jueves, 17 de noviembre de 2011

¿Qué es el Consejo Nacional de Drogas?


El Consejo Nacional de Drogas (CND) es el organismo rector de las políticas de prevención contra el uso indebido de drogas. Fue creado por disposición del Poder Ejecutivo mediante el Art. 19 de la Ley 50-88 del 30 de mayo del 1988.

Objetivos del Consejo Nacional de Drogas

- Asesorar al Poder Ejecutivo en la problemática de las drogas en la República Dominicana.

- Diseñar, revisar, desarrollar e implementar la estrategia y campaña nacional contra el consumo, distribución y tráfico de drogas en la República Dominicana.

- Propiciar la coordinación de todos los sectores públicos y privados para detener el tráfico ilícito de drogas a nivel nacional.

- Velar por el mantenimiento, protección y cuidado de los bienes incautados por violación a la ley No.50-88 y sus modificaciones.

Estructura del Consejo Nacional de Drogas
El Consejo Nacional de Drogas (CND) está integrado por una Junta Directiva de siete miembros con reconocida vocación de servicios y solvencia moral. El Presidente del Consejo Nacional de Drogas (CND) y la Junta Directiva dependen directamente del Poder Ejecutivo.

La Presidenta del CND es la encargada de poner en ejecución los planes y programas aprobados. Así mismo ejerce la presidencia del Comité Nacional Contra el Lavado de Activos, cuya función y misión se describen en la Ley 72-02 del 7 de junio del 2002 Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas, Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.

Para saber más visite: http://www.cnd.gob.do/

viernes, 11 de noviembre de 2011

Consejos prácticos de seguridad en viajes


Informe de sus viajes sólo a su familia o a las personas indispensables.

Si viaja en vehículos lujosos o llamati­vos, de ser posible, evite recorridos solita­rios, manténgase siempre entre grupos de vehículo.

Mantenga su carro en perfecto estado pa­ra evitar vararse (detenerse) durante el viaje.

No lleve joyas o demasiado dinero en efectivo.

No porte documentos sobre negocios, bienes o actividad profesional.

Si sufre alguna enfermedad, lleve medi­camentos suficientes y porte certificados mé­dicos que demuestren e instruyan sobre e1 tratamiento.

Procure viajar de día, preferiblemente en horas de la mañana.

No tome atajos ni viaje por carreteras que no conozca, observe las señales en la vía.

Consejos prácticos de seguridad en las calles, segunda parte


Circule en sentido contrario a los vehículos, lo más alejado posible de las vías. Lleve su bol­so, portafolio o cartera hacia el interior de la acera, de manera que pueda evitar los "tirones" de los arrebatadores, y coloque las llaves de su do­micilio en un bolsillo aparte.

En su trayecto diario recuerde la ubicación de los edificios con vigilantes y/o policías. Lleve sólo el dinero necesario y distribúya­lo en sus bolsillos. Evite llevar dinero en el bol­sillo trasero del pantalón.

Lo aconsejable es que las personas que ca­minan por la calle, eviten llevar prendas en ex­hibición. Si porta alguna prenda, trate de no distraerse mirando escaparates, sobre todo si es­cucha algún ruido de motocicleta que se acerca. En lo posible no ande con objetos de valor (jo­yas) en ferias libres, locales comerciales o paseos públicos.

Cuando vaya de compras, no se distraiga, ob­serve con atención a las personas próximas a usted y no pierda el contacto con su cartera o bolso.

Procure salir a caminar siempre con un acom­pañante.

No camine siempre a la misma hora ni por el mismo lugar.

Si la oficina se encuentra cerca de su casa, no recorra la distancia siempre a pie. Cambie la ru­ta de vez en cuando.

Evite caminar por lugares apartados o com­plejos alejados o poco alumbrados.

Cruce las calles por los puntos destinados a los peatones o por las áreas expresamente seña­ladas.

Evite el trato con vendedores ambulantes o personas extrañas, sobre todo si éstas se encuen­tran en grupos.

Evite las riñas y no caiga en provocaciones.

Consejos prácticos de seguridad en vehículos
Adapte en su vehículo un sistema de loca­lización y de comunicación para el caso de ame­naza de secuestro.

Evitar viajar en horas de la noche, de ser ne­cesario tratar de salir en compañía de otras per­sonas. Las áreas remotas de la ciudad y las afue­ras, deben ser evitadas durante las horas de oscuridad.

No se pare a observar accidente en la calle.

Cuando circule en automóvil lleve los vi­drios de su vehículo completamente cerrados y procure acompañarse de otra persona de su absoluta confianza.

Cuidarse de motocicletas con parejas, pueden obligarlo a detenerse simulando un accidente.

Tenga precaución al desmontarse, puede que alguien le esté observando para sorprenderlo.

Si se siente perseguido en su vehículo, to­que la bocina constantemente para llamar la atención o diríjase a un destacamento policial más próximo o a un lugar concurrido.

Consejos para evitar extravíos de menores


Asegúrese de que sus hijos sepan su nom­bre completo, su domicilio y el número de te­léfono de la casa, del trabajo o de algún fami­liar cercano.

Aconséjelo para que nunca acepten subir al vehículo de un extraño, ni recibir regalos de personas que no conocen.

Dígale que si se pierden en un centro co­mercial, deben pedir ayuda de inmediato a un empleado de la tienda, un guardia de seguri­dad o un policía.

Cuando no pueda llegar a la hora a buscar a sus hijos a la escuela, dígale que esperen su llegada dentro del establecimiento.

Consejos prácticos de seguridad ciudadana sobre nuestros hijos


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Tenga siempre actualizado su directorio telefónico de emergencia y asegúrese de te­nerlo a la mano.

