jueves, 5 de septiembre de 2013

Decreto No. 143-94 que autoriza a varias personas físicas y morales extranjeras a adquirir inmuebles en el país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 143-94

                        VISTAS: Las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas detalladas en la parte dispositiva del presente Decreto;

                        VISTO: El Decreto No.2543 del 22 de mayo de 1945 sobre Adquisición de Inmuebles por Extranjeros y sus modificaciones;

                        En ejercicio a las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O :


                        Artículo 1.- Se autoriza a las personas y empresas detalladas a continuación para que en su calidad de extranjeros puedan hacer inversiones y adquirir los inmuebles que se describen por los precios que se consignan.

                        1).- A la Esso Standard Oil, S.A. Limited adquirir de la señora Elsa Rodríguez, por el precio total de RD$1, 413,684.00 (UN MILLON CUATROCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS CON 00/100), una porción de terreno con un área de 1,343 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la Parcela No. 17-A-Ref.2, del Distrito Catastral No. 17 del Distrito Nacional.

                        2).-  A la Esso Standar Oil, S.A. Limited adquirir del señor Eufres José Ochoa Rodríguez por el precio total de RD$2,585,316.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS PESOS CON 00/100), una porción de terreno con un área de 2,457 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela 17-A-Ref-3 del Distrito Catastral No.17 del Distrito Nacional.

                        3).- A la Compañía Santo Plastic Ind. Corp., S.A. debidamente representada por su presidente el señor Jeng Ming Hsieh adquirir de la Compañía Chem Tec Enterprises, por el precio de U$125,000.00 (CIENTO VEINTICINCO MIL DOLARES CON 00/100) o su equivalente en pesos dominicanos a la tasa oficial vigente, una porción de terreno con un área de 3,937 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.72-Ref.-52-B-Subd-57 del Distrito Catastral No.16/9 del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís.

                        4).- A la Compañía Shenta Industrial Inc., S.A. debidamente representada por su presidente el señor Wang Huei Yuan, adquirir de la Compañía Chem Tec Enterprises, por el precio de US$1,500,000.00 (UN MILLON QUINIENTOS MIL DOLARES CON 00/100) o su equivalente en pesos dominicanos a la tasa oficial vigente, una porción de terreno con un área de 4,050 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.72-Ref.-52-B -Subd-53 del Distrito Catastral No. 16/9 del Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís.

                        5).- Al señor Luciano Ruffoni, por el precio total de RD$150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos con 00/100) el apartamento No.102, situado en el primer piso del condominio Los Pinos, con un área de construcción de 75.02 Mts.2 y sus dependencias consistentes en sala, comedor, habitación, closets, baño, balcón, desayunador, despensa, construída dentro del ámbito de la parcela No. 311-A-Ref.-79K, del Distrito Catastral No.32 del Distrito Nacional propiedad de Operadora De Construcciones S.A.

                        6).- A la Compañía Dominicana de Teléfonos C. por A., adquirir de la Compañía Promotora Ramírez Féliz García S.A. por el precio total de RD$7,196,000.00 los inmuebles que se detallan a continuación:

                        a) Local 201, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 136.89 metros cuadrados, localizado en la parte suroeste del edificio, con un baño, un inodoro, un lavamanos y un cuarto closet, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        b) Local 202, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 90.52 metros cuadrados, localizado en la parte media sureste del edificio, con un baño, un inodoro, un lavamanos y un cuarto closet, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        c) Local 203, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 90.52 metros cuadrados, localizado en la parte media suroeste del edificio, con un baño, un inodoro, un lavamanos y un cuarto closet, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        d) Local 204, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 90.52 metros cuadrados, localizado en la parte media suroeste del edificio, con un baño, un inodoro, un lavamanos y un cuarto closet, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        e) Local 205, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 83.71 metros cuadrados, localizado en la parte central este del edificio, con derecho a usufructo de las instalaciones sanitarias de uso exclusivo para los propietarios de los locales comerciales Nos. 105, 106, 107, 108, 205, 207, 208, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        f) Local 206, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 81.35 metros cuadrados, localizado en la parte central media este del edificio, con derecho a usufructo de las instalaciones sanitarias de uso exclusivo para los propietarios de los locales comerciales Nos. 105, 106, 107, 108, 205, 207, 208, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        g) Local 207, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 81.35 metros cuadrados, localizado en la parte central media oeste del edificio, con derecho a usufructo de las instalaciones sanitarias de uso exclusivo para los propietarios de los locales comerciales Nos. 105, 106, 107, 108, 205, 207, 208, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        h) Local 208, ubicado en la segunda planta, destinado a fines comerciales, con un área de construcción de 81.35 metros cuadrados, localizado en la parte central media oeste del edificio, con derecho a usufructo de las instalaciones sanitarias de uso exclusivo para los propietarios de los locales comerciales Nos. 105, 106, 107, 108, 205, 207, 208, con acceso a la vía pública, a través de un pasillo que conduce a las escaleras.

