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jueves, 19 de septiembre de 2013

Decreto No.240-94 que modifica el Artículo primero del Decreto No.56-92, en su Inciso a).

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 240-94

                        CONSIDERANDO: Que ha resultado positiva la experiencia alcanzada por la Universidad de la Tercera Edad (UTE), en la profesionalización de personas adultas mediante la filosofía y la metodología andragógica.

                        CONSIDERANDO: Que alrededor de un 35% de la población dominicana sobrepasa la edad de 30 años, y que por sus diferentes y múltiples ocupaciones familiares, laborales, profesionales, sociales, etc., han estado solicitando su matriculación en la referida universidad, lo que ha sido imposible obtener en razón de que el Decreto No.56-92 establece la edad de 40 años para el ingreso a la misma.

                        CONSIDERANDO: Que el apoyo y fortalecimiento a instituciones de esta naturaleza es beneficioso para el desarrollo de la cultura nacional y la elevación de la media cultural del pueblo dominicano.

                        VISTA la Ley No.273 de fecha 27 de junio de 1966, modificada por la Ley No.236 de fecha 23 de diciembre de 1967, que regula el establecimiento y funcionamiento de las entidades universitarias y de estudios superiores.

                        VISTO  el Decreto No.1255, de fecha 25 de julio de 1983, que crea el Consejo Nacional de Educación Superior y establece a su vez el Reglamento para la Educación Superior.

                        VISTA  la instancia sometida al Consejo Nacional de Educación Superior, de fecha 15 de junio de 1993, por el Rector de la Universidad de la Tercera Edad.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se modifica el Artículo Primero del Decreto No.56-92 de fecha 26 de febrero de 1992, Literal a), para que en el futuro rija de la manera siguiente:

                        a) Se establece la edad de la población estudiantil-adulta en 35 años cumplidos al momento de su primera matriculación en la Universidad de la Tercera Edad.

                        PARRAFO: También podrán matricularse aquellas personas con 30 años cumplidos y que reúnan los siguientes requisitos:

                        1.- Tener una familia organizada y que sea cabeza de hogar.

                        2.- Presentar certificación de los lugares donde trabaja, sea en el sector público o privado.

                        3.- Presentar cualquier documento y/o información que permitan a la Universidad de la Tercera Edad determinar que se trata de una persona, cuya labor y/o comportamiento incide en el desarrollo del país o de su comunidad.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

lunes, 16 de septiembre de 2013

Decreto No.186-94 que dispone el traslado al Panteón Nacional de los restos mortales de la eminente educadora Luisa Ozema Pellerano.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 186-94

                        CONSIDERANDO: La fecunda labor realizada por la insigne educadora Luisa Ozema Pellerano;

                        VISTA: La Ley No.4463, de fecha 2 de junio de 1956;

                        VISTA: La Ley No.449, de fecha 11 de febrero de 1933.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se dispone el traslado al Panteón Nacional de los restos mortales de la eminente educadora Luisa Ozema Pellerano.

                        Artículo 2.- La comisión que se encargará de organizar los actos correspondientes y de poner en ejecución las disposiciones del presente Decreto, quedará integrada de la siguiente manera: el Presidente de la Academia Dominicana de Historia, quien la presidirá; sendos representantes de las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas, de Interior y Policía y de Educación, Bellas Artes y Cultos; el Presidente de la Academia Dominicana de la Lengua y el Director de la Biblioteca Nacional.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

viernes, 18 de enero de 2013

Decreto No.324-93 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero, a los doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luis Sánchez Longo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 324-93

                        CONSIDERANDO: La celebración del 25 aniversario de la fundación de la Sociedad Dominicana de Neurología y Neurocirugía,

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de los profesores Doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luís Sánchez Longo, eminentes galenos pioneros en el país de la medicina en el campo de la Neurología y Neurocirugía,

                        VISTA  la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo de 1936, y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella,

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede a los doctores Mario Tolentino Dipp, Ney Arias Lora y Luís Sánchez Longo, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

sábado, 3 de noviembre de 2012

Decreto No. 287-93 que designa con el nombre de Profesora Ernestina Tejada, el Liceo Secundario de Sabana Buey, de Baní, República Dominicana.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 287-93

                        CONSIDERANDO: Que es deber del Estado reconocer la realización de labores que benefician a la Nación;

