sábado, 23 de abril de 2011

Decreto No. 70-90 que designa al Dr. Donato Brea, Procurador General Administrativo ante la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 70-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Donato Brea, queda designado Procurador General Administrativo ante la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, en sustitución del Dr. Prim Pujals Nolasco.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 69-90 que concede exequátur al señor José Miguel Bonetti Guerra, para ejercer la profesión de Abogado.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 69-90


                        VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,

                        VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República

D E C R E T O


                        Artículo 1.- Se otorga exequátur al Dr. José Miguel Bonetti Guerra, para que pueda ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.


                        Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 66-90 que integra la Delegación en Misión Especial que representará a la República Dominicana en los actos de transmisión de mando presidencial a celebrarse en Valparaiso, Chile.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 66-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La Delegación en Misión Especial que representará a la República Dominicana en los actos de Transmisión del Mando Presidencial que se celebrarán en Valparaiso, Chile, el 11 de marzo de 1990, estará integrada por el Ing. Carlos Morales Troncoso, Vicepresidente de la República, quien presidirá; Dr. Rodolfo Leyba Polanco, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Colombia y el Dr. Francisco Carias Dominici, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Chile.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.



JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 65-90 que designa al Ing. Ramón Arturo Cáceres Rodríguez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante la Santa Sede.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 65-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Ingeniero Ramón Arturo Cáceres Rodríguez, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana ante la Santa Sede.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 64-90 que designa al Dr. Frank Bobadilla Rehincos, Cónsul General de la República de Jamaica.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 64-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Frank Bobadilla Rehincos, queda designado Cónsul General de la República en Jamaica.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 63-90 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz de Placa de Oro, al Excelentísimo señor Carlos Andrés Pérez, Presidente de la República de Venezuela.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 63-90

                        CONSIDERANDO los altos merecimientos del Excelentísimo Señor Carlos Andrés Pérez, Presidente de la República de Venezuela;

                        VISTA la Ley No. 1113, de fecha 26 de mayo de 1936; y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede al Excelentísimo señor Carlos Andrés Pérez, Presidente de la República en Venezuela, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Gran Cruz Placa de Oro.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 62-90 mediante el cual el Presidente de la República reasume las funciones del Poder Ejecutivo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 62-90

                        CONSIDERANDO: Que, luego de haber regresado al país en el día de hoy el Presidente de la República han cesado los motivos que determinaron la expedición del Decreto No.61-90, del 11 de febrero de 1990.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- A partir de la fecha del presente Decreto reasumo, en mi condición de Presidente de la República, las funciones del Poder Ejecutivo.

                        Artículo 2.- Queda derogado el Decreto No.61-90, del 11 de febrero de 1990.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.



JOAQUIN BALAGUER

Presidente de la República Dominicana


Decreto No. 61-90 dispone que el ingeniero Carlos Morales Troncoso, Vicepresidente de la República, ejercerá las funciones del Poder Ejecutivo, mientras dure la ausencia en el exterior del Presidente de la República.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 61-90

                        CONSIDERANDO: Que en esta fecha el Presidente de la República viajará a los Estados Unidos de América;

                        CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 58 de la Constitución de la República, en caso de falta temporal del Presidente de la República, después de haber prestado juramento, ejercerá el Poder Ejecutivo, mientras dure esa falta, el Vicepresidente de la República;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Ing. Carlos Morales Troncoso, Vicepresidente de la República, ejercerá las funciones del Poder Ejecutivo a partir del día de hoy, mientras dure la permanencia en el exterior del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 60-90 que declara de duelo oficial los días 9 y 10 de febrero en curso, con motivo del fallecimiento del señor Temístocles Metz, Secretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 60-90

                        CONSIDERANDO: Que en el día de hoy ha fallecido en la ciudad de Miami, el señor Temístocles Metz, Secretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, quien consagró sus mejores esfuerzos al engrandecimiento del deporte nacional en su calidad de cronista deportivo y como funcionario público distinguido;

                        CONSIDERANDO: Que la muerte de tan relevante ciudadano, que sirvió con particular dedicación las funciones públicas y privadas que asumió, es motivo de justificado duelo para el pueblo y el gobierno dominicanos;

                        VISTA la Ley No.108, del 21 de marzo de 1967.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se declaran de duelo oficial los días 9 y 10 de febrero en curso, con motivo del fallecimiento del señor Temístocles Metz, Secretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación. En consecuencia, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta durante los días señalados, en los recintos militares y oficinas públicas en todo el país.

                        Artículo 2.- Los Secretarios de Estado de las Fuerzas Armadas, de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, quedan encargados de la ejecución del presente decreto.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 59-90 que autoriza una impresión de estampillas para cigarrillos


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 59-90


                        VISTA la Ley No.2461, del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para cigarrillos:

                        100,000,000   (CIEN MILLONES) de estampillas para cajetillas  de 20 cigarrillos de fabricación nacional, tipo americano, del tipo de RD$0.27, color verde esmeralda, en papel de 50 libras.

                        Artículo 2.- Estas estampillas serán impresas en tamaño de 25.30 milímetros de ancho por 40 milímetros de largo; se imprimirán en cantidades de cien (100) estampillas en cada hoja, llevarán las siguientes inscripciones: en la parte superior "República Dominicana-Rentas Internas", al centro, el número, y debajo de este número la palabra "cigarrillos".

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de febrero del año mil novecientos noventa; año 146o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER