JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 400-90
VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas que aparecen en el presente Decreto;
VISTA la Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
1.- Al señor Jesús Sans Bellapart, de nacionalidad española;
2.- Al señor Othman Robert Diethelm, de nacionalidad suiza;
3.- Al señor Bo-Kan Wu, de nacionalidad china;
4.- Al señor Ru-Sheng Chen, de nacionalidad china;
5.- Al señor Juan Enrique Kemp Vásquez, de nacionalidad chilena;
6.- Al señor Chum-Yen Huang, de nacionalidad china;
7.- A los esposos Shih Liang Chen y Shu Hui Lin de Chen, ambos de nacionalidad china;
8.- Al señor Masoud Shojaei, de nacionalidad iraní;
9.- A la señora Chih-Ming Chen de Yang, de nacionalidad china;
10.- Al señor Eduardo Elías Gadala María, de nacionalidad colombiana;
11.- Al señor Wen-Chih Chao, de nacionalidad china;
12.- Al señor Sami Amine Aride, de nacionalidad Libanesa;
13.- A los esposos Ching Heng Yen y Shu Ling Kuo de Yen, ambos de nacionalidad china;
14.- A la señorita Hsing-lin Hsu, de nacionalidad china;
15.- Al señor Nikolay Petrovich Polozhaev, de nacionalidad soviética;
16.- Al señor Farouk Mahmoud Atie, de nacionalidad Libanesa;
17.- Al señor José Manuel González Suárez, de nacionalidad española;
18.- A los esposos Joseph Antonio El-Hage y Rita Farah de El-Hage, ambos de nacionalidad Libanesa;
19.- Al señor Sou Yen Chen, de nacionalidad china;
20.- A los esposos Chan Wang y Yi-Ping Kao de Wang, conjuntamente con sus hijos menores Yu-Fan y Ying-Hsi Wang Kao, de nacionalidad china;
21.- Al señor Yao Ting Chiang, conjuntamente con sus hijos menores Chung-Yen e I-Fang Chiang, de nacionalidad china;
22.- A los esposos Sang Hui Lin y Kuei Mei Liu de Lin, conjuntamente con su hija menor Chih-Ing Lin Liu, de nacionalidad china;
Artículo 2.-Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía o del Gobernador Civil Provincial, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dichos funcionarios.
Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
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