                        Todos construidos dentro del Condominio Plaza Castellana, edificio sobre el Solar No.1, de la manzana No.2688, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional.


                        Artículo 2.- Se autoriza a la Texaco Caribbean Inc., para que en su calidad de compañía extranjera inscriba una hipoteca en primer rango a su favor ascendente a la suma de RD$500,000.00 sobre el solar No.13 de la manzana No.797 del Distrito Catastral No.1 del Municipio y Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 354.63 Mts.2, propiedad del señor Fabio López Henríquez.


                        Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.142-94 que designa al señor Serafín Rodríguez Grullón, Subsecretario de Estado de Turismo, con asiento en la zona norte del país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 142-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Serafín Rodríguez Grullón, queda designado Subsecretario de Estado de Turismo, con asiento en Zona Norte del País.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.141-94 que nombra a Vicealmirante Camilo Antonio Nazir Tejada, M. de G., Encargado de la Policía Militar Electoral.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 141-94

                        VISTO  el Decreto No.111-90, del 22 de marzo de 1990, que crea la Policía Militar Electoral;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico:  El Vicealmirante Camilo Antonio Nazir Tejada, M. de G., queda designado Encargado de la Policía Militar Electoral.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 140-94 que declara la ensenada Cabeza de Toro, como Puerto Internacional, con motivo de la celebración del XXIX Torneo Internacional de Pesca "Cabeza de Toro".

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 140-94

                        CONSIDERANDO: Que del 3 al 20 de junio del presente año, el Club Náutico de Santo Domingo, Inc., y la Asociación Internacional de Torneos de Pescadores se proponen llevar a cabo el XXIX Torneo Internacional de Pesca "Cabeza de Toro";

                        CONSIDERANDO: Que es interés del Gobierno Nacional contribuir a la realización exitosa de todos los eventos deportivos en los cuales participen dominicanos y extranjeros.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Durante los días comprendidos del 3 al 20 de junio del presente año, la ensenada Cabeza de Toro, queda declarada "Puerto Internacional", con motivo de la celebración del XXIX Torneo Internacional de Pesca de Cabeza de Toro.

                        Artículo 2.- Las Direcciones de Migración y de Aduanas deberán enviar a dicho lugar el personal necesario para asegurar los servicios correspondientes, de conformidad con la ley.

                        Artículo 3.- Las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas y de Turismo, así como la Oficina de la Cruz Roja Dominicana, dispondrán de cuantas medidas se requieran para garantizar la mayor seguridad de las personas participantes en el referido torneo de pesca y del publico asistente a esos eventos.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 139-94 que nombra al señor Pablo Cabrera, Ayudante Civil del Presidente de la República, con rango de Subsecretario de Estado, con asiento en Mao.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 139-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico: El señor Carlos Cabrera, queda designado como Ayudante Civil del Presidente de la República, con rango de Subsecretario de Estado, con asiento en Mao, Provincia Valverde.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 138-94 que nombra varios funcionarios en distintas dependencias del Estado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 138-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. Juan Manuel Taveras Rodríguez, queda designado Subsecretario de Estado de Industria y Comercio.

