JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO:
214-93
CONSIDERANDO: Que en esta misma fecha
el Presidente de la República, Dr. Joaquín Balaguer hará un viaje de salud a
los Estados Unidos de América;
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el
Artículo 58 de la Constitución de la República, en caso de falta temporal del
Presidente de la República, después de haber prestado juramento, ejercerá el
Poder Ejecutivo, mientras dure esa falta, el Vicepresidente de la República.
En ejercicio de las atribuciones que
me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T
O:
Artículo Unico.- El Ing. Carlos
Morales Troncoso, Vicepresidente de la República, ejercerá las funciones del
Poder Ejecutivo a partir del día de hoy, mientras dure la permanencia en el
exterior del Presidente de la República.
DADO en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del
mes de agosto del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la
Independencia y 130 de la Restauración.
JOAQUIN
BALAGUER