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martes, 6 de noviembre de 2012

Resolución No. 17-93 que aprueba el contrato suscrito entre el Ingenio Río Haina y el señor Ramón Eugenio Hernández Fernández, sobre venta de terrenos.


EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

Res. No.17-93

                        VISTO: El Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República.

                        VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 24 de octubre de 1989, entre el Ingenio Río Haina (Estado Dominicano) y el señor Ramón Eugenio Hernández Fernández.


R E S U E L V E:


                        UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 24 de octubre de 1989, entre el Ingenio Río Haina (Estado Dominicano) representando en este acto por el señor Ingeniero Agrónomo Manuel de Js. Viñas Cáceres, de una parte; y de la otra parte; el señor Ramón Eugenio Hernández Fernández, mediante el cual la primera parte, vende a la segunda parte, una porción de terreno con una extensión de 71 Has. 76As. 83Cas., equivalentes a 1,141.24 tareas nacionales, dentro de la parcela No.23-B del Distrito Catastral No.21 del Distrito Nacional, sector Pedregal, con un valor de RD$102,711.60; que copiado a la letra dice así:

ENTRE:

                        De una parte, el INGENIO RIO HAINA (Estado Dominicano), organismo estatal autónomo, organizado y creado de acuerdo a la Ley No.7, de fecha 19 de agosto de 1966, válidamente representado por el Encargado de la Dirección Ejecutiva del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Ing. Agron. Manuel de Js. Viñas Cáceres, dominicano, mayor de edad, casado, funcionario estatal, de este domicilio y residencia, portador de la cédula de identificación personal No.22311, serie 54, sello hábil, actuando en virtud del poder que le fuera otorgado por el Presidente de la República en fecha 19 de octubre de 1989, y por las recomendaciones adoptadas por el Consejo Directivo del CEA, en su sesión ordinaria de fecha 19 de junio de 1989 (acta No.957), que en lo que sigue del presente acto, se denominará EL INGENIO; y, de la otra parte, el señor Ramón Eugenio Hernández Fernández, dominicano, mayor de edad, soltero, Coronel de la Policía Nacional, portador de la cédula de identificación personal No.6823, serie 35, sello hábil, domiciliado y residente en la calle San Juan Bosco No.35 esquina Rocco Cochía, de esta ciudad, quien en lo que sigue del presente contrato se denominará EL COMPRADOR:

SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:

                        PRIMERO: EL INGENIO, VENDE, CEDE Y TRANSFIERE, con todas las garantías ordinarias de derecho, en favor de EL COMPRADOR, quien acepta, el inmueble siguiente:

"Una porción de terreno con una extensión de 71 Has. 76AS. 83Cas., equivalentes a 1,141.24 tareas nacionales, dentro de la parcela No.23-B del D.C. No.21 del Distrito Nacional, sector Pedregal, con los siguientes límites: al Norte y al Sur, resto de la parcela No.23; al Este, resto de la parcela No.23, ocupada por los Sucs. de Nivar Seijas; al Oeste, resto de la parcela No.23, ocupada por el Coronel Paniagua.

                        SEGUNDO: El INGENIO justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto de la presente venta, en virtud del certificado de título No.77-5666, expedido por el Registrador de Títulos del Distrito Nacional, en fecha 8 de septiembre de 1977, correspondiente al inmueble de que se trata.

                        TERCERO: El precio global acordado para la presente operación de compraventa de terreno, es de CIENTO DOS MIL SETECIENTOS ONCE PESOS CON SESENTA CENTAVOS (RD$102,711.60), o sea, a razón de RD$90.00 la tarea, el cual ha sido pagado por EL COMPRADOR al momento de suscribir el presente contrato, valor que declara EL INGENIO haber recibido a su entera satisfacción, razón por la cual este acto sirve a EL COMPRADOR como recibo, descargo y finiquito por el precio total de la venta.

                        PARRAFO: Estos terrenos fueron tasados por la Dirección General del Catastro Nacional por un valor total de RD$64,671.40, mediante avalúo realizado en fecha 16 de marzo de 1989.

                        CUARTO: El presente contrato después de suscrito por las partes, deberá ser sometido al Congreso Nacional, a través de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, para su aprobación.

                        HECHO Y FIRMADO en dos (2) originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de las partes, y así se han distribuido, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana.

POR EL INGENIO:

ING. AGRON. MANUEL DE JS. VIÑAS CACERES,
Director Ejecutivo del CEA.


POR EL COMPRADOR:

RAMON EUGENIO HERNANDEZ FERNANDEZ.

