JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República
Dominicana
NUMERO: 238-95
VISTA
la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por
Objeto un Beneficio Pecuniario y sus modificaciones;
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de
la incorporación a las siguientes asociaciones:
1.-
ASOCIACION "SAGRADO CORAZON DE JESUS", que tiene su domicilio en la
ciudad de Barahona, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 24 de octubre de 1980.
2.-
MINISTERIO MUNDIAL "PARA DIOS TODO ES POSIBLE", que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 16 de noviembre de 1992.
3.-
ASOCIACION NACIONAL DE PROPIETARIOS DE EQUIPOS AGRICOLAS (ANPEA), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 26 de mayo de 1994.
4.-
ASOCIACION CLEMENTE MELO, que tiene su domicilio en la ciudad de Azua, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 17 de octubre
de 1992.
5.-
ASOCIACION DOMINICANA DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (ASODOPYME), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 6 de abril de 1993.
6.-
FUNDACION "MUJER-IGLESIA", que tiene su domicilio en la ciudad de
Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 12 de diciembre de 1994.
7.-
ASOCIACION DE PESCADORES BAHIA DE LA ISABELA, que tiene su domicilio en
Luperón, provincia Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 5 de junio de 1993.
8.-
CASA DE LA CULTURA PETROMACORISANA, que tiene su domicilio en la ciudad de San
Pedro de Macorís, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 20 de julio de 1984.
9.-
ASOCIACION "CENTRO DE ESPECIALIZACION TECNICO EN INFORMATICA" (CETI),
que tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 14 de septiembre de 1992.
10.-
COLEGIO HORIZONTES DOMINICANOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 8 de mayo de
1992.
11.-
ASOCIACION ESPECIALISTA EN BELLEZA (ADEBESANFRA), que tiene su domicilio en San
Francisco de Macorís, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 31 de octubre de 1991.
12.-
ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE LOCALES DEL CENTRO COMERCIAL Y DE CONVENCIONES DE
PLAYA DORADA, que tiene su domicilio en Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 3 de noviembre de 1992.
13.-
MOVIMIENTO DE AGRICULTORES DE BAHORUCO, que tiene su domicilio en Barahona,
R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 4 de
abril de 1992.
14.-
FUNDACION PRO-DESARROLLO INTEGRAL Y EL MEJORAMIENTO DE LA ENSEÑANZA DE LA
MARGEN ORIENTAL DE SANTO DOMINGO (FUDEMAR), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 31 de julio de 1993.
15.-
CENTRO INFANTIL CRISTIANO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 18 de junio de
1990.
16.-
ASOCIACION DE EMPLEADOS HISPANOS DE AT&T (HISPA DOMINICANA), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 16 de noviembre de 1994.
17.-
MOVIMIENTO FEMINISTA "HERMANAS MIRABAL" (M.F.H.M.), que tiene su
domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 18 de octubre de 1994.
18.-
ASOCIACION DE ARTESANOS DE CAYO LEVANTADO, que tiene su domicilio en Samaná,
R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 18 de
enero de 1994.
19.-
ASOCIACION DE CHOFERES, DUEÑOS Y COBRADORES DE TRANSPORTE DE DUVERGE
(ASOCHODUVED), que tiene su domicilio en Duvergé, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 25 de abril de 1993.
20.-
ASOCIACION DE PRODUCTORES DE LECHE DE BAYAGUANA (APROLBA), que tiene su
domicilio en Bayaguana, provincia Monte Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 8 de marzo de 1995.
21.-
ASOCIACION TEATRO VIVO, que tiene su domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 6 de febrero de 1994.
22.-
ASOCIACION PRO-DESARROLLO AL NARANJO, LAS MATAS DE FARFAN (APRODENA), que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 19 de octubre de 1994.
23.-
ASOCIACION DE TRANSPORTE URBANO DE SAN PEDRO DE MACORIS (ASTRAUR), que tiene su
domicilio en San Pedro de Macorís, y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 12 de enero de 1993.
24.-
FUNDACION PARA LA PROMOCION DE COOPERATIVAS POPULARES (FUNPROCOOP), que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 18 de septiembre de 1994.
25.-
ASOCIACION DE CAFICULTORES "CACIQUE ENRIQUILLO" (ASOCAEN), que tiene
su domicilio en Polo, Barahona, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 7 de mayo de 1995.
26.-
PROGRAMA DE ASISTENCIA SOCIAL PARA LA NIÑEZ DOMINICANA (PASPLAND), que tiene su
domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 2 de junio de 1993.
27.-
CENTRO CRISTIANO "EL BUEN SAMARITANO", que tiene su domicilio en La
Vega, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día
22 de marzo de 1993.
28.-
CAMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DOMINICO- ALEMANA (CC-DA), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 17 de enero de 1994.
29.-
ASOCIACION DE AGRICULTORES "UNION Y ESFUERZO", que tiene su domicilio
en San Cristóbal, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 16 de julio de 1993.
30.-
CLUB PINOS DE OTOÑO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 25 de febrero de
1994.
31.-
CENTRO DE JESUS, que tiene su domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 20 de agosto de 1993.
32.-
ASOCIACION DE CACAOTEROS "LOS HIDALGOS", que tiene su domicilio en
Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 14 de julio de 1993.
33.-
ASOCIACION DE CHOFERES DE LA BOLIVAR (ASOCHOBO), que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 14 de noviembre de 1992.
34.-
ASOCIACION DE GANADEROS "EL PROGRESO", que tiene su domicilio en
Monte Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 9 de febrero de 1978.
35.-
JUNTA DE VECINOS URBANIZACION LOS REYES, que tiene su domicilio en Santiago,
R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 23 de
septiembre de 1993.
36.-
FUNDACION EDUCACION Y DESARROLLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 20 de
octubre de 1993.
37.-
PATRONATO PRO-CONSERVACION PROGRESO Y DEFENSA DEL SECTOR DE LAS CAOBAS, que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea celebrada el día 8 de mayo de 1994.
38.-
ASOCIACION DE CHOFERES Y DUEÑOS DE MINIBUSES YAGUATE, MANA, SEMANA SANTA, SAN
CRISTOBAL, que tiene su domicilio en San Cristóbal, y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 10 de enero de 1995.
39.-
SERVICIO DE APOYO A LA EDUCACION Y EL DESARROLLO (SENDAS), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 14 de junio de 1993.
40.-
ASOCIACION DE CHOFERES DE CAMIONETAS Y MINIBUSES DE VICENTE NOBLE
(ASOCHOMICAVI), que tiene su domicilio en Vicente Noble, Barahona, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 12 de mayo de
1995.
41.-
FUNDACION PRO-EDUCACION TECNICO VOCACIONAL (FUNPROTEVO), que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 15 de junio de 1995.
42.-
CLUB DE LEONES DE MOCA, que tiene su domicilio en Moca, provincia Espaillat,
R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 8 de
junio de 1995.
43.-
FEDERACION AGRICOLA DEL BAJOS YAQUE DEL NORTE, que tiene su domicilio en
Montecristi, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 13 de noviembre de 1985.
44.-
FUNDACION BENEFICA MARTE FERNANDEZ, que tiene su domicilio en Santiago, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 27 de
noviembre de 1993.
45.-
ASOCIACION DE DUEÑOS DE MINIBUSES LAS YAYAS/AZUA (ASODUMIYA), que tiene su
domicilio en Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 22 de julio de 1995.
46.-
ASOCIACION DE ASIENTOLUISEROS AUSENTES (ASAA), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 6 de mayo de 1994.
47.-
FUNDACION INTEGRAL LATINOAMERICANA (FLAT), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 21 de abril de 1995.
48.-
ASOCIACION DE DUEÑOS DE MINIBUSES AZUA/SAN JUAN (ASODUMA), que tiene su
domicilio en Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 10 de mayo de 1995.
49.-
IGLESIA MISION DE DIOS INTERNACIONAL, que tiene su domicilio en Baní, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 21 de
diciembre de 1993.
50.-
ASOCIACION DE ALBAÑILES ORGANIZADOS Y TECNICOS DE LA CONSTRUCCION DE SANTO
DOMINGO (ASOALBA), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 1 de noviembre de
1993.
51.-
ASOCIACION "MUNDOS UNIDOS POR EL AMOR", que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 5 de marzo de 1994.
52.-
ASOCIACION UNION DOMINICO-CHILENA, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 8 de
diciembre de 1994.
53.-
ASOCIACION MINISTERIO "LOS MILAGROS DE JESUS", que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 11 de marzo de 1993.
54.-
ASOCIACION DE GANADEROS "LA UNION" DE LAS CAOBAS, que tiene su
domicilio en Santiago Rodríguez, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 8 de mayo de 1993.
55.-
CONCILIO DE LA IGLESIA EVANGELICA EN MARCHA, que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 7 de agosto de 1995.
56.-
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE ARROYO BLANCO "JUAN PORTOLATIN
ESTEVEZ", que tiene su domicilio en Santiago Rodríguez, R.D., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 16 de junio de 1991.
57.-
CAMARA DE COMERCIO DOMINICO/MEXICANA (CADOMEX), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 23 de junio de 1995.
58.-
IGLESIA PENTECOSTAL "FE Y OBRA", que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 7 de agosto de 1995.
59.-
FUNDACION DON BOSCO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 1 de mayo de 1993.
60.-
ASOCIACION DE FABRICANTES DE FOSFOROS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su
domicilio en Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 21 de julio de 1995.
61.-
FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS MINAS (FUPADIMI), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 12 de junio de 1995.
62.-
FUNDACION DE APOYO A LOS SECTORES DE SERVICIOS DE BARAHONA (FUNDASERVIB), que
tiene su domicilio en Barahona, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 20 de diciembre de 1994.
63.-
CAMARA JUNIOR SAN PEDRO, que tiene su domicilio en San Pedro de Macorís, R.D.,
y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 6 de enero
de 1993.
64.-
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE BLANCO ARRIBA TENARES (ASODEBLANCO), que tiene
su domicilio en Tenares, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 20 de enero de 1993.
65.-
FUNDACION PRO-HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL (H.S.V.P.), que tiene su domicilio
en San Francisco de Macorís, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 6 de diciembre de 1993.
66.-
PLAN DE REFORESTACION NACIONAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N.,
y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 27 de
octubre de 1993.
67.-
IGLESIA PENTECOSTAL "LOS SOLDADOS DE JESUS", que tiene su domicilio
en San Pedro de Macorís, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 10 de agosto de 1994.
68.-
ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES PENSIONADOS Y JUBILADOS (ASONAPEJ), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea celebrada el día 4 de septiembre de 1993.
69.-
FUNDACION VALLE NUEVO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 3 de julio de 1995.
70.-
FUNDACION PRO-AUTOGESTION SOCIAL (FUNPRAS), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 5 de mayo de 1993.
71.-
FEDERACION DE GANADEROS DEL NOROESTE (FEDEGANO), que tiene su domicilio en
Montecristi, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 12 de marzo de 1994.
72.-
CLUB ROTARIO LA ROMANA "RIO DULCE", que tiene su domicilio en La
Romana, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 22 de junio de 1994.
73.-
CLUB RECREATIVO, DEPORTIVO Y CULTURAL DE LOS SORDOMUDOS, que tiene su domicilio
en Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 3 de marzo de 1994.
74.-
BLOQUE DE ASOCIACIONES DE CACAO-CULTORES JUAN SANCHEZ RAMIREZ No.7, que tiene
su domicilio en Cotuí, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 28 de enero de 1993.
75.-
ASOCIACION DE AGRICULTORES PRO-DESARROLLO AGRICOLA DE GUANITO, que tiene su
domicilio en Elías Piña, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 15 de octubre de 1993.
76.-
ASOCIACION DOMINICANA DEL PULMON (ASODOPUL), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 27 de julio de 1995.
77.-
LA CASA DEL PUEBLO, que tiene su domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 5 de agosto de 1993.
78.-
ASOCIACION POPULAR DE CAMPESINOS PERIFERICOS DE YAMASA (EL MULO), que tiene su
domicilio en Yamasá, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 11 de noviembre de 1988.
79.-
ASOCIACION DE PEQUEÑAS INDUSTRIAS DE LAS CONFITERIAS (ASOPINCONF), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 26 de marzo de 1995.
80.-
INSTITUTO DE LENGUA Y CULTURA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 5 de julio de
1995.
81.-
ASOCIACION DE CHOFERES Y DUEÑOS SABANA YEGUA (ASOCHUDOSA), que tiene su domicilio
en Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 25 de junio de 1995.
