1801) DULCE MARIA CUEVAS PEREZ, una
pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1802)
DULCE MELANIA B. VDA. CAMARENA, una pensión del Estado de setecientos ochenta
pesos (RD$780.00) mensuales.
1803)
DULCILIDA FERRERSZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1804)
EDELMIRA CASTRO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1805)
ELADIA REYNOSO GARCIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1806)
ELBA FELICIA FLETE LIRIANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1807)
ELEA AFWVA GONZALEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1808)
ELEIDI W. FERRERAS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1809)
ELENA AURORA TERRERO BAEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1810)
ELENA DE JS. CAPELLEN, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1811)
ELENA GONZALEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1812)
ELENA MA. DIAZ CUSTODIO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1813)
ELENA PEREZ DE GONZALEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1814)
ELENA PEREZ MATA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1815)
ELENA RIVERA RUIZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1816)
ELERIA MAG. GABRIEL REYES, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1817)
ELEUTERIA JIMENEZ GERONIMO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1818)
ELIANA ALT. MARTES CASTELLANOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1819)
ELIAS DE JS. GUZMAN, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1820)
ELIAS JOSE, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1821)
ELIDA MARIA DIAZ LIZARDO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1822)
ELIDA ROSA GONZALEZ ROJAS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1823)
ELIGIO SANCHEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1824)
ELISEO ANT. RICOURT MOLINA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1825)
ELPIDIA ALT. PAULINO P., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1826)
ELPIDIA DE LA ROSA TAPIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1827)
ELSA FABIAN VDA. MEJIA, una pensión del Estado de mil cien pesos (RD$1,100.00)
mensuales.
1828)
ELSA LUGO MEJIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1829)
ELSA RUIZ DURAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1830)
ELSA SANTOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1831)
ELVIRA REYES DE AZA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1832)
EMELINDA SANCHEZ DE LA CRUZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1833)
EMENEGILDO AGUINO PIERROT, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1834)
EMETERIO ARACENA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1835)
EMILIA A. MEDINA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1836)
EMILIA ANTONIA MEDINA DE TEJADA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1837)
EMILIA DISHMEY DE BALBUENA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1838)
EMILIA E. DIAZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1839)
EMILIA SANTANA DE NUÑEZ, una pensión del Estado de dos mil setecientos pesos
(RD$2,700.00) mensuales.
1840)
EMILIA SHOVERER, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1841)
EMILIO MORALES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1842)
ENERGICA MENDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1843)
ENMA ARTILES, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1844)
ERIDANIA DE LA ROSA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1845)
ERIDANIA SENA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1846)
ERNESTINA DOLORES SOLANO HDEZ. DE CRUZ, una pensión del Estado de mil ciento
treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1847)
ERNESTINA ZAPATA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1848)
ESPERANZA C. ESPINOSA, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete
pesos (RD$997.00) mensuales.
1849)
ESPERANZA GUZMAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1850)
ESPERANZA PAULINO RAMOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1851)
ESPERANZA RODRIGUEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1852)
ESTEBANIA MATOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1853)
ESTEBANIA SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1854)
ESTELA DE LA ROSA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1855)
ESTELA GUADALUPE GARCIA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1856)
ESTERVINA SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00)
mensuales.
1857)
ESTHER ROSARIO, una pensión del Estado de dos mil quinientos treinta pesos
(RD$2,530.00) mensuales.
1858)
EUGENIA CASTRO, una pensión del Estado de mil cien pesos (RD$1,100.00)
mensuales.
1859)
EUGENIA FERNANDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1860)
EUGENIA PORFIRIA SANCHEZ, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete
pesos (RD$997.00) mensuales.
1861)
EUNICE ALT. CORONA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1862)
EVA MILAGROS JORGE, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1863)
EVELIA SANTOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1864)
FACUNDA ELENA CABRAL DE JESUS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1865)
FAUSTINA BETIMI D., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1866)
FELICIA CASSO ASENCION, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1867)
FELICIA CUEVA MORETA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1868)
FELICIA PEREZ QUEZADA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1869)
FELICIA PRENSA DE GONZALEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1870)
FELICIA RAMIREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1871)
FELICITA MA. MOREL LARA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1872)
FELIPA ALTAGRACIA HENRIQUEZ GARCIA, una pensión del Estado de mil ciento
treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1873)
FELIPA DE LA CRUZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1874)
FELIPE MATOS PEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1875)
FELIX ROJAS DE LA CRUZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1876)
FERMINA MEDINA UPIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1877)
FERMINA MENDEZ FABIAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1878)
FERNANDA GARCIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1879)
FERNANDA DE LOS SANTOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1880)
FIDELINA LUCIANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1881)
FIDIA RAMIREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1882)
FIDIAS ROMERO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1883)
FIOR DALIZA RODRIGUEZ BLANCO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1884)
FIOR DALIZA SEPULVEDA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1885)
FIOR ESTELA PIMENTEL, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1886)
FIORDALIZA GOMEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1887)
FIORDALIZA BELLIARD TAVERAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta
pesos (RD$780.00) mensuales.
1888)
FIORDALIZA GOMEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1889)
FIORDALIZA RODRIGUEZ BLANCO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1890)
FLERIDA AGRAMONTE SUERO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1891)
FLERIDA ALT. PEREZ DE VENTURA, una pensión del Estado de setecientos ochenta
pesos (RD$780.00) mensuales.
1892)
FLOR MARIA FELIZ VARGAS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1893)
FLORALBA GONZALEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1894)
FLORENCIA HERNANDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1895)
FLORENCIA FERNANDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1896)
FLORENCIA REYES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1897)
FLORENTINA VIRGINIA CRUZ LIRIANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta
y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1898)
FLORINDA ABREU ALMANZAR, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1899)
FORTUNATA SILFA PEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1900) FRANCIA BERNABEL DE MINAYA,
una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00)
mensuales.