sábado, 25 de junio de 2011

Decreto No. 388-90 que autoriza a varias personas a comprar inmuebles en el país en su calidad de extranjeros.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 388-90

                     VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas detalladas en la parte dispositiva del presente Decreto;

                        VISTO el Decreto No.2543, del 22  de mayo de 1945, sobre adquisición de Inmuebles por Extranjeros y sus modificaciones;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza a las personas descritas a continuación, para que en su calidad de extranjeros, puedan adquirir los inmuebles que se describen, por los precios que se consignan:

                        a) Al señor EDUARDO TORNAL RICART, para que adquiera por el precio total de RD$26,367.66 (VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS CON 66/100) de la Compañía Distribuidora Internacional de Equipos, S.A., una porción de terreno con área de 26,634 metros cuadrados, dentro de la parcela No.1-Ref.,  del Distrito Catastral No.20 del Distrito Nacional, lugar de Villa Mella.

                        b) A la Compañía WESTMAN SHIPPING CORPORATION, por el precio total de RD$1,800,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS)  de la Compañía Costasur Dominicana, S.A., una porción de terreno con un área  aproximada de 5,282.52 metros cuadrados y sus mejoras, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.84-Ref-321 del Distrito Catastral No. 2-5 del Municipio de la Romana, lugar Costa Verde.

                        c) A la AGIO CARIBBEAN TOBACCO COMPANY, LTD., para que adquiera por el precio total de US$622,633.29 (SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES DOLARES CON 29/100), o su equivalente en pesos dominicanos, de la Chem Tec Enterprises Dominicana, S.A., los siguientes inmuebles:

                        1) Una porción de terreno con área aproximada de 4,000 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.72-Ref-52-Sub-61, del Distrito Catastral No.16/9 de San Pedro de Macorís;

                        2) Una porción de terreno con área aproximada de 4,000 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.72-Ref-52-B-Ref-62, Distrito Catastral No.16/9 de San Pedro de Macorís;

                        3) Una porción de terreno con área aproximada de 4,000 metros cuadrados dentro del ámbito de la parcela No.72-Ref-52-B-Sub-63, del Distrito Catastral No.16/9 de San Pedro de Macorís.

                        d) A la YORKTOWN FINANCE CORPORATION, para que adquiera por el precio total de RD$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS) del señor Rafael Esteva Vives, una porción de terreno de aproximadamente 3,012.33 metros cuadrados, ubicada dentro de la parcela No.84-Ref-321, del Distrito Catastral No.2/5 del Municipio de la Romana, lugar Barranca Este.

                        e) Al señor ROLAND BERGERAT, para que adquiera por el precio total de RD$3,750.00 (TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS) de los señores Carlos Polanco King y Alba Martínez de Polanco, una porción de terreno con área de 10 tareas, ubicada dentro de la parcela No.3908 del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Samaná, sección Las Terrenas, Provincia de Samaná.

                        f) A la ISLA DOMINICANA DE PETROLIOS CORPORATION, para que adquiera por el precio total de RD$1,800,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS) del señor Fermín Vargas, el Solar No.1, de la Manzana No.1709, del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 549 metros cuadrados, ubicado en la calle Hatuey esquina Bohechío.

                        g) Al señor JURGEN HINZ, para que adquiera por el precio total de RD$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS) del señor Ramón Alonzo, una porción de terreno dentro del ámbito de la parcela No.1238, del Distrito Catastral No.3 de la común de Cabrera, Provincia María Trinidad Sánchez, con área de 13 tareas.

                        h) Al señor WERNER KARL ADOLF BAENSCH, para que adquiera por el precio total de RD$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL PESOS) del señor Fabio Rafael Záiter Terc, una porción de terreno con área de 5,659.80 metros cuadrados y sus mejoras, dentro de la parcela No.1772, del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Jarabacoa, sección Piedra Blanca, Provincia de la Vega.

                        i) A la COMPAÑIA DOMINICANA DE TELEFONOS, C. POR A.(CODETEL), para que en su calidad de compañía extranjera adquiera los inmuebles descritos a continuación:

                        1) De la Compañía MAMEY, S.A., por el precio total de RD$28,998,662.00 (VEINTIOCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTIDOS PESOS), los inmuebles siguientes:

                        a) La parcela No.102-A-1-C-47-A-Ref-A y sus mejoras, consistentes en una casa de dos plantas, en el Distrito Catastral No.3 del Distrito Nacional con una extensión superficial de 0 Has.,37 Has., 92 Cas.  y 77 Dcms. cuadrados;

                        b) La Parcela No.102-A-1-C-65 y sus mejoras, consistentes en una casa de concreto, con una extensión superficial de 0 Has., 09 As., 62 Cas.

                        c) La Parcela No.102-A-1-C-47-Ref-B, del Distrito catastral No.3 del Distrito Nacional, lugar La Esperilla, con una extensión superficial de 01 Has., 28 As ., 97 Cas. y 50 Dms. cuadrados.

                        2) De la Compañía INDUSTRIAS ASOCIADAS, C. POR A., por el precio total de RD$3,375,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS), los siguientes inmuebles:

                        a) La Parcela No.5-A-5-Ref-E-2, del Distrito Catastral No.4 del Distrito Nacional, porción "A", con una extensión superficial de 2,082.47 metros cuadrados.

                        b) La parcela No.5-A-5-Ref.-E-1, del Distrito catastral No.4 del Distrito Nacional, porción "A", con una extensión superficial de 884.97 metros cuadrados.

                        3) DE la CONSTRUCTORA PLAYERA, S. A., por el precio total de RD$1,489,440.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS), una porción de terreno con una extensión superficial de 3,619.20 metros cuadrados.

                        4) De la señora MANUELA DE JESUS GONZALES VDA. PEÑA, por el precio total de RD$108,000.00 (CIENTO OCHO MIL PESOS), una porción de terreno dentro de la parcela No.110 del Distrito Catastral No.4, con área de 1,200 metros cuadrados, en el Municipio de Villa González.

                        5) Del señor MIGUEL ANGEL MARTINEZ MARTE, por el precio total de RD$ 525,000.00 (QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS), una porción de terreno dentro de la parcela No.263 del Distrito Catastral No.8 del Municipio de Haina, ubicado en la carretera Sánchez No.9, con una área de 476.00 metros cuadrados.

                        6) Del señor ALFONSO RODRIGUEZ (FONSO) , por el precio total de RD$ 2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS), la parcela No.1- parte del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Loma de Cabrera, Provincia de Dajabón, con una extensión superficial de 1,258 metros cuadrados.

                        7) Del señor ROBERTO RAMIREZ, por el precio de RD$60,000.00 (SESENTA MIL PESOS), una porción de terreno con una extensión superficial de 564.98 metros cuadrados, correspondiente al Solar No.2, Manzana No.44 del Distrito Catastral No. 1 del Municipio de Duvergé Provincia Independencia.

                        8) De los señores FULGENCIO DE JESUS SANTANA SOLIMAN y DR. RAFAEL ANIBAL SOLIMAN PEREZ, por el precio total de RD$ 600,000.00 (SEISCIENTOS MIL PESOS), una porción de terreno con área de 322.87 metros cuadrados dentro del solar No.2, de la Manzana No.263 del Distrito Catastral No.1 de la ciudad de Higüey.

                        9) Del señor LEOVIGILDO ANTONIO SANTANA ABREU, por la suma total de RD$974,795.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS), la parcela No.77-B, del Distrito Catastral No.6 del Distrito Nacional, sitios de San Bartolo y La Viva, con una extensión superficial de 6,289 metros cuadrados, ubicada en la autopista de San Isidro.