                        Yo, DR. JUAN BARTOLO ZORRILLA, Abogado-Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, CERTIFICO Y DOY FE: que por ante mí comparecieron los señores: ING. AGRON. MANUEL DE JS. VIÑAS CACERES Y RAMON EUGENIO HERNANDEZ FERNANDEZ, de generales que constan arriba, quienes me declararon bajo la fe del juramento que las firmas que aparecen al pie de este documento son las mismas que acostumbran a usar en todos los actos de sus vidas, por lo que debe dárseles a las mismas entera fe y crédito. En Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y nueve (1989).


DR. JUAN BARTOLO ZORRILLA,
Abogado-Notario Público.

Sello de R. I. No.0232394,
por valor de RD$6.00

Sello de R. I. No.0321427,
por valor de RD$5.25

Sello de R. I. No.2453746,
por valor de RD$0.25.

                        DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos; año 149 de la Independencia y 130 de la Restauración.


Augusto Féliz Matos,
Presidente


Oriol Antonio Guerrero Soto                                                      Geraldo Apolinar Aquino Alvarez
        Secretario                                                                                Secretario Ad-Hoc.

                        DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Norge Botello
Presidente


Zoila T. de Jesús Navarro,                                                                    Eunice J. Jimeno de Núñez
    Secretaria.                                                                                                       Secretaria.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

                        PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER


domingo, 15 de mayo de 2011

Decreto No. 177-90 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 177-90

                        VISTA la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 del 14 de junio de 1961;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender:

                        a) A la señora Vitalina del Carmen Beltré Cruz, una porción de terreno con área de 350.62 metros cuadrados, ubicado en el sector de Villa Mella, por el precio de RD$10,518.60.

                        b) Al señor Rodolfo Pérez Avila, la Parcela No.2-A-1-Ref-46-A-6-E-2-A, del D.C. No.4 del D. N., con un área  de 319.36 metros cuadrados, por el precio total de RD$63,872.00.

                        c) A la señora Juliana Espinosa Basora, la Parcela No.42 del D.C. No.30 del Distrito Nacional, lugar de Guerra, con un área de 96.00 metros cuadrados, por el precio de RD$960.00.

                        d) A los señores Arq. María del Carmen Columna y Arq. Federico Fondeur, un tramo o paseo peatonal, dentro de los siguientes linderos: al Norte, solares Nos.4-Ref-B y 4-Ref-C; al Sur: solares Nos.4-Ref-D y 4-Ref-E; al Este, solares Nos. 4-Ref-C y 4-Ref-D; y al Oeste: Peatonal (resto), ubicado en la Urbanización Laderas de Arroyo Hondo, con área de 124.95 metros cuadrados, por el precio total de RD$12,495.00.

                        e) Al señor Jesús María Mieses Santana, la Parcela No.92-Pte., del D.C. No.30 del Distrito Nacional, lugar de Guerra, con un área de 172.27 metros cuadrados, por el precio de RD$1,722.70.

                        f) A la Srta. Mercedes M. Mencia, el solar No.64, de la manzana 271-A, del D.C. No.7 del D.N., con un área de 382.35 metros cuadrados, por el precio total de RD$133,822.50.

                        Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender:

                        a) Al señor Máximo Antonio Colón García, el solar Municipal No.84-D-1-A, de la manzana No.2, ubicado en la Parcela Catastral No.213-B-2 del D.C. No.6 con área de 2,173.70 metros cuadrados, por el precio total de RD$119,553.50.

                        b) Al señor Luis G. Lora Ventura, el solar No.1-C, Manzana No.1-D, dentro del solar No.1, manzana Catastral No.1019 del Distrito Catastral No.1, con área de 1,170.53 metros cuadrados, por el precio total de RD$70,231.80.

                        c) Al señor Luis G. Lora Ventura, el solar No.7-A, de la Manzana No.1-D, ubicado dentro de la manzana Catastral No.1019 del Distrito Catastral No.1, con área corregida de 1183.04 metros cuadrados, por el precio total de RD$70,982.40.

                        d) Al señor Víctor Paez, el solar Municipal No.535, de la manzana Municipal No.26, correspondiente a la manzana catastral No.367 del Distrito Catastral No.1, con área de 122.99 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,459.80.

                        e) A la señora Aida Venecia Torres García de Crisóstomo, el solar No.23, de la Manzana No.143, del Distrito Catastral No.1, con área de 193.50 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,837.50.

                        f) Al señor Domingo Eligio Gutierrez, el solar marcado con el No.10-B, de la manzana Municipal No.2, ubicado dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.7-C-8-1, del Distrito Catastral No.8, con área de 518.99 metros cuadrados, por el precio total de RD$25,949.50.

