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domingo, 22 de septiembre de 2013

Continuación del Decreto No.289-94 que concede pensiones del Estado a varios empleados No. 6

        801) JUANA RAMONA MENDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

802) JUANA ROA MEDRANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

803) JUANA RODRIGUEZ PEÑA, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.

804) JUANA RUIZ, una pensión del Estado de novecientos cuarenta y siete pesos (RD$947.00) mensuales.

805) JUANA VALDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

806) JUANA VICTORIA ROSARIO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

807) JUANICO MARTINEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

808) JULIA MORENO SANTANA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

809) JULIA OLIVO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

810) JUANA ANTONIA GARCIA RAMOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

811) JULIA RAMONA MALDONADO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

812) JULIA DE LEON SANCHEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

813) JULIAN E. DURAN, una pensión del Estado de ochocientos cincuenta y cinco pesos (RD$855.00) mensuales.

814) JULIAN MARIA LIZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

815) JULIAN ORTEGA, una pensión del Estado de novecientos pesos (RD$900.00) mensuales.

816) JULIAN PERALTA CAMILO, una pensión del Estado de mil setenta y un pesos (RD$1,071.00) mensuales.

817) JULIANA MENDEZ SANTANA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

818) JULIANA PEÑALO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

819) JULIANA VALDEZ VICTORIANO, una pensión del Estado de novecientos setenta pesos (RD$970.00) mensuales.

820) JULIO ALFREDO DE LEON DE L., una pensión del Estado de mil doscientos veinte y un pesos (RD$1,221.00) mensuales.

821) JULIO CASTILLO NOVA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

822) JULIO CESAR DE LOS SANTOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

823) JULIO FIGUEROA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

824) JULIO GONZALEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

825) JULIO LUIS ENCARNACION, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

826) JULIO MARMOL PEÑA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

827) JULIO RAUL ESTEVES C., una pensión del Estado de dos mil doscientos cincuenta y tres pesos (RD$2,253.00) mensuales.

828) JUNA E. SANCHEZ, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.

829) JUSTINA D. TOLENTINO, una pensión del Estado de mil setenta y un pesos (RD$1,071.00) mensuales.

830) JUSTINA HERRERA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

831) JUSTINA MERCEDES FRIAS DE JESUS, una pensión del Estado de mil quinientos treinta pesos (RD$1,530.00) mensuales.

832) JUSTO CAONABO PEÑA BAEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

833) LAURA FCO. LUCIANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y dos pesos (RD$1,132.00) mensuales.

834) LAURA VERONICA ENCARNACION S., una pensión del Estado de mil ciento treinta y ocho pesos (RD$1,138.00) mensuales.

835) LAUREANA AGULO JAVIER, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

836) LAUREANA HERNANDEZ D., una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

837) LEDA SEGURA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

838) LEONARDA OZORRIA VASQUEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

839) LEONARDO ISIDRO BRITO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

840) LEONCIA DE LA CRUZ HERNANDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

841) LEONIDA JIMENEZ DE H., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

842) LEONIDAS ANTONIA DILONE, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.

843) LEONIDAS DIAZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

844) LEONIDAS FIGUEREO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

845) LEONIDAS PANIAGUA ROA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

846) LEONIDAS ROSA SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

847) LEONIDAS TEJADA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

848) LEONOR MARGARITA FELIZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

849) LEONOR SOSA MORBA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

850) LEONTE DE LA CRUZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

851) LEOPALDA GONZALEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

852) LEOPOLDO MARTINEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

853) LEOPOLDINA REYES ARIAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

854) LESBIA SAGRARIO FRIAS, una pensión del Estado de mil treinta y cuatro pesos (RD$1,034.00) mensuales.

855) LETICIA FIGUEROA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

856) LEYBI HUERTA RONDON, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

857) LEYDA LORA VDA. SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

858) LIBORIA VALDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

859) LIBRADA CRUCETA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

860) LIBRADA ROBLES VDA. LORA, una pensión del Estado de dos mil pesos (RD$2,000.00) mensuales.

861) LIBRADO DE JESUS SANTOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

862) LIC. EMMA TERRERO ABREU, una pensión del Estado de mil trescientos cincuenta pesos (RD$1,350.00) mensuales.

863) LIC. FELIX ROA, una pensión del Estado de mil quinientos pesos (RD$1,500.00) mensuales.

864) LIC. GLADYS FERRER ARIAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

865) LIDIA BERGARA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

866) LIDIA D. SANTANA MELLA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

867) LIDIA MARIA VILLA MARTE, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

868) LIDIA MERCEDES PEÑA MEJIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

869) LIDIA PATRICIA ACOSTA ARISTY, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

870) LIDIA SANCHEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

871) LILIAN GONZALEZ BATISTA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

872) LORENZA GARCIA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

873) LORENZA M. SOSA REYNOSO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos (RD$1,484.00) mensuales.

874) LORENZA FLORES ROSARIOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

875) LOURDES F. DE LA ROSA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y dos pesos (RD$1,132.00) mensuales.

876) LOURDES FELIZ CABULLA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

877) LOURDES JOUVERT VDA. ALMONTE, una pensión del Estado de novecientos cincuenta pesos (RD$950.00) mensuales.

878) LOURDES M. MARTINEZ S., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

879) LOURDES OLIVIA JIMENEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

880) LOURDES PEGUERO LEON, una pensión del Estado de mil trescientos setenta y seis pesos (RD$1,376.00) mensuales.

881) LUCHY ALTAGRACIA JIMENEZ SUERO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

882) LUCIA ISABEL PEREYRA, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.

883) LUCIA LORA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

884) LUCIA MARRERO V., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

885) LUCIA MEJIA DE DOMINGUEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

886) LUCIA MENDEZ, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.

887) LUCIA PEÑA CASTRO DE E., una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

888) LUCIA PERALTA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

889) LUCIA PEREZ DE COMPRES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

890) LUCIA PEÑA NUÑEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

891) LUCIA TEJADA DE SOLANO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

892) LUCIA TURQUER, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

893) LUCIANO H. POLONIA, una pensión del Estado de ochocientos cincuenta pesos (RD$850.00) mensuales.

874) LUCILA ALT. RODRIGUEZ TAVERAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

895) LUCRECIA ALT. ESTEVEZ MOTA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

896) LUCRECIA FAJARDO GUZMAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.

897) LUDOVINA DIAZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y dos pesos (RD$1,132.00) mensuales.

898) LUIS ACOSTA MELENDEZ, una pensión del Estado de novecientos setenta y ocho pesos (RD$978.00) mensuales.

899) LUIS ALMONTE VENTURA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.

900) LUIS ANIBAL JOSE CALCAÑO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.