                        10) Del señor MANUEL FERNANDEZ MARMOL SUCESORES, C. POR A., por la suma total de RD$230,000.00 (DOS CIENTOS TREINTA MIL PESOS) una porción de terreno con área de 2,000 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.3-A-1-Refund.-B (parte), del Distrito Catastral No.8 del Distrito Nacional.

                        11) Del señor CARLOS NOE BARROMEO CABRERA TEJADA, por el precio total de RD$25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS), una porción de terreno con área de 417.80 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.5 del Distrito Catastral No.16 del Municipio de Moca, Provincia Espaillat.

                        12) De la señora IRENE SILVIA JANSEN, por el precio total de RD$1,337,327.60 (UN MILLON TERSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE PESOS 60/100), una porción de terreno con área de 00 Has., 44As., 02 cas., (7 tareas), dentro de la parcela No.3698 del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Samaná, Sección de las Terrenas, Provincia de Samaná.

                        13) Del señor JOSE ANIBAL SOLIMAN PEREZ, por el precio total de RD$600,000.00 (SEISCIENTOS MIL PESOS) una porción de terreno con área de 322.87 metros cuadrados, dentro del solar No.2 de la Manzana No.263, del Distrito Catastral No.1 de la ciudad de Higüey.

                        14) Del señor ANGEL M. RODRIGUEZ TEJADA, por el precio total de RD$45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS), una porción con área de 707.00 metros cuadrados, dentro del solar No.22 de la Manzana G, del Distrito Catastral No.20 de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez.

                        15) De los señores CAMPO SILVESTRE JOSE DE MOYA FERNANDEZ Y ALEXANDRA VICTORIA DE MOYA, por el precio total de RD$1,700,000.00 (UN MILLON SETECIENTOS MIL PESOS), una porción de terreno con una extensión superficial de 739.90 metros cuadrados, dentro de la parcela No.6-B, del Distrito Catastral No.3 del Distrito Nacional (Solar No.6 de la Manzana No.1759), ubicado en la calle Central Esq. Juan Jacinto Mañón.

                        Articulo 2.- Se autoriza a la LAAD CARIBE, S. A., para que en su calidad de compañía extranjera, inscriba hipotecas en primer rango a su favor, sobre los inmuebles que se describen y por los montos que se consignan:

                        1) Una porción de terreno con una extensión superficial de 5,252.75 metros cuadrados de la parcela No.283, del Distrito Catastral No.8 del Municipio de San Cristóbal, propiedad de CARIBEX DOMINICANA, S.A., por la suma de US$1,227,500.00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA).

                        2) Una porción de terreno con una extensión superficial de 4,946.12 metros cuadrados de la parcela No.283, del Distrito Catastral No.8 del Municipio de San Cristóbal, propiedad de AGROINDUSTRIA NACIONAL, S.A. (AGRONASA), por la suma de US$1,227,500.00 (UN MILLON DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA).

                         Articulo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 387-90 que crea una Comisión de Análisis de Costos que sirva de comparación a los costos presentados por los productores e importadores.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 387-90

                        CONSIDERANDO: Que en los actuales momentos de crisis económica por lo que atraviesa la República Dominicana, se hace necesario combatir uno de los mayores problemas como es el de la especulación;

                        CONSIDERANDO: Que para controlar y disminuir la especulación es indispensable la creación de una Comisión interestatal, compuesta por las diferentes instituciones que tengan relación directa con esta materia;

                        CONSIDERANDO los compromisos contenidos en el Pacto de Solidaridad Económica, firmado el 6 de agosto de 1990.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se crea una Comisión de Análisis de Costos con carácter de órgano técnico consultivo, que tenga como objetivo principal establecer una estructura general de costos de producción, que sirva de parámetro o punto de comparación a los costos presentados por los productores e importadores.