82.-
FUNDACION DE AYUDA AL RETARDADO MENTAL (FUNDAREM), que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 2 de junio de 1995.
83.-
PATRONATO PARQUE BOTANICO Y ESCUELA ECOLOGICA "SANTO TOMAS" DE
JANICO, que tiene su domicilio en Jánico, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 19 de marzo de 1995.
84.-
SOCIEDAD DE SOCORRO DE BUENOS AIRES, HERRERA (SOSOBAH), que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 21 de marzo de 1995.
85.-
ASOCIACION DE COMERCIANTES EN ELECTRODOMESTICOS Y MUEBLES DEL CIBAO (ACOEMCI),
que tiene su domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en
la asamblea celebrada el día 12 de junio de 1993.
86.-
FUNDACION DOMINICANA DE ENFERMEDADES METABOLICAS, MENOSPAUSIA Y OSTEOPOROSIS
(FUNDEMOS), que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos
fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 27 de junio de 1995.
87.-
ASOCIACION DE DUEÑOS DE MINIBUSES DE AZUA/BARAHONA (ASOCHOMIBA), que tiene su
domicilio en Azua, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 3 de abril de 1995.
88.-
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL "HECHOS 2,43", que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 6 de abril de 1995.
89.-
FEDERACION DE GANADEROS DEL CIBAO CENTRAL Y EL NORDESTE (FEGACIBAO), que tiene
su domicilio en La Vega, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 26 de agosto de 1993.
90.-
ASOCIACION DOMINICANA DE DIABETICOS (A.D.D.), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 17 de julio de 1995.
91.-
MINISTERIO EVANGELICO "RECIBIREIS PODER", que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 9 de noviembre de 1991.
92.-
ASOCIACION DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRICOLAS DE LA ZONA COSTERA DE VILLA
VASQUEZ Y GUAYUBIN, que tiene su domicilio en el municipio de Guayubín,
provincia Montecristi, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 12 de agosto de 1991.
93.-
OFICINA DE SERVICIOS PARA LOS PROFESIONALES AGROPECUARIOS "OSEPA",
que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 21 de febrero de 1995.
94.-
GRUPO DE INTEGRACION SOCIAL (GIS), que tiene su domicilio en Elías Piña, R.D.,
y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 17 de
noviembre de 1988.
95.-
ASOCIACION GUADALUPE/SANTO DOMINGO, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 12 de
septiembre de 1994.
96.-
COMITE PRO-DESARROLLO DE PONCE-GUARICANO (COPRODEPO), que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 15 de abril de 1992.
97.-
ASOCIACION UNIDAD CAMPESINA DE MAO DE PEQUEÑOS PRODUCTORES AGRICOLAS, que tiene
su domicilio en Mao, provincia Valverde, R.D., y cuyos estatutos fueron
aprobados en la asamblea celebrada el día 11 de agosto de 1991.
98.-
ASOCIACION DE MERCADEROS INDEPENDIENTES DE LOS ALCARRIZOS), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 6 de marzo de 1995.
99.-
ASOCIACION "SAVERD", que tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 25 de mayo de
1995.
100.-
CENTRO DE ACCION CULTURAL (CENACUL), que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 25 de
marzo de 1995.
101.-
ESCUELA MAGNETICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (E.M.E. de la C.U.), que
tiene su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea celebrada el día 6 de febrero de 1995.
102.-
FUNDACION "UN MUNDO PARA LA NIÑEZ EN MOMENTOS DIFICILES"
(FUMUNIMODI), que tiene su domicilio en San Pedro de Macorís, R.D., y cuyos
estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 19 de octubre de
1993.
103.-
ASOCIACION DE BUHONEROS Y VENDEDORES DE LOS ALREDEDORES DE LA ZONA FRANCA DE
VILLA ALTAGRACIA "LA ESPERANZA", que tiene su domicilio en Villa
Altagracia, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada
el día 28 de junio de 1993.
104.-
ASOCIACION PRO-DESARROLLO DE MATA DEL JOBO (APRODEMADEJO), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 9 de junio de 1992.