Sea cuidadoso a la hora de dar los nú­meros de teléfonos de su casa u oficina. Explique a sus hijos que no deben salir so­los, que se organicen por lo menos dos y si es posible grupos grandes de chicos. Indíquele que es más seguro caminar por las calles transitadas y evitar las áreas aisla­das y terrenos baldíos.

Permítale jugar solos únicamente en luga­res donde las actividades recreativas son su­pervisadas por adultos responsables y don­de la protección de la policía esté inmediatamente disponible.

Explíquele que si una persona los está mo­lestando, acosando o haciéndole preguntas o propuestas, deben comunicárselo y si no a la Policía.

Consiga los números de teléfonos públicos y de sus vecinos, délos a conocer a su fami­lia y personal doméstico por si se necesitan en caso de emergencia.

Su familia y personal doméstico deben es­tar conscientes de que no deben admitir a ex­traños sin identificación apropiada.

Investigue los antecedentes de las perso­nas que emplea para realizar los trabajos domésticos.

jueves, 10 de noviembre de 2011

Requisitos para ser candidato o candidata a diputado representante de la comunidad dominicana en el exterior


1) Ser dominicano y poseer su Cédula de Identidad y Electoral.

2) Estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos.

3) Tener más de veinticinco años cumplidos o a cumplirlos antes de la toma de posesión del cargo.

4) Estar incluido en el Registro de Electores Residentes en el Exterior.

5) Haber vivido por lo menos cinco años en la circunscripción electoral por la cual sea candidato.

6) No encontrarse dentro de las inhabilidades previstas por la Junta Central Electoral.

Requisitos para ser Juez del Tribunal Constitucional


1) Ser dominicana o dominicano de nacimiento u origen;

2) Hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos;

3) Ser licenciado o doctor en derecho;

4) Haber ejercido durante por lo menos doce años la profesión de abogado, la docencia universitaria del derecho o haber desempeñado, por igual tiempo, las funciones de juez dentro del Poder Judicial o de representante del Ministerio Público. Estos períodos podrán acumularse.

5) Tener más de treinta y cinco años de edad y menos de setenta y cinco”.

miércoles, 9 de noviembre de 2011

Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia


El 19 de septiembre del 1996, el Presidente de la República, Doctor Leonel Fernández, ante la demanda de la sociedad dominicana de un Poder Judicial reformado, independiente e idóneo, el cual administre justicia a todos por igual y conforme a la ley y el derecho, creó, mediante Decreto No. 460-96, la Comisión Nacional de Apoyo a la Reforma Judicial, con el propósito de asumir iniciativas en respaldo y viabilización a los proyectos de reforma e institucionalización judicial.

El 12 de enero del 1998, mediante Decreto No. 22-98, el Presidente Fernández dispuso que la “Comisión Nacional de Apoyo a la Reforma Judicial” se denominara “Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (CARMJ)”. Esto fue así, producto de la necesidad de abordar como un problema de Estado la Reforma y Modernización de la Justicia en la República Dominicana, con la integración de todos los actores del sistema judicial, para crear un espacio de coordinación de acciones e impulso de esfuerzos hacia una eficiente administración de justicia.

Los objetivos establecidos del Comisionado de Justicia, según el Decreto No. 22-98, son reflexionar sobre el sistema de administración de justicia; promover iniciativas para su modernización y apoyar el surgimiento y desarrollo de proyectos en las instituciones del sistema del sector justicia; así como también, prestar asesoría, capacitación e información a los programas y proyectos que los diversos sectores ejecuten.

En la actualidad, se desempeña como Vicepresidencia Ejecutiva de la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (CONAEJ) y Dirección Ejecutiva de la Comisión de Ejecución de la Justicia de Niños, Niñas y Adolescentes (CEJNNA).

sábado, 5 de noviembre de 2011

Un abogado de prestigio Dr. Pellerano Gómez


El doctor Juan Manuel Pellerano Gómez nació el 7 de septiembre de 1927, en Baní, provincia Peravia. Es graduado Doctor en Derecho de la Universidad Autónoma de Santo Domingo en 1950.

En el año 1952, el doctor Pellerano fundó la firma de abogados “Pellerano & Herrera”, firma de abogados donde continúa su exitosa práctica privada.

El doctor Pellerano es considerado como el principal investigador en Derecho Constitucional y pionero en la introducción al sistema legal dominicano del “recurso de amparo” como remedio para la protección de los derechos constitucionales.

Es un experto en litigio de casos complejos y concentra su práctica legal en litigios corporativos, derecho constitucional, derecho empresarial, derecho marítimo, telecomunicaciones, seguros y derecho bancario.

El doctor Pellerano también ha sido uno de los educadores más influyentes del país en el ámbito de la ley. Además de ser un respetado catedrático de Derecho en las principales escuelas de leyes del país, fue el fundador y primer director ejecutivo de la Escuela Nacional de la Judicatura adscrita al  Poder Judicial.

Es autor de varios libros que han sido referencia, y que se siguen utilizando en las escuelas de leyes del país.

Ha recibido la más alta distinción con la medalla Caballero de la Orden del Mérito Duarte, Sánchez y Mella, otorgado por el Presidente de la República, y una exaltación en la publicación británica, Chambers Global, que ha divulgado que el doctor Juan Manuel Pellerano Gómez es considerado el más conocido y más completo abogado en la República Dominicana, un “abogado de los abogados.”
Fuente: El Judicial, Página # 22


domingo, 26 de junio de 2011

Decreto No. 421-90 que designa al Dr. Prim Pujals Nolasco, Cónsul General de la República Dominicana en Caracas Venezuela.


JOAQUIN BALAGUER

Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 421-90

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Prim Pujals Nolasco, queda designado Cónsul General de la República Dominicana en Caracas Venezuela, en sustitución del Señor Alfonso Arias.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER