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viernes, 15 de octubre de 2010

Nuevo sistema de justicia para jóvenes en conflicto con la ley penal

La sanción del nuevo Código para el Sistema de Protección y los Derecho Fundamentales de los Niños. Niñas y Adolescentes (ley 136-03), plantea la necesidad de implementar el nuevo régimen para cumplir satisfactoriamente con el nuevo sistema de garantías que corresponde observar en relación a los jóvenes en conflicto con la ley penal.

A tal fin debe contemplarse el principio de especialidad que consagra la ley en la organización del Ministerio Público, previendo la creación de unidades fiscales especializadas en las ciudades más grandes y la especialización de otros operadores en las demás regiones del país, a fin de que la ley tenga vigencia real y efectiva en todo el territorio nacional.

Asimismo, resulta necesario contemplar y desarrollar un programa especial de Mediación en Delitos juveniles y Soluciones Alternativas, en función de lo previsto en el art. 258,1 de la ley 136-03.            

Fuente: Lineamientos de la Política Criminal Dominicana: Acciones de Aplicación Inmediata, Pag. No. 33

jueves, 14 de octubre de 2010

La Necesidad del Plan Nacional de Seguridad Democrática para la República Dominicana

En nuestro país, como en otros países de la región latinoamericana, las políticas de prevención suelen caracterizarse por la imprevisión y la improvisación, con los resultados lógicos que ello suele aparejar.

Contribuyen a ello varios factores: a) no se conoce la criminalidad real del país, pues no se cuenta con estimaciones de la cifra negra (delitos no denunciados) y es defectuosa la medición de la criminalidad oficial (delitos denunciados), en gran medida producto de la debilidad institucional; b) no existen trabajos de campo, sobre las modalidades delictivas de mayor gravedad o de más alto impacto social; c) no se cuenta con programas específicos que actúen sobre factores asociados al delito y la violencia; d) el sistema de investigación y persecución de los delitos es extremadamente ineficiente, de tal modo que la mayoría de los autores no son identificados y un alto porcentaje de los individualizados eluden la acción de la justicia; e) el sistema carcelario, en lugar de favorecer la rehabilitación de los autores de delitos, representa un potente factor criminógeno adicional.

Desarrollar un plan eficaz exige, por un lado, contar con información confiable vinculada con el fenómeno sobre el cual nos proponemos actuar, y por el otro, hacerse cargo de la complejidad de ese fenómeno y de los niveles de intervención, todo lo cual reclama un trabajo conjunto y mancomunado de los organismos estatales con responsabilidades directas, pero también de aquellos otros que pueden actuar sobre los factores subyacentes asociados a la criminalidad (pobreza, marginalidad, desamparo, inserción laboral, acceso a la educación, etc.).


Fuente: Lineamientos de la Política Criminal dentro de los parámetros del Plan Nacional de Seguridad Democrática para la República Dominicana,  Pág. # 11