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martes, 7 de agosto de 2012

Decreto No. 180-93 que constituye el Comité Directivo del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 180-93

            VISTA: La aprobación por parte de la Comisión de las Comunidades Europeas, dentro de los lineamientos del Primer Programa Indicativo Nacional, del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste (PROLINO) a ser cubierto con fondos previstos por la CEE dentro del ámbito de la Convención de Lomé IV;

            CONSIDERANDO: Que a los fines de la ejecución de dicho proyecto, cuya vigencia se extenderá por 4 años a partir de su inicio, se ha convenido la instalación de un organismo coordinador que administrará la buena marcha de las actividades inherentes a este proyecto;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

            Artículo 1.-  Queda constituido el Comité Directivo del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste (PROLINO), que estará compuesto por el Secretario de Estado de Agricultura, quien lo presidirá; por el Ordenador Nacional de la Convención de Lomé IV; y por los respectivos titulares de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos; de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social; de la Corporación Dominicana de Electricidad; del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados; del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos; del Banco Agrícola de la República Dominicana; del Instituto Agrario Dominicano; de la Dirección General Forestal; de la Dirección General de Caminos Vecinales; de la Oficina para el Desarrollo de la Comunidad, y del Instituto para el Desarrollo del Noroeste.

            Párrafo.-   Estos titulares podrán ser representados por su subalterno inmediato.

            Artículo 2.-  Este Comité redactará y pondrá en práctica su propio reglamento interno el cual detallará sus normas operativas y financieras , incluyendo la contratación de todo su personal técnico y administrativo, del equipamiento y de las obras que serán ejecutadas bajo el mismo, con apego a las exigencias en la materia por parte de la Comisión de las Comunidades Europeas y del Gobierno Nacional.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER