viernes, 20 de septiembre de 2013

Decreto No. 269-94 que otorga exequátur a la Dra. Rosa Elena Altagracia Villanueva Monegro, para ejercer las funciones de notario público en el Distrito Nacional.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 269-94

                        VISTA  la Ley sobre Organización Judicial No.821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;

                        VISTA  la Ley del Notario No. 301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se otorga exequátur a la Doctora Rosa Elena Altagracia Villanueva Monegro, para que pueda ejercer como Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, de conformidad con las leyes y reglamentaciones vigentes.

                        Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 268-94 que nombra al señor Alejandro Rosario Palmer, Gobernador Civil de la provincia Elías Piña.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 268-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El señor Alejandro Rosario Palmer, queda designado Gobernador Civil de la provincia Elías Piña, en sustitución del señor Félix Américo Hernández, electo Diputado.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 267-94 que nombra al Lic. Luis Manuel Piantini Munnigh, Vicegobernador del Banco Central.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 267-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Lic. Luis Manuel Piantini Munnigh, queda designado Vicegobernador del Banco Central de la República Dominicana.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No.266-94 que nombra a la profesora Cronni Arlette Gell de Pérez, Gobernadora Civil de la provincia Independencia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 266-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- La profesora Cronni Arlette Gell de Pérez, queda designada Gobernadora Civil de la provincia Independencia, en sustitución del señor Aquilino Méndez Moquete.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 265-94 que nombra al señor Juan Leonel Troncoso, Gobernador Civil de la provincia Peravia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 265-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El señor Juan Leonel Troncoso, queda designado Gobernador Civil de la provincia Peravia, en sustitución de la señora Elsa de Batlle.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 264-94 que nombra a los licenciados Juan José Arteaga y Ramón García Báez, Ayudante Especial y Asistente del Vicepresidente de la República, respectivamente, el primero con rango de Secretario de Estado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 264-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. Juan José Arteaga, queda designado Ayudante Especial del Vicepresidente de la República, con rango de Secretario de Estado.

                        Artículo 2.- El Lic. Ramón García Báez, queda designado Asistente del Vicepresidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 263-94 que nombra a los Dres. José Ramón Díaz Valdepares y Santiago Cruz López, respectivamente, Embajadores Concurrentes de la República en Bolivia y en la Federación de Rusia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 263-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Doctor José Ramón Díaz Valdepares, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en Perú, queda designado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Bolivia, concurrentemente.

                        Artículo 2.- El Doctor Santiago Cruz López, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República Federal de Alemania, queda designado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la Federación de Rusia, concurrentemente.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.262-94 que nombra al Contralmirante Geraldo Santana Solano, M. de G., Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, con el rango Transitorio de Vicealmirante, M. de G.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 262-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Contralmirante Geraldo Santana Solano, M. de G., queda designado Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, en sustitución del Vicealmirante Iván Vargas Céspedes, M. de G., y ostentará el rango transitorio de Vicealmirante M. de G., mientras desempeñe dichas funciones.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 261-94 establece que la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., depositará los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, incluyendo los especializados por concepto del "Diferencial a los Carburantes" en el Banco Central de la República Dominicana.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 261-94

                        CONSIDERANDO: Que es prioridad nacional asegurar los fondos necesarios que aporta el Estado para el pago de la Deuda Pública Externa que se realiza a través del Banco Central de la República.

                        CONSIDERANDO: La vocación para estos fines de los valores de los "Diferenciales a los Carburantes", resultantes del precio de venta en Refinería y de la "Paridad de Importación".

                        CONSIDERANDO: Que es necesario que estos valores para el pago de la Deuda Pública Externa estén dotados de mejores y más adecuados mecanismos de control que permitan al Estado Dominicano dar un adecuado destino a los recursos obtenidos por medio de los "Diferenciales a los Carburantes" y que éstos sean recibidos por el Banco Central de la República de la fuente de origen en forma inmediata.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., depositará los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, incluyendo los especializados por concepto del "Diferencial a los Carburantes", en el Banco Central de la República en la cuenta Gobierno Dominicano, Cuenta para el Pago de la Deuda Externa, Aporte del Gobierno Central No.2253-10.

                        Artículo 2.- El Banco Central de la República expedirá a la Refinería Dominicana de Petróleo, S. A. la constancia de ese depósito.

                        Artículo 3.- El Banco Central de la República deberá informar de los valores recibidos al Poder Ejecutivo, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Contraloría General de la República y a la Tesorería Nacional, para los fines de comprobación y registro.

                        Artículo 4.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., remitirá copia de los depósitos y pago que realice en el Banco Central de la República, al Poder Ejecutivo y a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.

                        Artículo 5.- Envíese al Banco Central de la República, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Contraloría General de la República, a la Refinería Dominicana de Petróleo S.A., y a la Tesorería Nacional, para su más estricto cumplimiento.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.

Joaquín Balaguer

Decreto No. 260-94 que nombra a los licenciados José Olivo y Rafael Piña Abreu, Subdirector Administrativo del Instituto Agrario Dominicano y Subadministrador General de Bienes Nacionales, respectivamente.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 260-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. José Olivo, queda designado Subdirector Administrativo del Instituto Agrario Dominicano, en sustitución de la Sra. María Estela Conde.

                        Artículo 2.- El Lic. Rafael Piña Abreu, queda designado Subadministrador General de Bienes Nacionales, en sustitución de la Lic. María E. Rodríguez.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer