JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO:
87-95
CONSIDERANDO: Que la
escritora y pedagoga dominicana Abigaíl Mejía Soliére, cuyo Centenario de su
nacimiento celebramos el 15 de abril del año 1995, contribuyó a los estudios
humanísticos en el país con su Ideario Feminista y su Historia de la Literatura
Dominicana y otros textos didácticos, así como sus poemarios, novelas y las
biografías del Arzobispo Meriño y del Generalísimo Máximo Gómez.
CONSIDERANDO: Que es deber
del Gobierno acoger las solicitudes elevadas por la Presidenta del Comité
Gestor de los Festivales de Mujeres Escritoras, Sra. Ilonka Nacidit-Perdomo, en
el sentido de honrar la memoria de esta ilustre dominicana.
VISTA la Ley No.1113 de
fecha 26 de mayo de 1936.
En ejercicio de las
atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D
E C R E T O:
Artículo 1.- Se designa una
Comisión Oficial a fin de que en coordinación con el Comité Gestor de los
Festivales de Mujeres Escritoras, organice la celebración de los actos para la
conmemoración del Centenario del Nacimiento de la escritora, activista
feminista y pedagoga, Abigaíl Mejía Soliére.
Dicha Comisión Oficial estará integrada por: Dra. Licelott Marte de
Barrios, quien la presidirá; Dr. Víctor Villegas, Dr. Mariano Lebrón Saviñón,
Lic. Ilonka Nacidit-Perdomo, Lic. Rosa Roa de López, Lic. Jacqueline Malagón y
Lic. Elida Jiménez Victorio.
Artículo 2.- Se concede
póstumamente la condecoración de la Orden del Mérito Juan Pablo Duarte en el
Grado de Comendador, a la Señora Abigaíl Mejía Soliére (1895-1941).
Artículo 3.- Se encarga a la
Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos a fin de que reedite
las obras completas de Abigaíl Mejía Soliére.
DADO en Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5)
días del mes de abril del año mil
novecientos noventa y cinco, año 152 de la Independencia y 132 de la
Restauración.
Joaquín Balaguer