                        g) A la señora Emma María Polanco, el solar Municipal No.50, de la Manzana Municipal No.10, correspondiente a la Parcela No.129-L, reformada, del Distrito Catastral No.6, con área de 102.47 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,049.40.

                        h) Al señor Angel Leopoldo Peña, el solar Municipal No.575 de la Manzana Municipal No.27, correspondiente al solar Catastral No.354, de la manzana catastral No.27, del Distrito Catastral No.1, con área de 111.92 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,238.40.

                        i) A la señora Rosa Emilia Garden Sánchez, el solar No.2, de la manzana Municipal No.16-Sur, correspondiente a la parcela catastral No.127-A-3, reformada del Distrito Catastral No.6, con área de 118.19 metros cuadrados, por el precio total de RD$1,536.47.

                        j) A la señora Francisca Caldentey de López, el solar Municipal No.84-C-1-A-3, de la manzana No.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.213-B-10, del Distrito Catastral No.6, con área de 2,853.63 metros cuadrados, por el precio total de RD$156,949.65.

                        k) Al señor Rigoberto Rafael García los solares números:

                        1.- Solar No.1, de la manzana No.21, ubicado en el solar No.1, de la porción "B" catastral del Distrito Catastral No.1, con área de 161.60 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,050.00.

                        2.- Solar No.23, de la manzana No.21, ubicado en el solar No.1, de la porción "B" catastral del Distrito Catastral No.1, con área de 147.84 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,620.00.
                        1) Al señor Fausto Castillo Castillo, una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.213-B-2, del Distrito Catastral No.6, con área de 1,140.36 metros cuadrados, por el precio total de RD$57,018.00.

                        m) A la señora Victoria Martínez, el solar No.872, de la manzana Municipal No.41, ubicado dentro del ámbito de la porción "F" catastral, del Distrito Catastral No.1, con área de 428.96 metros cuadrados, por el precio total de RD$38,606.40.

                        n) Al señor Juan de Js. Albaine, los solares números:

                        1.- Solar Municipal No.88-B-6 de la manzana Municipal No.2, correspondiente a la parcela catastral No.213-B-3-F del Distrito Catastral No.6, con área corregida de 1534.01 metros cuadrados, por el precio total de RD$61,360.40.

                        2.- Solar Municipal No.2083 de la manzana Municipal No.148, correspondiente al solar catastral No.17, manzana No.142 del Distrito Catastral No.1, con área de 233.65 metros cuadrados, por el precio total de RD$10,514.25.

                        ñ) A la señora Ofelina del Carmen Ricourt, el solar No.1, de la manzana Municipal No.5, ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.7-C-8-1,  con área de 2201.01 metros cuadrados, por el precio total de RD$151,319.44.

                        o) Al señor Sergio Bautista Genao Genao, los solares números:

                        1.- Solar No.1193, manzana No.73, correspondiente a la parcela No.40, ubicado dentro del ámbito de la manzana Catastral No.89 del Distrito Catastral No.1,, con área de 153.18 metros cuadrados, por el precio total de RD$12,659.00.

                        2.- Solar No.2364, manzana No.89, correspondiente a la parcela municipal No.16, ubicado dentro del ámbito de la manzana Catastral No.151, del Distrito Catastral No.1,, con área de 76.31 metros cuadrados, por el precio total de RD$6,867.90.

                        Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, a vender al señor Pablo Roberto Domínguez Minier, el solar municipal No.3085, ubicado dentro de la parcela No.77-1 del Distrito Catastral No.4, con área de 332.20 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,979.60.

                        Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Monte Cristi, a vender al señor Oscar Peña Méndez, el solar ubicado dentro de la porción Catastral "A" del Distrito Catastral No.1, con área de 2,004.32 metros cuadrados, por el precio total de RD$20,043.20.

                        Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Hato Mayor, a vender al señor Raúl Maduro, un solar dentro de la manzana No.25 del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 336.98 metros cuadrados, por el precio total de RD$16,949.00.

                        Artículo 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Nagua, a donar al señor Francisco Corcino Guzmán, una porción de terreno, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.192 (parte), designada como solar municipal No.58 del Distrito Catastral No.1 con área de 217.47 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,174.70.         

                        Artículo 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San José de Ocoa, a donar al señor Santiago Pacheco, el solar marcado con el No.3, de la porción "A", del Distrito Catastral No.1 con área de 392.89 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,714.44.

                        Artículo 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Dajabón, a vender al señor Ramón E. Escoto Tejada un solar ubicado dentro de la manzana Catastral No.32, del Distrito Catastral No.1, con área de 226.61 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,665.25.

                        Artículo 9.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER