JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO:
231-95
CONSIDERANDO: Que la
Fundación de Apoyo al Suroeste y el Obispado de la Diócesis de Barahona han
solicitado al Poder Ejecutivo autorización para establecer un centro de
educación superior en la ciudad de Barahona;
CONSIDERANDO: Que la
Fundación de Apoyo al Suroeste es una entidad sin fines de lucro y que fue
incorporada mediante el Decreto No.2849 de fecha 22 de marzo de 1985;
CONSIDERANDO: Que dicha
fundación cuenta con los recursos físicos, el personal calificado y las
reglamentaciones académicas y administrativas necesarias para operar con éxito
un instituto de estudios superiores;
CONSIDERANDO: Que la
población adulta necesita alternativas específicas de formación y capacitación,
adecuadas en términos metodológicos;
CONSIDERANDO: Que el Consejo
Nacional de Educación Superior, (CONES) opinó en favor de que el Poder
Ejecutivo acogiera la solicitud de la Fundación de Apoyo al Suroeste y el
Obispado de la Diócesis de Barahona, para la apertura del Instituto Católico
Tecnológico de Barahona, (ICATEBA) y que éste pueda dentro del ámbito del
presente Decreto, expedir títulos académicos con el mismo alcance, fuerza y
validez que los expedidos por las instituciones académicas oficiales autónomas
de igual categoría;
VISTA la Ley No.273 del 27
de junio de 1966, modificada por la Ley No.236 de fecha 23 de diciembre de
1967, que regula el establecimiento de las entidades universitarias y de
estudios superiores;
VISTO el Decreto No.1255 de
fecha 25 de julio de 1983, que crea el Consejo Nacional de Educación Superior,
(CONES) y establece el Reglamento para la Educación Superior Privada;
VISTA la opinión del Consejo
Nacional de Educación Superior, (CONES):
En ejercicio de las
atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T
O:
Artículo 1.- El Instituto
Católico Tecnológico de Barahona, (ICATEBA), que tendrá sede en la ciudad de
Barahona, patrocinado por la Fundación de Apoyo al Suroeste, la cual está
debidamente incorporada mediante el Decreto No.2849 de fecha 22 de marzo de
1985 y el Obispado de la Diócesis de Barahona, queda facultado para impartir
docencia y expedir títulos académicos con el mismo alcance, fuerza y validez
que los expedidos por las instituciones académicas oficiales de igual
categoría, dentro de los límites del presente Decreto.
Artículo 2.- El Instituto
Católico Tecnológico de Barahona, ICATEBA gozará en lo adelante de personalidad
jurídica y podrá expedir títulos académicos en el nivel de Técnico Superior
para las siguientes carreras:
A Nivel Técnico Superior:
1-
Tecnólogo en Construcción
2-
Tecnólogo en Desarrollo Rural
3-
Tecnólogo en Administración y Producción
4-
Tecnólogo en Alimentos y Bebidas
5-
Tecnólogo en Informática
6-
Secretaria Ejecutiva
Artículo 3.- En virtud de
las disposiciones contenidas en el Decreto No.1255 de fecha 25 de julio de
1983, el Instituto Católico Tecnológico de Barahona (ICATEBA), requerirá la
autorización expresa del Poder Ejecutivo para:
a) Modificar la localización geográfica de la institución y crear
extensiones o recintos nuevos.
b) Impartir docencia y otorgar títulos en carreras diferentes a las
especificadas en el presente Decreto.
c) Modificar los estatutos del centro académico.
DADO en Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12)
días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cinco, año 152 de la
Independencia y 133 de la Restauración.
Joaquín Balaguer