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domingo, 26 de febrero de 2012

Documentos requeridos para retirar el dinero de nuestros familiares fallecidos en un banco

1.- Original del acta de defunción legalizada por la Junta Central Electoral (JCE).


2.-Original del Acto de Notoriedad o Acta de Determinación de Herederos, la cual es instrumentada por un Notario Público.


3.-La firma del Notario que instrumentó el Acto Notoriedad o Acta de Determinación de Herederos, deberá estar legalizada por la Procuraduría General de la República.


4.- Original del Acta de Matrimonio legalizada por la Junta Central Electoral (JCE).


5.- Originales de las acta de nacimiento de los hijos dejados por el fallecido, legalizadas por la Junta Central Electoral (JCE).


6.-Original de la autorización para el retiro de los valores emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).


7.- Original de Recibo de Pago de los Impuestos Sucesorales emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).


8.- Original Pliego de Modificaciones emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).




SI LA PERSONA MURIÓ SIENDO SOLTERO (A) Y SIN DEJAR DESCENDENCIA



  • Depositar el original del acta de nacimiento del mismo, a los fines de determinar el nombre de los padres de éste.

  • Depositar las actas de nacimiento de los hermanos que le sobreviven.

  • En el caso de haber fallecido uno o ambos padres,uno o más hermanos, deberán depositar los originales de las actas de defunción correspondiente.

Si los herederos son menores de edad y quedan en orfandad
Se puede presentar el caso en que el sucesor o los sucesores no tenga PADRE o MADRE sobreviviente, quedando éste o estos en orfandad, deberán depositar copia certificada del Consejo de Familia Homologado, mediante el cual se nombre el Tutor Legal y Protutor del menor o los menores.



domingo, 7 de noviembre de 2010

¿Cómo obtener un duplicado cuando la placa se ha perdido?

Es importante que usted sepa que en Impuestos Internos a este proceso le llaman "Duplicado de Chapa", refierndose a la placa.  Sinónimos de Chapa = hoja, plancha, hojalata, lámina, placa 

Requisitos
• Matrícula original
• Copia de la Cédula del titular de la matrícula
• Carta de solicitud (en caso de vehículos propiedad de compañía), indicando nombre y cédula de la persona autorizada
• Copia de la Tarjeta de Identificación Tributaria (TIT)
• Poder Notariado y Legalizado
• Copia de Cédula del Representante apoderado
• Recibo de pago de la Procuraduría General de la República por concepto de Legalización
• Certificación del Plan Piloto
• Acto de Venta Notariado y Legalizado (en caso de que el vehículo no sea propiedad del titular de la matrícula)
• Copia de Cédula del comprador
• Tres (3) publicaciones por pérdida de chapa certificadas en un periódico de circulación nacional
• Carta autorización de la entidad financiera (si el vehículo está financiado)
• Certificación de la AMET (en caso de que el vehículo esté detenido)

¿Dónde realizar el trámite?
• En el Departamento de Vehículo de Motor (Edificio Jacinto de la Concha)
• Costo del trámite  RD$2,600.00

sábado, 18 de septiembre de 2010

¿Cómo hacer una reclamación al Banco?

Pasos para una correcta reclamación ante una entidad de Intermediación Financiera (Bancos) en la República Dominicana


1) Cliente presenta una reclamación formal al Departamento de Servicios del banco.
2) El representante recibe la reclamación y la dirige al Departamento de Servicio.
3) El representante debe entregar al cliente el número de su reclamación y la fecha en la cual estará recibiendo la respuesta del banco.
4) Al concluir el plazo asignado, el cliente debe recibir una respuesta por escrito del banco, en un tiempo no mayor a 30 días calendario, luego de recibida la reclamación.
5) Si el cliente no está conforme con la respuesta puede dirigirse a la oficina de protección al usuario de la Superintendencia de Bancos con la comunicación entregada por el banco.
6) Presentar su reclamación por escrito ante la superintendencia de bancos con los documentos requeridos.
a.         Número de identificación de la reclamación emitido por el banco.
b.         Datos generales del reclamante.
c.         Motivo de la reclamación.
d.         Fecha de presentación de la reclamación ante la entidad financiera.
e.         Poder otorgado por el titular en caso de ser necesario.
f.          Documentos anexos a la reclamación si los hubiere.
g.         Cualquier otro documento considerado de importancia.