martes, 14 de septiembre de 2010

¿Que se necesita para registrar una asociación sin fines de lucro?

Para la obtención del registro de la incorporación de una asociación sin fines de lucro deberá someterse a la Procuraduría General de la República para el departamento judicial de Santo Domingo, o a la Procuraduría General de la Corte de Apelación del departamento correspondiente, mediante solicitud formulada por el o la presidente (a) de dicha asociación, la siguiente documentación:




            a) Acta de la Asamblea Constitutiva;

            b) Estatutos;
           
            c) Relación de la membresía con los datos generales (nombres, nacionalidad,       profesión, estado civil, número de la cédula de identidad y electoral o      pasaporte y dirección domiciliaria);

            d) Misión y objetivos de la constitución;

            e) Área geográfica donde realizará sus labores;

            f) Domicilio principal de la institución;

           g) Una certificación de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio,       departamento de Nombres Comerciales y Marcas de Fábrica, autorizando el    uso del nombre.

Lo expresado mas arriba es de acuerdo con el articulo 3 de la ley 122-05

No hay comentarios:

Publicar un comentario