105.-
ASOCIACION DE VENDEDORES Y PESCADORES ARTESANALES DE PLAYA BAVARO, PUNTA CANA,
MACAO Y ARENA GORDA (ASOVEPABAPUMA), que tiene su domicilio en Higüey, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 11 de agosto
de 1995.
106.-
ASOCIACION DE CADDIES DEL COMPLEJO TURISTICO DE PLAYA DORADA (ASOCADDIES), que
tiene su domicilio en Puerto Plata, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en
la asamblea celebrada el día 21 de abril de 1994.
107.-
ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO "ATE", que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 10 de marzo de 1995.
108.-
FUNDACION DEPORTIVA DOMINICANA (FUNDEPORTE), que tiene su domicilio en Santo
Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 29 de abril de 1994.
109.-
ASOCIACION DOMINICANA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (ADOPMI), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 22 de junio de 1993.
110.-
ASOCIACION DE DEFENSA DE LOS PROPIETARIOS AGROPECUARIOS (ADEPROA), que tiene su
domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 19 de abril de 1994.
111.-
ASOCIACION LA CAJA DE AHORROS "ASEGUREMOS EL MAÑANA", que tiene su
domicilio en Santiago, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 2 de marzo de 1994.
112.-
ASOCIACION "EQUI-CLUB", que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 22 de
noviembre de 1993.
113.-
ASOCIACION DOMINICANA DE REUMATOLOGIA, que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 28 de
agosto de 1992.
114.-
CONFEDERACION NACIONAL DE MUJERES CAMPESINAS (CONAMUCA), que tiene su domicilio
en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 25 de noviembre de 1993.
115.-
ASOCIACION DE YAMASENSES PARA EL DESARROLLO (ASOYADE), que tiene su domicilio
en Yamasá, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 16 de septiembre de 1994.
116.-
ASOCIACION DE APOYO Y COOPERACION AL PROGRESO RURAL, que tiene su domicilio en
Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea
celebrada el día 20 de marzo de 1995.
117.-
ASOCIACION DE COMERCIANTES DE SALCEDO (ADECOS), que tiene su domicilio en
Salcedo, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el
día 7 de julio de 1992.
118.-
ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL TRANSPORTE PUBLICO DE YAGUATE (ASOTRAPY), que
tiene su domicilio en San Cristóbal, R.D., y cuyos estatutos fueron aprobados
en la asamblea celebrada el día 27 de abril de 1995.
119.-
ASOCIACION DE CHOFERES DEL TRANSPORTE PUBLICO DE VILLA ALTAGRACIA Y ZONAS
ALEDAÑAS (ASOCHOTRAPUVA), que tiene su domicilio en Villa Altagracia, R.D., y
cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 23 de agosto
de 1995.
120.-
LIGA DEPORTIVA "LA JAVILLA", que tiene su domicilio en Santo Domingo,
D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea celebrada el día 17 de
agosto de 1995.
121.-
ASOCIACION DE DAMAS ECUATORIANAS RESIDENTES EN REPUBLICA DOMINICANA, que tiene
su domicilio en Santo Domingo, D.N., y cuyos estatutos fueron aprobados en la
asamblea celebrada el día 17 de febrero de 1994.
Artículo 2.- Queda derogado el Acápite
"f" del Artículo 2 del Decreto No.103-95, de fecha 8 de mayo de 1995.
Artículo 3.- Quedan aprobadas las
modificaciones hechas a los estatutos de las siguientes asociaciones:
1.-
ASOCIACION NUCLEO DE APOYO A LA MUJER, que tiene su domicilio en la ciudad de
Santiago, y cuyas modificaciones a sus estatutos fueron aprobadas en la
asamblea celebrada el día 18 de abril de 1994.
2.-
ASOCIACION DOMINICANA DE CODIGO INTERNACIONAL DE PRODUCTO, INC. (ADOCIP), que
tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, D.N., y cuyas modificaciones
a sus estatutos fueron aprobadas en la asamblea celebrada el día 1ro. de marzo
de 1995.
Artículo 4.- Dichas incorporaciones y
modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas
asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo
4 de la ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan
por objeto un beneficio pecuniario.
Artículo 5.- Envíese a la Procuraduría
General de la República, para los fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los doce (12) días del mes de octubre del año mil novecientos
noventa y cinco, año 152 de la Independencia y 133 de la Restauración.
Joaquín Balaguer