JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 73-94
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar de un Patronato al Teatro del Cibao ubicado en la ciudad
de Santiago, para su mejor dirección y administración;
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo
1.- Se crea el Patronato del Teatro del Cibao conformado por una Junta de
Directores de la manera siguiente: Monseñor Roque Adames Rodríguez, Presidente;
Dr. Salomón Jorge, Vicepresidente; señor Eduardo León, Tesorero; Ing. Alberto
Yunén, Secretario; Licda. Sonia Guzmán de Hernández, Dr. Octavio Almonte, señor
Raúl Torres, Dr. Emilio Martínez Estévez, señor José Armando Bermúdez, Lic.
Simón De Castro, señor George Schwarzbartl, Lic. Nicolás Vargas, señora María
Victoria Bojos, señora Marcela de Mirabal, Ing. Felix García, Lic. Mauricio
Haché e Ing. Conrado Asencio, Miembros.
Artículo
2.- El Teatro del Cibao dependerá directamente del Poder Ejecutivo.
Artículo
3.- Todos los cargos administrativos y técnicos del Teatro del Cibao serán
sometidos por la Junta de Directores al Poder Ejecutivo para sus designaciones
y nombramientos.
Artículo
4.- Se ordena a la Junta de Directores del Teatro del Cibao elaborar su
reglamento orgánico y el presupuesto de gastos corrientes.
Artículo
5.- Envíese a la Secretaría Administrativa de la Presidencia, para los fines
correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República
Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año mil novecientos
noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.
Joaquín
Balaguer