lunes, 28 de mayo de 2018

Decreto No. 104-95 que crea e integra una Comisión Nacional para la Promoción del Desarrollo Social

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 104-95

                    CONSIDERANDO: Que la Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, la cual se celebró en Copenhague, Dinamarca, el pasado mes de marzo, bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas, ha fortalecido los compromisos nacionales e internacionales destinados a promover el desarrollo social a lo interno de cada uno de los países participantes.

                    CONSIDERANDO: Que el propósito fundamental de ese desarrollo social debe encaminarse hacia la erradicación de la pobreza mediante la elevación de los niveles de educación y de salud de la población económicamente activa, a fin de estimular su participación cada vez más amplia en el procedo productivo.

                    CONSIDERANDO: Que el Estado y la sociedad civil tienen responsabilidades fundamentales que cumplir para lograr en todas sus vertientes ese desarrollo dirigido específicamente a la promoción humana.

                    VISTO el material de trabajo de la Cumbre Mundial mencionada.

                    En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                    Artículo 1.- Se crea la Comisión Nacional para la Promoción del Desarrollo Social integrada por el Vicepresidente de la República, quien la presidirá; por los Secretarios de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, de Salud Pública y Asistencia Social y de Agricultura; por las Direcciones Generales del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, del Instituto Dominicano de Seguros Sociales; de la Oficina de Promoción de la Mujer, del Fondo de Promoción a las Iniciativas Comunitarias, de la Oficina de Desarrollo de la Comunidad, del Instituto de Formación Técnico Profesional, por el Consejo Rector de Protección al Menor, por el Secretario Técnico de la Presidencia de la República, quien actuará como Coordinador y por el Director de la Oficina Nacional de Planificación, quien fungirá como Secretario de dicha comisión.

                    Artículo 2.- Esta Comisión Nacional para la Promoción del Desarrollo Social tendrá como misión primordial el dar seguimiento a los acuerdos derivados de la Cumbre Mundial celebrada en Copenhague, Dinamarca, además de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Social fundamentado en el informe presentado por el país en el mencionado evento.  Dicho plan nacional deberá estar disponible en el plazo de seis (6) meses a partir de la fecha del presente decreto para ser utilizado en el proceso de trabajo de la Comisión.

                    Artículo 3.- Comuníquese al Vicepresidente de la República, a los Secretarios de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, de Salud Pública y Asistencia Social y de Agricultura, a las Direcciones Generales del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, al Instituto Dominicano de Seguros Sociales, a la Dirección General de Promoción de la Mujer, a la Directora del Fondo de Promoción  a las Iniciativas Comunitarias, a la Oficina de Desarrollo de  la Comunidad, al Instituto de Formación Técnico Profesional, al Consejo Rector de Protección al Menor, al Secretario Técnico de la Presidencia y al Director de la Oficina Nacional de Planificación, a fin de que se inicien de inmediato las labores destinadas a aplicar el presente decreto.

                    DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y cinco, año 152 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

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