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lunes, 22 de julio de 2013

Decreto No.91-94 que declara la Provincia de Samaná, como Polo Turístico.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 91-94

                        CONSIDERANDO: Que las localidades de Sánchez, El Portillo, Las Terrenas, Las Galeras, la Bahía de Rincón y el pueblo de Samaná constituyen uno de los destinos turísticos de mayor potencial en el país, porque sus playas, cayos, bosques y montañas, integran un concierto de impresionante belleza natural;

                        CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano ha realizado cuantiosas inversiones para habilitar las características privilegiadas de esta región del país.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se declara Polo Turístico la Provincia de Samaná.

                        Artículo 2.- Comuníquese a los Secretarios de Estado de Turismo y de Obras Públicas y Comunicaciones, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

lunes, 1 de julio de 2013

Decreto No.56-94 que nombra al Lic. Jhonny Cabrera, Subsecretario de Estado de Industria y Comercio, con asiento en Santiago de los Caballeros.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 56-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Lic. Jhonny Cabrera, queda designado Subsecretario de Estado de Industria y Comercio, con asiento en Santiago de los Caballeros.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

viernes, 18 de enero de 2013

Decreto No.324-93 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a los doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luis Sánchez Longo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 324-93

                        CONSIDERANDO: La celebración del 25 aniversario de la fundación de la Sociedad Dominicana de Neurología y Neurocirugía,

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de los profesores Doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luís Sánchez Longo, eminentes galenos pioneros en el país de la medicina en el campo de la Neurología y Neurocirugía,

                        VISTA  la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo de 1936, y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella,

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede a los doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luís Sánchez Longo, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

domingo, 15 de mayo de 2011

Decreto No. 171-90 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, al Dr. Agustín López Rodríguez.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 171-90

                        CONSIDERANDO los altos merecimientos del Doctor Agustín López Rodríguez;

                        VISTA  la Ley No. 1113, de fecha 26 de mayo de 1936; y sus modificaciones; y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Articulo Unico.- Se concede al Doctor Agustín López Rodríguez, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración


JOAQUIN BALAGUER

domingo, 12 de septiembre de 2010

Requisitos para ser Presidente de la República

La verdad que no es tan difícil ser presidente, de acuerdo con nuestra constitución solo existen cuatro requisitos, cualquier empresa privada o pública exige mucho más, les invito a animarse y a que depositen su curriculum en un partido político, usted puede ser el próximo presidente de la República: He aquí lo que dice nuestro artículo 123 sobre los Requisitos para ser Presidente de la República. 




Para ser Presidente de la República se requiere:
1) Ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen;

2) Haber cumplido treinta años de edad;

3) Estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos;

4) No estar en el servicio militar o policial activo por lo menos durante los tres años previos a las elecciones presidenciales.