                        CONSIDERANDO: Que las nuevas generaciones deben conocer los aportes valiosos de personajes e instituciones que pueden servir de ejemplo en su formación moral e intelectual;

                        CONSIDERANDO: Que los méritos de que es acreedora la PROF. ERNESTINA TEJADA, por sus acciones como educadora en la comunidad de Sabana Buey, Baní, R.D., la hacen merecedora del honor que se le confiere;

                        VISTA: La Ley No.49 del 8 de noviembre de 1966, sobre Asignación de Nombres, Obras, Personas, Vías, etc.;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se designa con el nombre de PROF. ERNESTINA TEJADA, al Liceo Secundario de Sabana Buey, de Baní, R.D.

                        Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER


sábado, 14 de mayo de 2011

Estrategia Nacional de Desarrollo República Dominicana 2030

Visión 2030

República Dominicana es un país próspero, donde las personas viven dignamente, apegadas a valores éticos y en el marco de una democracia participativa que garantiza el Estado social y democrático de derecho y promueve la equidad, la justicia social y una sociedad más igualitaria, que gestiona sus recursos para desarrollarse deforma innovadora, sostenible y territorialmente integrada, y se inserta competitivamente en la economía global.

El 27 de febrero de 2011, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso Nacional el Proyecto de Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo República Dominicana 2030.

La elaboración de la Estrategia Nacional de Desarrollo (END) 2030 requirió un amplio proceso de análisis, debate y consulta, en el que participaron los sectores representativos de la sociedad dominicana.

Este Proyecto de Ley es fruto del saber y de la inteligencia colectiva; en él se expresan las aspiraciones por un país mejor y las políticas y acciones propuestas para enfrentar los problemas y desafíos que limitan el desarrollo de la República Dominicana.


Eje 1
Un Estado social y democrático de derecho, con instituciones que actúen con ética, transparencia y eficacia al servicio de una sociedad responsable y participativa, que garantiza la seguridad y promueve la equidad, la gobernabilidad, la convivencia pacífica y el desarrollo nacional y local.

¿Qué queremos lograr para 2030?

  • Administración pública eficiente, transparente y orientada a resultados.

  • Imperio de la ley y seguridad ciudadana.

  • Democracia participativa y ciudadanía responsable.

  • Seguridad nacional y convivencia pacífica.


Eje 2
Una sociedad con igualdad de derechos y oportunidades, en la que toda la población tiene garantizada educación, salud y servicios básicos de calidad, y que promueve la reducción progresiva de la pobreza y la desigualdad social y territorial.

¿Qué queremos lograr para 2030?

  • Educación de calidad para todos y todas.

  • Salud y Seguridad Social integral.

  • Igualdad de derechos y oportunidades.

  • Cohesión territorial.

  • Vivienda digna en entornos saludables.

  • Cultura e identidad nacional en un mundo global.

  • Deporte y recreación física para el desarrollo humano.

Eje 3
Una economía territorial y sectorialmente integrada, innovadora, diversificada, plural, orientada a la calidad y ambientalmente sostenible, que genera crecimiento alto y sostenido con equidad y empleo digno, y que aprovecha y potencia las oportunidades del mercado local y se inserta de forma competitiva en la economía global

¿Qué queremos lograr para 2030?
  • Sostenibilidad macroeconómica favorable al crecimiento económico alto, sostenido y con equidad.

  • Energía confiable, eficiente y ambientalmente sostenible.

  • Competitividad e innovación en un ambiente favorable a la cooperación y la responsabilidad social.

  • Empleos suficientes y dignos.

  • Estructura productiva sectorial y territorialmente articulada, integrada competitivamente a la economía global y que aprovecha las oportunidades del mercado local.

Eje 4
Una sociedad con cultura de producción y consumo sostenibles, que gestiona con equidad y eficacia los riesgos y la protección del medio ambiente y los recursos naturales y promueve una adecuada adaptación al cambio climático.

¿Qué queremos lograr para 2030?
  • Manejo sostenible del medio ambiente.

  • Eficaz gestión de riesgos para minimizar pérdidas humanas, económicas y ambientales.

  • Adecuada adaptación al cambio climático.

Políticas Transversales

  • Enfoque de derechos humanos.

  • Enfoque de género.

  • Participación Social.

  • Cohesión Territorial.

  • Uso de tecnologías de información y comunicación.