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miércoles, 17 de octubre de 2012

Decreto No.264-93 que dispone compensar a los productores de arroz que destinen sus excedentes a la exportación de ese cereal.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 264-93

            CONSIDERANDO los excedentes que se han generado en la producción arrocera como consecuencia de la política agrícola del Gobierno.


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.- Se dispone compensar a los productores de arroz que destinen sus excedentes a la exportación de ese cereal.

            Artículo 2.- Para la compensación a que se refiere el Artículo 1 del presente Decreto, es necesario que ésta se produzca de acuerdo a los precios internacionales relacionados con el mercado interno.

            Artículo 3.- La Comisión Nacional Arrocera establecida mediante Decreto, queda encargada de someter al Poder Ejecutivo las normas y reglamentaciones para el pago de las compensaciones dispuestas por el presente Decreto.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER