jueves, 16 de agosto de 2012

Decreto No. 206-93 excluye dos porciones de terreno del Decreto No. 172-91, que declaró como patrimonio nacional varios inmuebles ubicados dentro del Centro Histórico de la ciudad de Santiago de los Caballeros.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 206-93

            CONSIDERANDO:  Que dentro del Centro Histórico de la ciudad de Santiago de los Caballeros fueron declarados como patrimonio nacional un número considerable de inmuebles;

            VISTA  la Ley No.318 del 14 de junio del año 1968;

            VISTO  el Decreto No.172-91 del 29 de abril del año 1991;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

            Artículo 1.- Quedan excluidos del Decreto No.172-91, de fecha 29 de abril del año 1991, que declaró como patrimonio nacional varios inmuebles ubicados dentro del Centro Histórico de la ciudad de Santiago de los Caballeros, los inmuebles señalados en los literales d) y o) de su artículo 4, los cuales describen a continuación:

                1.- Inmueble ubicado en la calle Máximo Gómez No.15, esquina Sully Bonelly; y

                2.- El conjunto de almacenes ubicados en la calle Máximo Gómez entre las calles 30 de Marzo y España.

            Artículo 2.- Envíese a la Oficina de Patrimonio Cultural, a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

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