                        Artículo 2.- El Ing. Fernando Villalona, queda designado Supervisor de las Obras del Estado en las Provincias de Valverde y Santiago Rodríguez, con rango de Subsecretario de Estado.

                        Artículo 3.- El Dr. Eblis Espaillat, queda designado Supervisor de Salud Pública y Asistencia Social en las Provincias de Samaná y María Trinidad Sánchez, con rango de Subsecretario de Estado.

                        Artículo 4.- El señor Ramón A. Pérez (Negro), queda designado Ayudante Civil del Presidente de la República, en sustitución del señor Plinio Celestino Pérez, quien fue nombrado en otro cargo.

                        Artículo 5.- El señor Danilo González, queda designado Subsecretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, con asiento en Salcedo, en sustitución del señor Morales Abréu.

                        Artículo 6.- El Ing. Fabio A. Rojas hijo, queda designado Supervisor de Obras del Estado en la Provincia Duarte, con rango de Subsecretario de Estado.

                        Artículo 7.- El señor Camilo Suero, queda designado Subsecretario de Estado de Interior y Policía en la Provincia de Montecristi.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 137-94 que deroga el Decreto No. 1719 del año 1980, sobre los estatutos de la Asociación de Colonos Azucareros de La Central Romana, Inc.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 137-94

                        CONSIDERANDO: Que es obligación del Gobierno velar por la institucionalidad y desenvolvimiento democrático de las asociaciones o sociedades civiles creadas sin fines de lucro, en virtud de lo dispuesto por la Ley No.520 del 26 de julio de 1920;


                        CONSIDERANDO: Que un número considerable de miembros de la Asociación de Colonos Azucareros de La Central Romana, Inc., han solicitado reiteradamente la derogación del Decreto No.1719, de fecha 1ro. de mayo del año 1980;


                        VISTOS: Los documentos que constituyen el expediente formado al efecto, muy especialmente la solicitud de fecha 7 de marzo del año 1994;


                        VISTAS: Las disposiciones de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Queda derogado el Decreto No.1719, de fecha primero (1ro.) de mayo del año mil novecientos ochenta (1980), que aprobó la modificación de los estatutos de la Asociación de Colonos Azucareros de La Central Romana, Inc.


                        Artículo 2.- Como consecuencia de esta derogación los estatutos sociales de la mencionada asociación retoman su verdadera naturaleza jurídica, quedando excluido de su texto, el párrafo transitorio agregado a la redacción original del Artículo 28 de dichos estatutos.


                        Artículo 3.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.136-94 que crea e integra la comisión encargada de seleccionar y distribuir 200 apartamentos a los empleados de la Corporación Zona Franca Industrial de Santiago, Inc.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 136-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico:  Se crea una Comisión compuesta por Monseñor Agripino Núñez Collado, Rector de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, quien la presidirá y por los señores Ing. Carlos Sully Fondeur, Presidente de la Corporación Zona Franca Industrial de Santiago, Inc., Ing. Eduardo Estrella, Doña Caridad Rodríguez de Sobrino y Lic. Claritza Jiménez, para la selección, distribución y entrega de doscientos (200) apartamentos de los Proyectos Habitacionales que construye el Gobierno Dominicano en la ciudad de Santiago de los Caballeros, en favor de los obreros y empleados de la citada zona franca.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

DecretoNo.135-94 que autoriza el uso de tarjetas de turismo para viajar al territorio dominicano, a los nacionales de la República de Italia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 135-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico:  Se autoriza el uso de tarjeta de turismo para viajar a territorio dominicano, a los nacionales de la República de Italia.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 134-94 que integra la Delegación que en Misión Especial representará a la República Dominicana en los actos de toma de posesión del Presidente Electo de Costa Rica, Don José María Figueres Olsen.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 134-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico:  La Delegación en Misión Especial que representará a la República Dominicana en los actos de toma de posesión del Presidente Electo de la República de Costa Rica, Don José María Figueres Olsen, que tendrá lugar el día 8 de mayo del año en curso, estará integrada por el Doctor Juan A. Taveras Guzmán, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y por el señor Alfonso Arias Jiménez, Embajador de la  República en Costa Rica.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer