JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO:
166-95
CONSIDERANDO: Que las
personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto han
sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos de cambios
de nombres establecidos por la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17
de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta
Central Electoral ha informado no haber recibido dentro del plazo legal ningún
acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los
interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido
cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley.
VISTOS: Los Artículos 80,
81, 82, y 83 de la Ley No.659 sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de
1944.
En ejercicio de las
atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D
E C R E T O:
Artículo 1.- El
señor Josefino Ureña Tavárez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
José Ureña Tavárez.
Artículo 2.- La
señora Silis Florinda Marichal Pérez, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Shirley Florinda Marichal Pérez.
Artículo 3.- La
señora Angelia Pérez Jiménez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
María Angelia Pérez Jiménez.
Artículo 4.- La
señora Florencia Vásquez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Florentina Vásquez.
Artículo 5.- La
señora Gregoria Jorge Pérez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Ana
Gregoria Jorge Pérez.
Artículo 6.- El
señor Isabel Hungría Segura Galván, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Isaac Hungría Segura Galván.
Artículo 7.- La
señora Santos Carvajal Rijo, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Santa Elena Carvajal Rijo.
Artículo 8.- La
señora Sinencia Socorro Matos Cuevas, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Arelis Matos Cuevas.
Artículo 9.- El
señor Cosme Damián Pérez Sánchez, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Damián Pérez Sánchez.
Artículo 10.- La
señora Marciana Campusano Martínez, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Deysi Campusano Martínez.
Artículo 11.- El
señor Edilio Gregorio García Echavarría, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Willy Gregorio García Echavarría.
Artículo 12.- La
señorita Juana Abréu Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Maribel Abréu Tejada.
Artículo 13.- El
señor Néstor Reyes Recio, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Ernesto Reyes Recio.
Artículo 14.- La
señora Irse María Cornielle Herrera, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Ylce María Cornielle Herrera.
Artículo 15.- La
señora Dorotea Berroa Guerrero, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Martha Doris Berroa Guerrero.
Artículo 16.- El
señor Carmito Casilla Bautista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Ismael Camilo Casilla Bautista.
Artículo 17.- El
señor Sosonte Panfiro González de la Rosa, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Manuel Antonio González de la Rosa.
Artículo 18.- La
señora Cruz María Galvez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Luz
María Galvez.
Artículo 19.- El
señor Abilio Méndez Alba, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Simón
Bolívar Méndez Alba.
Artículo 20.- La
señora Timotea Hiraldo Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Minerva Hiraldo Núñez.
Artículo 21.- La
señorita Isidora Altagracia Durán de la Rosa, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Jacqueline Altagracia Durán de la Rosa.
Artículo 22.- La
señorita María Roberta Cabrera Serrano, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Dania Margarita Cabrera Serrano.
Artículo 23.- La
señora Petronila del Carmen Gómez García, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Carmen Gómez García.
Artículo 24.- La
señorita Tomasa Travieso Astacio, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Wendy Esther Travieso Astacio.
Artículo 25.- Los
señores Román Bienvenido Guerrero Villalona y Thalia Altagracia Goldberg,
quedan autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor de edad Ramón Alberto
Guerrero Goldberg, por el de Román Alberto Guerrero Goldberg.
Artículo 26.- La
señora Inés Altagracia Castillo Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Iris Altagracia Castillo Tejada.
Artículo 27.- La
señora Glenis Vermania Báez Peña, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Glenis Birmania Báez Peña.
Artículo 28.- El
señor Edith Luis Alvarez Ramírez, queda autorizado a cambiar su nombre por el
de Edward Luis Alvarez Ramírez.
Artículo 29.- La
señora Elisia Benigna de Jesús Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Bienvenida de Jesús Tejada.
Artículo 30.- Los
señores Manuel Antonio de Jesús Peña Martínez y Xiomara M. Camilo, quedan
autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor de edad Joan Manuel Peña Camilo,
por el de Jhon Manuel Peña Camilo.
Artículo 31.- La
señorita Juana Mircia Ramírez Ortíz, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Adriana Mircia Ramírez Ortíz.
Artículo 32.- Los
señores Antonio Torres Infante y Miladys Antonia Paulino Caba, quedan
autorizados a cambiar el nombre de su hijo menor de edad Tonny Torres Paulino,
por el de Basie Andrew Torres Paulino.
Artículo 33.- La
señorita Tolemaida Peralta López, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Estefani Peralta López.
Artículo 34.- Los
señores Alejandro Dantes Martínez y Josefina Sarante, quedan autorizados a
cambiar el nombre de su hija menor de edad Gerónima Martínez Sarante, por el de
Milagros Martínez Sarante.
Artículo 35.- La
señora Justiliana Madé, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Justina
Madé.
Artículo 36.- La
señorita Patria Dominicana Erickson Hernández, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Patricia Erickson Hernández.
Artículo 37.- La
señora Santa Marte Mercado, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Santo Marte Mercado.
Artículo 38.- La
señora Lourdes Santana de Rodríguez, queda autorizada a cambiar el nombre de su
hijo menor de edad Leny Rodríguez Santana, por el de Lenín Joseph Rodríguez
Santana.
Artículo 39.- El
señor Florencio Bautista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Lorenzo Antonio Bautista.
Artículo 40.- El
señor Inocencio Perdomo de los Santos, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de César Perdomo de los Santos.
Artículo 41.- La
señorita Yirna Onelia Guerrero Ortíz, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Yrma Onelia Guerrero Ortíz.
Artículo 42.- La
señora María Polanco Ulloa, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Norma María Polanco Ulloa.
Artículo 43.- La
señora Rita Antonia Mirabal García, queda autorizada a cambiar su nombre por el
de Ana Rita Mirabal García.
Artículo 44.- El
señor Eleuterio Caraballo Mejía, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
César Esterlin Caraballo Mejía.
Artículo 45.- La
señora Mercedes Blandina Lafontaine Cairo, queda autorizada a cambiar su nombre
por el de Claudina Mercedes Lafontaine Cairo.
Artículo 46.- La
señora Aurelinda Paulino Abarua, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Aurelia Paulino Abarua.
Artículo 47.- El
señor Angel María Santamaría Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por
el de Willie Wilson Santamaría Santana.
Artículo 48.- La
señora Drisis Méndez, queda autorizada a cambiar el nombre de su hijo menor de
edad Anderson Smile Méndez, por el de Andy Stefan Méndez.
Artículo 49.- Los
señores Germán Eladio Sosa y Fidelina Altagracia Gómez, quedan autorizados a
cambiar el nombre de su hija menor de edad Laura Carolina Sosa Gómez, por el de
Diana Carolina Sosa Gómez.
Artículo 50.- El
señor José Altagracia Ledesma Guerrero, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Williams José Ledesma Guerrero.
Artículo 51.- La
señorita Dominga Francisca Mercedes, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de Mirtha Zoraida Mercedes.
Artículo 52.- El
señor Socorro Díaz Hernández, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Williams Díaz Hernández.
Artículo 53.- La
señorita Teodora Altagracia Sánchez Camacho, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Jackeline Sánchez Camacho.
Artículo 54.- La
señora Esperanza Beltré José, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Sonia Esperanza Beltré José.
Artículo 55.- El
señor Mario Maldonado, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Moisés
Maldonado.
Artículo 56.- La
señora Eva Rosalía Mieses Núñez, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Rosalía Mieses Núñez.
Artículo 57.- La
señora Bonifacia Frías Matos, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
Jacqueline Frías Matos.
Artículo 58.- El
señor Rogelio de Aza Ramírez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Vicente de Aza Ramírez.
DADO Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los
veinticinco (25) días del mes de julio del año mil novecientos noventa y cinco
(1995), año 152 de la Independencia y 132 de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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