JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 47-94
CONSIDERANDO:
Que las zonas francas representan un sector de vital importancia en la vida
económica nacional por sus aportes en la generación de empleos y divisas que
requiere el país para su desarrollo;
CONSIDERANDO:
Que los bienes y servicios que se elaboran en las empresas de zonas francas
constituyen un canal expedito para la promoción comercial y del clima de
inversión de la República Dominicana;
En
ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución
de la República,
D
E C R E T O:
Artículo
1.- Se declara de Interés Nacional, la Primera Exhibición de Zonas Francas que
se declara en el país.
Artículo
2.- Todas las instituciones gubernamentales deberán ofrecer todo su apoyo para
la celebración de ese evento.
DADO
en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana,
a los nueve (9) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro;
año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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