                        Artículo 2.- La Comisión estará compuesta por los Secretarios de Estado de Industria y Comercio, de Salud Pública y Asistencia Social y de Agricultura; por los Directores Generales del Instituto Agrario Dominicano, de Aduanas, del Impuesto sobre la Renta, de Ganadería, de Normas y Sistemas de Calidad, por el Director Ejecutivo del Instituto de Estabilización de Precios y por el Administrador General del Banco Agrícola de la República Dominicana.

                        Párrafo I.- Cada institución representada en esta Comisión aportará y asumirá los gastos de un técnico titular o en ausencia de éste un suplente.

                        Artículo 3.- La Comisión se reunirá un día a la semana y trabajará con carácter permanente. Para un mejor desenvolvimiento podrá crear subcomisiones de trabajo.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 386-90 que designa al Rvdo. Padre Román Miguel Jáquez Adames, Miembro de la Comisión Coordinadora para la puesta en valor del Sitio Histórico y Natural de la Villa de La Concepción de la Vega.



JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 386-90

                        VISTA la solicitud de Monseñor Juan Antonio Flores Santana, Obispo de La Vega, formulada mediante carta de fecha 19 de septiembre de 1990.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se designa al Rvdo. Padre Román Miguel Jáquez Adames, Miembro de la Comisión Coordinadora para la puesta en valor del sitio Histórico y Natural donde estuvo asentada la Villa de la Concepción de La Vega, creada en virtud del Decreto No.2151 de fecha 5 de julio de 1976, en sustitución de Monseñor Juan Antonio Flores.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 385-90 que dispone que el Centro de Investigación de Biología Marina, CIBIMA será miembro ex-oficio del Patronato del Acuario Nacional


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 385-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Centro de Investigación de Biología Marina, CIBIMA, dependencia de la Facultad de Ciencias de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, será Miembro ex-oficio del Patronato del Acuario Nacional, en adición a los funcionarios e instituciones que figuran en el Decreto No.245-90, del 22 de julio de 1990, mediante el cual se creó el referido Patronato.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

viernes, 24 de junio de 2011

Decreto No. 384-90 que designa a la Dra. Quisqueya Damirón, Delegada Titular de la República Dominicana ante la Comisión Interamericana de Mujeres de la Organización de Estados Americanos (OEA).


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 384-90


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La Dra. Quisqueya Damirón, Directora General de Promoción de la Mujer, queda designada Delegada Titular de la República Dominicana ante la Comisión Interamericana de Mujeres de la Organización de Estados Americanos (OEA).


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


                                                                                                                                                                                 JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 383-90 que concede exequátur a los Sres Dale B. Eppler y Sylvia D. Johnson, para ejercer las funciones de Vicecónsules de los Estados Unidos de América en Santo Domingo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 383-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se concede Exequátur a favor de los señores Dale B. Eppler y Sylvia D. Johnson, a fin de que puedan ejercer las funciones de Vicecónsules de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, República Dominicana.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


                                                                                                                                                                                JOAQUIN BALAGUER

lunes, 13 de junio de 2011

Decreto No.382-90 que ratifica el artículo tercero de la Resolución No.123 del 12 de septiembre de 1990, de la Junta de Aeronáutica Civil.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 382-90

                        CONSIDERANDO que la Junta de Aeronáutica Civil mediante su resolución No. 123 de fecha 12 de septiembre de 1990, estableció un nuevo índice o factor de ajuste cambiario aplicable a la comercialización de boletos aéreos en la República Dominicana, adoptando asimismo otras medidas complementarias sujetas a la ratificación del Poder Ejecutivo.

                        VISTA la comunicación de la Asociación de Líneas Aéreas de la República Dominicana de fecha 11 de septiembre de 1990, mediante la cual dicha Asociación manifiesta su conformidad con las medidas adoptadas por la Junta de Aeronáutica Civil en ese sentido.

                        VISTA la recomendación del Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se ratifica el artículo tercero de la Resolución No. 123 de la Junta de Aeronáutica Civil, de fecha 12 de septiembre de 1990.

                        Artículo 2.- En consecuencia, a partir del primero (1ro.) de octubre del año en curso, todas las tasas, impuestos, contribuciones y derechos aeronáuticos y aeroportuarios que son satisfechos por las empresa aéreas en favor de la Dirección de Aeronáutica Civil y la Comisión Aeroportuaria, actualmente vigentes y fijados en pesos dominicanos, serán reajustados en la misma proporción porcentual en que sean a su vez reajustadas las tarifas de los transportistas aéreos por efecto de la variaciones sucesivas que éstas experimenten como resultado de la actualización periódica del factor o índice de ajuste cambiario que le aplica la Junta de Aeronáutica Civil a las tarifas básicas del transporte aéreo, iniciándose este reajuste de acuerdo a lo previsto en la parte in fine del artículo tercero de la preindicada Resolución.

                        Artículo 3.- Asimismo, todos los valores excedentes que se perciban en adición a los valores básicos de las tarifas y precios actuales, y que en lo sucesivo se generen en beneficio del Estado como  consecuencia del aumento que experimenten las tasas, impuestos, contribuciones y derechos aeronáuticos y aeroportuarios, a que se refiere el artículo anterior, deberán ser depositados por la Asesoría del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios exclusivamente en el Fondo 1940, creado en virtud del Decreto No. 157-90 de fecha 27 de abril de 1990, para el fomento y desarrollo de la infraestructura aeronáutica y aeroportuaria del país.

                        Artículo 4.- La Junta de Aeronáutica Civil, en coordinación y conjuntamente con dicha Asesoría, queda facultada para establecer el procedimiento y los instructivos pertinentes para la adecuada y efectiva aplicación del presente Decreto.

                        Artículo 5.- El Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios queda encargado de darle el debido seguimiento y supervisión al procedimiento que fuere adoptado para reglamentar el depósito de los valores excedentes en el referido Fondo 1940, debiéndole rendir al Poder Ejecutivo un informe mensual sobre el estado de dichos depósitos.

                        Artículo 6.- En lo adelante, la Comisión Aeroportuaria, de conformidad con lo dispuesto por la letra G del artículo 12 de la Ley No. 505 de Aeronáutica Civil, deberá asesorarse con la Junta de Aeronáutica Civil antes de fijar y aprobar reajustes en las tarifas aplicables por el uso de los servicios y facilidades aeroportuarios, debiendo adicionalmente someter dichos reajustes a la aprobación previa del Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por la letra E del artículo 8 de la Ley No. 8 del 17 de noviembre de 1971 que crea la Comisión Aeroportuaria.

                        Artículo 7.- Envíese a la Junta de Aeronáutica Civil, a la Dirección de Aeronáutica Civil, a la Comisión Aeroportuaria, al Departamento Aeroportuario, a los Administradores de los Aeropuertos Internacionales y al Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios, para su cumplimiento y fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 381-90 que nombra a la Lic. María E. Rodríguez Diez, Subadministradora General de Bienes Nacionales.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 381-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Lic. María E. Rodríguez Diez, queda designada Subadministradora General de Bienes Nacionales, en sustitución de la señora Celida Quiñones.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 380-90 que designa a la Lic. Marilyn B. Torterolo, Cónsul General de la República en Argentina.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 380-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Lic. Marilyn B. de Torterolo, queda designada Cónsul General de la República Dominicana, en Argentina.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 379-90 que otorga exequátur a la Lic. Nersa Miriam Méndez y al Dr. Alcibíades Manuel Alburquerque Hernando para ejercer las funciones de Notario Público del Distrito Nacional.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 379-90

                        VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,

                        VISTA la Ley del Notariado No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se otorga exequátur a la Lic. Nersa Miriam Méndez y al Dr. Alcibíades Manuel Alburquerque Hernando, para que puedan ejercer como Notario Público por el Distrito Nacional, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.

                        Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER