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sábado, 14 de julio de 2012

Decreto No. 154-93 que autoriza la impresión de un millón de tarjetas de turistas.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 154-93

            CONSIDERANDO: La necesidad de imprimir nuevas tarjetas de turistas con un diseño práctico para el usuario;

            VISTA: La Ley No. 199 del 9 de mayo de 1966 sobre el uso de tarjetas de turistas, y sus modificaciones;

            VISTO: El Decreto No. 289-91 del 8 de agosto de 1991, que autoriza la impresión de tarjetas de turistas;

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


            Artículo Unico.- Se autoriza la impresión de un millón (1,000,000) de tarjetas de turistas, del valor de US$10.00.  Estas tarjetas estarán numeradas del 1,500,001 al 2,500,000, con el siguiente diseño:  Tendrán forma rectangular y sus dimensiones serán de 139 x 100 mm. divididas en tres secciones:  la primera sección consta de dos recuadros; un primer recuadro de 20 x 110 mm. en que arriba al centro y en letras grandes dirá SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS y debajo REPUBLICA DOMINICANA; en el centro y en letras grandes se leerá TARJETAS DE TURISTAS; debajo y a la derecha en letras grandes el valor; a la misma altura y a la izquierda aparece el número de tarjetas (7 dígitos), el segundo recuadro de 124 x 110 mm., en el cual se obtendrá la información deseada, está encabezada por una frase en la cual se lee:  Llénese firmemente en letras de molde, inmediatamente se leerá en el siguiente orden:  Nombre completo, Apellidos.  Nombres.  Fecha de Nacimiento, día, mes, año; sexo; M o F; Lugar de Nacimiento.  Nacionalidad.  Ocupación.  Estado Civil 1) Soltero, 2) Casado, 3) Viudo o divorciado con sus casillas correspondientes para señalar: Dirección permanente, Calle Número, Ciudad, Estado y País, Dirección en la República Dominicana; Calle Número, Ciudad; Alojamiento, Hotel, Privado, otro (especifique); Motivo del viaje; 1) Recreo, 2) Negocios, 3) Convención-Conferencias, 4) Estudios, 5) Visita a amigos/parientes; Puerto de embarque; Número de Pasaporte; Vuelo No.; Firma de Turista y del Inspector de Migración, debajo de la firma del turista se leerá en la copia; Consérvese para su salida; esta sección termina con dos rayas.  Inmediatamente se inicia la segunda sección dirá en letras grandes: INFORMACION DE SALIDA y más abajo a la izquierda Puerto de desembarque; Vuelo No.; Inspector de Migración, esta sección termina con dos rayas y mide 20 x 110 mm.  Debajo de las rayas y entre paréntesis dirá sólo para uso oficial; más abajo y a la izquierda se leerá: OBSERVACIONES; y luego también a la izquierda Estadía Prevista Noche y a la misma altura y a la derecha TARJETA PERDIDA, esta sección mide 25 x 110 mm.

            Al dorso tendrá un aviso al turista.  El texto de la tarjeta aparecerá en español e inglés.  Será de color rosado, con letras negras y llevará en el centro en la parte superior el escudo nacional tramado y debajo del escudo en el centro serie 1993, constará de original y una copia; el original es para la Dirección General de Migración, debiendo el inspector observar que esté completamente llenada, la copia deberá graparse al pasaporte.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER