miércoles, 18 de septiembre de 2013

Decreto No. 232-94 que nombra a la Arq. Ingrid Rosanna González Martínez, Subdirectora del Museo de Arte Moderno.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 232-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La Arq. Ingrid Rosanna González Martínez, queda designada Subdirectora del Museo de Arte Moderno, en sustitución del Sr. Orlando Menicucci.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer


Decreto No. 231-94 que encarga al Lic. José Manuel Trullols, Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, de dicha Secretaria de Estado, mientras dure la ausencia en el exterior de su titular.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 231-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Lic. José Manuel Trullols, Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, queda encargado de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, mientras dure la ausencia en el exterior del titular de la misma.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 230-94 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, al Excelentísimo Señor Mario Garnier Borella, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Costa Rica.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 230-94

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Excelentísimo Señor Mario Garnier Borella, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica;

                        VISTA la Ley No. 1113 de fecha 26 de mayo de 1936;

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado Gran Cruz Placa de Plata, al Excelentísimo Señor Mario Garnier Borella, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Costa Rica.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 229-94 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 229-94

                        VISTA la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones:

                        1.- IGLESIA REDENCION DE DIOS INTERNACIONAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de febrero de 1993.

                        2.- INSTITUTO DE ESTUDIOS SOCIALES DE LA JUVENTUD, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de marzo de 1993.

                        3.- FUNDACION SOCIEDAD DESARROLLO Y DEMOCRACIA, S.D.D, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 29 de diciembre de 1992.

                        4.- INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION INICIAL (INEDI), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 4 de octubre de 1993.

                        5.- SOCIEDAD DE SOCORRO MUTUO JULIO MATEO ISABEL, que tiene su domicilio en la Sección de Najayo Arriba, Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11 de agosto de 1991.

                        6.- FUNDACION SER HUMANO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de enero de 1992.

                        7.- ASOCIACION CLUB GALLISTICO HERMANOS MUÑOZ, que tiene su domicilio en la Sección Puñal, Provincia Santiago y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de abril de 1993.

                        8.- SOCIEDAD CULTURAL CRISTIANA "PADRE BILLINI", que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 8 de febrero de 1987.

                        9.- FUNDACION TONY FERNANDEZ, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 8 de septiembre de 1993.

                        10.- CLUB DE LEONES DE AZUA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 6 de marzo de 1993.

                        11.- ASOCIACION DOMINICANA DE EMPRESAS COURIER (ASODEC), que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 25 de junio 1993.

                        12.- FUNDACION CASA SAN PABLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 7 de octubre de 1993.

                        13.- IGLESIA GNOSTICA CRISTIANA CONFEDERADA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Pedro Brand, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de septiembre de 1993.

                        14.- ASOCIACION YAMASENSES DE EGRESADOS DEL POLITECNICO LOYOLA "AYEPOL", que tiene su domicilio en Yamasá, Provincia de Monte Plata y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de diciembre de 1992.

                        15.- INSTITUTO DE INVESTIGACION, DOCUMENTACION Y DERECHOS HUMANOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de enero de 1993.

                        16.- "SAS-KI. ASOCIACION INTERNACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS", con domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 30 de junio de 1993.

                        17.- ASOCIACION DOMINICANA DE CODIGO INTERNACIONAL DE PRODUCTO, (ADOCIP), con domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de diciembre de 1992.

                        18.- ASOCIACION GRUPO ECOLOGICO LOS HAITISES, DE BAYAGUANA, que tiene su domicilio en Bayaguana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 1 de mayo de 1993.

                        19.- FUNDACION DE ARTE ARAWAK, con domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 30 de octubre de 1993.

                        20.- ASOCIACION PLAN EDUCATIVO, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11 de agosto de 1993.

                        21.- FUNDACION COMUNIDAD Y DESARROLLO, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de octubre de 1993.

                        22.- ASOCIACION IGLESIA METODISTA NACIONAL, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de noviembre de 1992.

                        23.- ASOCIACION DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS LLANEROS (ADEULLA), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 9 de febrero de 1976.

                        24.- ASOCIACION IGLESIA CRISTIANA HABACUC, con su domicilio en San José de las Matas, República Dominicana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 8 de noviembre de 1992.

                        25.- ASOCIACION "ACADEMIA DOMINICANA JULIO MONTAS DE TAEKWONDO", con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 30 de abril de 1989.

                        26.- FUNDACION EDITORIAL EVANGELICA DR. JULIO D. POSTIGO, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de septiembre de 1993.

                        27.- FUNDACION ESCUELA CONDUCTISTA "LA HONESTIDAD", con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de septiembre de 1993.

                        28.- ASOCIACION INSTITUTO CIENTIFICO DE CAPACITACION E INVESTIGACION EN SALUD Y ACCION COMUNITARIA (ICAISACOM), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de agosto de 1993.

                        29.- FUNDACION DOMINICANA PRO-AYUDA A PACIENTES RENALES Y TRASPLANTADOS, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 8 de julio de 1993.

                        30.- FUNDACION PROSPECTIVA AMBIENTAL DOMINICANA, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de febrero de 1993.

                        31.- FUNDACION PRO DESARROLLO LA TRINITARIA (FUNPRO-DET)., con su domicilio en el Municipio Los Bajos de Haina, Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 25 de septiembre de 1990.

                        32.- INSTITUTO DE INVESTIGACION Y ACCION JURIDICA (INVIAJ), con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 9 de julio 1993.

                        33.- ASOCIACION DE CAFICULTORES SAN JOSE, con su domicilio en el Municipio de San José de las Matas, Provincia Santiago y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de septiembre de 1989.

                        34.- ASOCIACION DE CAFICULTORES PEDRO COMPRES LOPEZ, con su domicilio en la Sección El Cercado, Paraje Los Puentes, del Municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de noviembre de 1992.

                        35.- FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LA ARTESANIA (FUNDARTE)., con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de agosto de 1993.

                        36.- IGLESIA NAZARETH PENTECOSTAL, con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 24 de agosto de 1993.

                        37.- PATRONATO PRO- DESAMPARADO FISICO, ESPIRUTUAL Y MORAL, con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 13 de diciembre de 1993.

                        38.- FUNDACION EVANGELICA DE SOCORRO AL RECLUSO (FESORE), con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de noviembre 1993.

                        39.- FUNDACION PARA EL DESARROLLO GLOBAL DEL ADOLESCENTE, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 4 de abril de 1994.

                        40.- FUNDACION CHARLES DE GAULLE, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de mayo de 1990.

                        41.- ASOCIACION DE CRIADORES DE OVINOS Y CAPRINOS DE LA PROVINCIA DE DAJABON. (ASODECRIA), con su domicilio en el Municipio de Dajabón, Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 23 de agosto de 1993.

                        42.- IGLESIA PENTECOSTAL LUZ EN LAS TINIEBLAS, con su domicilio en la Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de noviembre de 1993.

                        43.- IGLESIA EVANGELICA LA GREY DE DIOS, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 17 de julio de 1993.

                        44.- IGLESIA PENTECOSTAL REFUGIO DE DIOS, con su domicilio en el Municipio de Guayubin, Provincia Montecristi y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 1 de diciembre de 1993.

                        45.- IGLESIA MISIONERA MANADA PEQUEÑA, con su domicilio en el Municipio de Cabral, Provincia de Barahona y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 30 de mayo del 1993.

                        46.- FUNDACION JOSE RIJO, con su domicilio en el Municipio de San Cristóbal, Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de diciembre de 1993.

                        47.- ASOCIACION IGLESIA APOSTOLICA CRISTIANA DE BETHASAIDA, con su domicilio en el Municipio de Bayaguana, Provincia de Monte Plata y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 de julio de 1988.

                        48.- ASOCIACION HERMANDAD DE AYUDA Y PROTECCION NIÑOS Y ANCIANOS DE LA FRONTERA, HANAF, con su domicilio en Santo Domingo Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de junio de 1993.

                        49.- FUNDACION MINISTERIO ZURI-ZADAI, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de agosto de 1993.

                        50.- CENTRO DOMINICANO DE DESARROLLO E INVESTIGACION SOCIAL, (CENDODIS), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 31 de agosto de 1993.

                        51.- ASOCIACION DE CAMPESINOS GREGORIO LUPERON, con su domicilio en el Las Charcas, Provincia de Azua y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 29 de julio de 1990.

                        52.- GRUPO GUAMERO DE ESTUDIANTES ASOCIADOS (G.G.E.A.), con su domicilio en el Municipio de San José de las Matas, Provincia de Santiago y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 13 de julio de 1992.

                        53.- ASOCIACION DE AGRICULTORES SAN RAFAEL, con su domicilio en Pueblo Nuevo Municipio de Mao, Provincia Valverde y cuyos estatutos fueron aprobado en asamblea celebrada el 4 de junio de 1992.

                        54.- FUNDACION DOMINICO ALEMANA PARA LA SALUD, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11 de octubre de 1993.

                        55.- FUNDACION NACIONAL DE PROFESIONALES DIPLAMATICOS DOMINICANOS (FUNPDDO), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de marzo de 1993.

                        56.- NUCLEO CINEMATOGRAFICO DOMINICANO (NCD), con su domicilio en Santo Domingo Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 26 de marzo de 1993.

                        57.-ASOCIACION DE DISTRIBUIDORES DE CEMENTO DE SANTO DOMINGO (ASODICE), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de enero de 1993.

                        58.- FUNDACION DE AYUDA Y DESARROLLO COMUNITARIO DAVID, con su domicilio el Municipio de Santiago, Provincia del mismo nombre y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 3 de octubre de 1992.

                        59.- CENTRO DE DESARROLLO INTEGRAL FRONTERIZO (CEDEIFRO), con su domicilio en el Municipio de Restauración, Provincia de Dajabon y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 25 de abril de 1992.

                        60.- ASOCIACION DE CHOFERES DEL PUERTO DE SAN PEDRO DE MACORIS, con su domicilio en el Municipio y Provincia de San Pedro de Macorís y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 25 de agosto de 1993.

                        61.- FUNDACION DE DESARROLLO DE COLECTIVIDADES (FUDCO), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de enero de 1994.

                        62.- CORPORACION JURIDICA PAZ Y ARBITRAJE, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 11 de febrero de 1994.

                        63.- ASOCIACION DOMINICANA DE LA SOBERANA, MILITAR Y HOSPITALARIA ORDEN DE MALTA, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 1 de marzo de 1994.

                        64.- "CIRCULO SOCIAL DE INTEGRACION AL DESARROLLO", con su domicilio en el Municipio de Haina, Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de abril de 1993.

                        65.- ASOCIACION MOVIMIENTO ESPIRITA-CRISTIANO EL BUEN SAMARITANO, con su domicilio en la Provincia de la Romana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 8 de marzo de 1994.

                        66.- ASOCIACION EL CLUB AUTOMOVILISTICO DEL NORDESTE (CLANE), con su domicilio en el Municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada 15 de noviembre de 1992.

                        67.- UNION MISION DOMINICANA DE LOS ADVENTISTA DE SEPTIMO DIA, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de enero de 1994.

                        68.- IGLESIA MISIONERA PENTECOSTAL SENDAS DE LUZ, con su domicilio en el Municipio de Hato Mayor, Provincia del mismo nombre Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de junio de 1994.

                        69.- CAMARA DE COMERCIO DOMINICO-HAITIANA, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 8 de junio de 1994.

                        70.- FUNDACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE VETERANOS Y AFINES, (VETA), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 de junio de 1994.

                        71.- ROTARY CLUB SANTO DOMINGO ORIENTAL, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 2 de febrero de 1972.

                        72.- PROMOCION SOCIAL CRUZADA DE SALUD DOCTOR ALCIBIADES CABRERA (PROSOCRUSADAC), con su domicilio en Santo Domingo Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de marzo de 1994.

                        73.- FUNDACION PARA LA INTEGRACION SOCIAL Y EDUCATIVA (FISOE), con domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de febrero de 1993.

                        74.- IGLESIA CENTRO BIBLICO, con su domicilio en el Municipio de Yaguate, Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 5 de mayo de 1993.

                        75.- ASOCIACION DE CHOFERES DE BANICA Y PEDRO SANTANA (ASOCHOBAPE), con su domicilio en el Municipio de Banica, Provincia de Elías Piña y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 22 de noviembre de 1992.

                        76.- FUNDACION GARCIA ESPINO, con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 25 de mayo de 1994.

                        77.- FUNDACION PRO-CULTURA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1 de octubre de 1993.

                        78.- FEDERACION DE CAMARAS EUROPEAS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA DOMINICANA, que tiene su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de mayo de 1993.


                        Artículo 2.- Se aprueban las modificaciones introducidas a los Estatutos de las Asociaciones que se detallan a continuación:

                        a) ASOCIACION DE AGRICULTORES "COMPOSTELA" DE AZUA, con su domicilio en la Provincia de Azua y cuyos estatutos fueron modificados en asamblea celebrada el 29 de julio de 1993.

                        b) FEDERACION DOMINICANA DE VENDEDORES (FEDOVE), con su domicilio en Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron modificados en asamblea celebrada el 24 de marzo de 1991.

                        c) ASOCIACION DE DUVERGENSES RESIDENTES EN EL DISTRITO NACIONAL (ADUREDIN), cuyos estatutos fueron modificados en asamblea celebrada el 6 de marzo de 1993.

                        d) FUNDACION EDUCADORES UNIDOS DEL CIBAO, cuyos estatutos fueron modificados en asamblea celebrada el 7 de junio de 1993.

                        Artículo 3.- EL INSTITUTO INTERNACIONAL WINROCK PARA EL DESARROLLO AGROPECUARIO, Incorporado según las leyes de los Estados Unidos de América queda autorizado a funcionar en la República Dominicana, dicho Instituto tendrá su domicilio social en el local donde opera, la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, Autopista Duarte Km. 1/2, de la Provincia de Santiago.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 228-94 que nombra al señor Luis Alba, Director de Aprovisionamiento del Gobierno.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 228-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Luis Alba, queda designado Director de Aprovisionamiento del Gobierno, en sustitución del señor Carlos Eligio Linares.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 227-94 que nombra varios funcionarios en distintas dependencias del Estado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 227-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Ing. Manuel De La Cruz, queda designado Director General de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo, en sustitución del Ing. Ricardo Canalda.

                        Artículo 2.- El señor Carlos Eligio Linares, queda designado Administrador General de Bienes Nacionales, en sustitución del Dr. Rodolfo Rincón Martínez.

                        Artículo 3.- El Dr. Víctor Gómez Bergés, queda designado Director General de la Corporación de Fomento Industrial, en sustitución del Lic. José Antonio Guzmán Alvarez.

                        Artículo 4.- La señora María Contreras, queda designada Cónsul General en Curazao, en sustitución de la señora Amelia Cabral.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 226-94 que integra la Delegación que en Misión Especial representará a la República en los actos de toma de posesión del presidente electo de Panamá.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 226-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La Delegación en Misión Especial que representará la República Dominicana en los actos de toma de posesión del presidente electo de la República de Panamá, Don Ernesto Balladares, que tendrá lugar el 1ero. de septiembre del año en curso, estará integrada por el Ing. Carlos Morales Troncoso, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; y por el Dr. Rodolfo Leyba Polanco, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Panamá.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 225-94 que nombra varios funcionarios en distintas dependencias del Estado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 225-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Dr. Miguel Angel Estepan Herrera, queda designado Director del Instituto Dominicano de Seguros Sociales, en sustitución del Dr. Ney Arias Lora.

                        Artículo 2.- El Dr. Victoriano de Jesús García Santos, queda designado Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, en sustitución del Dr. Miguel Angel Estepan.

                        Artículo 3.- El Dr. Ney Arias Lora, queda designado Secretario de Estado Sin Cartera, Asesor Médico del Poder Ejecutivo.

                        Artículo 4.- El señor Abigaíl Soto, queda designado Director Ejecutivo del Instituto de Estabilización de Precios (INESPRE), en sustitución del Ing. Jaime Rodríguez Guzmán.

                        Artículo 5.- El Ing. Jaime Rodríguez Guzmán, queda designado Director General del Instituto Agrario Dominicano, en sustitución de la Lic. Mayra Féliz.

                        Artículo 6.- El Dr. Noé Sterling Vásquez, queda designado Director Ejecutivo de Autoridad Portuaria Dominicana, en sustitución del señor Emilio de Luna.

                        Artículo 7.- El Dr. Rodolfo Rincón Martínez, queda designado Director General de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), en sustitución del Lic. Eduardo Antún B.

                        Artículo 8.- La Lic. Anny Felipe, queda designada Administradora General del Instituto de Auxilios y Viviendas (SAVICA), en sustitución del Dr. Noé Sterling Vásquez.

                        Artículo 9.- El Dr. Carlos Hernández Sieron, queda designado Superintendente de Seguros, en sustitución de la Lic. Katiusca Bobea de Brenes.

                        Artículo 10.- El señor Moisés Blanco Genao, queda designado Administrador General de la Corporación Dominicana de Electricidad, en sustitución del Ing. Marcos Subero.

                        Artículo 11.- La Lic. Katiusca Bobea de Brenes, queda designada Directora General de Estadística, en sustitución del Ing. Federico González Avilés.

                        Artículo 12.- El Lic. Roberto Martínez Villanueva, queda designado Contralor General de la República, con rango de Secretario de Estado, en sustitución del Dr. Héctor Pérez Reyes.

                        Artículo 13.- El Lic. Angel Lockward, queda designado Ordenador de Lomé IV, en sustitución del Lic. Roberto Martínez Villanueva.

                        Artículo 14.- El Lic. Elías Wessin Chavez, queda designado Secretario de Estado Sin Cartera, en sustitución de la señora Rafaela Monegro Vda. Villanueva.

                        Artículo 15.- El señor Gil Manuel Fernández hijo, queda designado Subdirector del Instituto Agrario Dominicano.

                        Artículo 16.- El Ing. Milton Ginebra, queda designado Secretario de Estado Sin Cartera y Encargado de Supervisar el Mantenimiento de las Obras Públicas construidas por el Estado.

                        Artículo 17.- El Ing. Elías Molina Lluberes, queda designado Subsecretario de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Milton Ginebra.

                        Artículo 18.- El Agrón. Félix Vásquez Espinal, queda designado Secretario de Estado Sin Cartera, Asesor Arrocero del Poder Ejecutivo.

                        Artículo 19.- El señor Osmar Benítez, queda designado Subsecretario de Estado de Agricultura.

                        Artículo 20.- El señor Juan Ramón Castellanos Rosas, queda designado Subsecretario de Estado de Finanzas, en sustitución de la Lic. Anny Felipe.

                        Artículo 21.- La Dra. Ana Lucía Perera Rodriguez, queda designada Gobernadora Provincial de San Pedro de Macorís, en sustitución de la Lic. Olga Torres de Santana.

                        Artículo 22.- El señor Víctor Manuel Penn Alvarez, queda designado Gobernador Provincial de San Cristóbal, en sustitución del señor Julio César Domínguez.

                        Artículo 23.- La señora Elvia Vital, queda designada Gerente General de la Corporación de Fomento de la Industria Hotelera y Desarrollo del Turismo (CORHOTELS).

                        Artículo 24.- La señora Rafaela Alburquerque, queda designada Cónsul General de la República, en Hamburgo, Alemania, en sustitución de la señora Clara de Luna.

                        Artículo 25.- El Dr. Pedro Rubén Morel Abraham, queda designado Gobernador Provincial de El Seybo, en sustitución del señor Ramón Antonio Casado Díaz.

                        Artículo 26.- La señora Miriam E. Rosa Vda. Valdez, queda designada Gobernadora Provincial de Higüey, en sustitución del señor Ismael Peña Durán.

                        Artículo 27.- El Lic. Rafael Augusto Collado, queda designado Tesorero Nacional, en sustitución del señor Nelson Machado.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 224-94 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, al Excelentísimo Señor Alejandro Gordillo Fernández, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Perú.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 224-94

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Excelentísimo Señor Alejandro Gordillo Fernández, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú;

                        VISTA la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo de 1936;

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado Gran Cruz Placa de Plata, al Excelentísimo Señor Alejandro Gordillo Fernández, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Perú.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer