JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO:
206-93
CONSIDERANDO: Que dentro del Centro Histórico de la ciudad
de Santiago de los Caballeros fueron declarados como patrimonio nacional un
número considerable de inmuebles;
VISTA la Ley No.318 del 14 de junio del año 1968;
VISTO el Decreto No.172-91 del 29 de abril del año
1991;
En ejercicio de las atribuciones que
me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T
O:
Artículo 1.- Quedan excluidos del
Decreto No.172-91, de fecha 29 de abril del año 1991, que declaró como
patrimonio nacional varios inmuebles ubicados dentro del Centro Histórico de la
ciudad de Santiago de los Caballeros, los inmuebles señalados en los literales
d) y o) de su artículo 4, los cuales describen a continuación:
1.- Inmueble ubicado en la calle Máximo Gómez No.15, esquina Sully
Bonelly; y
2.- El conjunto de almacenes ubicados en la calle Máximo Gómez entre las
calles 30 de Marzo y España.
Artículo 2.- Envíese a la Oficina de
Patrimonio Cultural, a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y
Comunicaciones y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19)
días del mes de julio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la
Independencia y 130 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
No hay comentarios:
Publicar un comentario