3)
Convención-Conferencias, 4) Estudios, 5) Visitas a amigos/parientes; Puerto de
embarque; Número de Pasaporte; Vuelo No.; Firma del turista y del Inspector de
Migración, debajo de la firma del turista se leerá en la copia; Consérvese para
su salida; esta sección termina con dos rayas. Inmediatamente se inicia la
segunda sección dirá en letras grandes: INFORMACION DE SALIDA y más abajo a la
izquierda Puerto de desembarque, Vuelo No., Inspector de Migración, esta
sección termina con dos rayas y mide 20 X 110 mm. Debajo de las rayas y entre
paréntesis dirá solo para uso oficial; más abajo y a la izquierda se leerá:
OBSERVACIONES; y luego también a la izquierda Estadía Prevista Noche y a la
misma altura y a la derecha TARJETA PERDIDA, esta sección mide 25 X 110 mm.
Al
dorso tendrá un aviso al turista. El texto de la tarjeta aparecerá en español e
inglés. Será de color rosado, con letras negras y llevará en el centro en la
parte superior el Escudo Nacional tramado y debajo del Escudo en el centro
serie 1994, constará de original y una copia; el original es para la Dirección
General de Migración, debiendo el Inspector observar que esté completamente
llenada, la copia deberá graparse al pasaporte.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año mil
novecientos noventa y cuatro; año 150 de la Independencia y 131 de la
Restauración.